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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración- 154. El Comité examinó por última vez este caso, presentado en agosto de
2015, en su reunión de junio de 2017 [véase 382.º informe, párrafos 519-543]. En la
queja se alega que una compañía farmacéutica ejerció prácticas antisindicales contra la
asociación de empleados de la compañía (BTCEA-FFW), entre ellas el registro de una nueva
empresa para deshacerse del sindicato y eludir las obligaciones contraídas en virtud del
convenio colectivo vigente. En el último examen del caso, el Comité tomó nota con
interés del laudo dictado en febrero de 2016 por la Comisión Nacional de Relaciones
Laborales, en el que declaraba a la compañía y a la nueva empresa culpables de prácticas
laborales desleales y ordenaba el pago de daños y perjuicios, así como el mantenimiento
del reconocimiento del sindicato y la validez del convenio colectivo en el marco de la
nueva empresa. El Comité urgió al Gobierno a que asegurara que el estatus del sindicato
y del convenio colectivo se mantuvieran en vigor hasta que se resolviera el recurso, y
le pidió que le proporcionara una copia del laudo arbitral.
- 155. El Gobierno presentó sus observaciones en una comunicación de fecha
1.º de octubre de 2019, en la que, en particular, indicaba que la sala cuarta de la
Comisión Nacional de Relaciones Laborales había confirmado el laudo arbitral de febrero
de 2016.
- 156. El Comité toma nota con interés de la información anterior y
entiende que se ha reconocido la legitimidad del sindicato BTCEA-FFW para negociar
colectivamente en el marco de la nueva empresa. En estas circunstancias, el Comité
considera que el caso queda cerrado y no proseguirá con su examen.