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Suites données aux recommandations du comité et du Conseil d’administration - Rapport No. 349, Mars 2008

Cas no 2214 (El Salvador) - Date de la plainte: 09-JUIL.-02 - Clos

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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración

Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
  1. 84. En su reunión de marzo de 2007, el Comité formuló las siguientes recomendaciones [véase 344.º informe, párrafos 62 y 63]:
    • El Comité queda a la espera de la sentencia sobre la negativa del Instituto Salvadoreño de Seguridad Social (ISSS) de aceptar la coalición de los sindicatos STISSS y SIMETRISSS en la revisión del laudo arbitral, espera que la sentencia será adoptada en un futuro próximo, y teniendo en cuenta el largo tiempo que ha transcurrido desde el inicio del procedimiento, el Comité recuerda que el retraso en la administración de justicia equivale a su denegación. Por otra parte, el Comité pide a las organizaciones querellantes que faciliten la información solicitada por la Fiscalía General de la República en relación con el alegato relativo al desalojo del local que ocupa el sindicato STISSS (el Gobierno había indicado que la Fiscalía informó que no hay expediente abierto relacionado con los hechos denunciados, por lo que solicita a la parte querellante que proporcione la fecha, hora, lugar exacto de los hechos, y si es posible que se consigne la autoridad o Unidad Policial que tuvo a su cargo el procedimiento del desalojo).
  2. 85. En su comunicación de fecha 11 de junio de 2007, el Gobierno declara que se está a la espera de la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo sobre las cuestión de la coalición de los sindicatos STISSS y SIMETRISSS en la revisión del laudo arbitral.
  3. 86. El Comité toma nota de esta información y reitera sus recomendaciones anteriores dirigidas al Gobierno y a las organizaciones querellantes.
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