Esta historia fue escrita por la Sala de Noticias de la OIT. Para ver las declaraciones y discursos oficiales de la OIT, por favor visite nuestra sección "Declaraciones y Discursos".

Preguntas y respuestas

Hacia la ratificación universal del Convenio núm. 144

A medida que avanza hacia la celebración de su centenario, en 2019, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) ha emprendido una campaña encaminada a promover la ratificación universal del Convenio sobre la consulta tripartita (normas internacionales del trabajo), 1976 (núm. 144).

Opinión | 6 de noviembre de 2017
¿Por qué una campaña a favor de la ratificación universal del Convenio núm. 144?
El Convenio sobre la consulta tripartita (normas internacionales del trabajo), 1976 (núm. 144), promueve la aplicación de un principio fundamental de la OIT: reunir a los gobiernos, a los empleadores y a los trabajadores a través del diálogo social tripartito con el fin de elaborar, aplicar y promover las normas internacionales del trabajo que regulan todos los aspectos del mundo del trabajo.

La Declaración de la OIT sobre la justicia social para una globalización equitativa, adoptada unánimemente en la Conferencia Internacional del Trabajo en 2008, indicó que el Convenio núm. 144 es un Convenio “prioritario”, uno de los cuatro instrumentos más importantes de la OIT desde la perspectiva de la gobernanza. 

¿Cuáles son los beneficios de ratificar y aplicar el Convenio núm. 144?
La ratificación y aplicación del Convenio núm. 144 ofrece a los gobiernos y a las organizaciones de empleadores y de trabajadores una plataforma para la celebración de consultas sobre las normas internacionales del trabajo y las actividades relacionadas con la OIT en general. Por consiguiente, el Convenio promueve una cultura de diálogo entre los actores tripartitos y fomenta la confianza entre ellos. Las políticas sociales y laborales que se basan en la consulta tripartita efectiva con los representantes gubernamentales y las organizaciones de empleadores y de trabajadores ayudan a tomar decisiones con conocimiento de causa y conducen a un compromiso y una responsabilización mayores de todas las partes interesadas.

Estudios de la OIT  han mostrado que los países que cuentan con instituciones de diálogo social efectivas y sólidamente establecidas lidian mejor con las crisis económicas, sociales y políticas. Dichas instituciones facilitan asimismo las discusiones tripartitas que forjan el futuro del trabajo.

¿Cómo se relaciona el Convenio núm. 144 con la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible?
El diálogo social es una herramienta esencial para hacer avanzar la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, cuya aplicación exige la participación activa de los actores tripartitos en el mundo del trabajo: gobiernos y organizaciones de empleadores y de trabajadores.

Es particularmente pertinente para los siguientes Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS): el Objetivo 8 “Trabajo decente y crecimiento económico”, y el Objetivo 16 “Paz, justicia e instituciones fuertes”. Las Metas 16.6 y 16.7 instan a crear instituciones eficaces y transparentes que rindan cuentas con el fin de garantizar la adopción en todos los niveles de decisiones inclusivas, participativas y representativas que respondan a las necesidades. 

El diálogo social también es pertinente para otros ODS, incluidos el Objetivo 1 “Poner fin a la pobreza”, Objetivo 5 “Igualdad de género” y el Objetivo 10 “Reducir la desigualdad.”

¿Qué se exige a los países que ratifican el Convenio núm. 144?
El Convenio núm. 144 no conlleva grandes costos adicionales o grandes reformas legislativas con el fin de aplicar sus disposiciones, y sus requisitos están al alcance de todos los Estados Miembros de la OIT.

El Convenio núm. 144 y la Recomendación núm. 152 que lo complementa proporcionan orientación  sobre el modo en que los países pueden organizar consultas tripartitas efectivas. El Convenio ofrece flexibilidad, al permitir a los países establecer procedimientos de conformidad con sus circunstancias nacionales. Sin embargo, como mínimo, deberían celebrarse consultas tripartitas sobre las normas internacionales del trabajo y las actividades relacionadas con la OIT al menos una vez al año y mediante comunicaciones escritas, si quienes participan en los procedimientos consultivos estiman que dichas consultas son apropiadas y suficientes. Para considerarse “efectivas”, las consultas deben tener lugar antes de la toma de una decisión final. 

Un folleto de promoción  contiene información sobre el Convenio núm. 144 y sus ratificaciones actuales. En octubre de 2017, el Convenio núm. 144 ha sido ratificado por 139 países, que representan tres cuartas partes de los Estados Miembros de la OIT.

¡Celebremos la ratificación universal del Convenio núm. 144 en el Centenario de la OIT en 2019!

Para más información, diríjase a Angelika Muller, Unidad de Diálogo Social y Tripartismo, Departamento de Gobernanza y Tripartismo, mullera@ilo.org