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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
- 142. El Comité examinó por última vez este caso en su reunión de noviembre de 2005, en la que instó una vez más al Gobierno a que levantara inmediatamente la prohibición de realizar actividades sindicales en la Corporación de Suministro de Energía Eléctrica de Karachi (KESC) y a que restableciera lo antes posible los derechos del Sindicato Democrático Mazdoor de la empresa KESC, como agente de la negociación colectiva [véase 338.º informe, párrafos 264 a 266].
- 143. En su comunicación de fecha 14 de octubre de 2006, la Federación de Trabajadores del Petróleo, Gas, Siderurgia, Puertos, Comunicaciones, Transporte y Electricidad (FOGSEW) indicó que hasta el momento el Gobierno ha ignorado las recomendaciones del Comité en relación con este caso. Además, en su fallo de 23 de junio de 2006, el Tribunal Superior de Sindh dio instrucciones a la Comisión Nacional de Relaciones Laborales para que procediera a la elección de un nuevo agente de la negociación colectiva en la KESC, haciendo caso omiso de la recomendación del Comité. La FOGSEW estaba a punto de presentar un nuevo recurso ante el Tribunal Superior alegando una infracción de los derechos de negociación colectiva.
- 144. El Comité lamenta que desde su último examen el Gobierno no haya facilitado información sobre este caso. El Comité pone de relieve que el Gobierno debe reconocer la importancia que tiene para su propia reputación enviar respuestas precisas a los alegatos formulados por las organizaciones querellantes para que el Comité pueda proceder a un examen objetivo [véase la Recopilación de decisiones y principios del Comité de Libertad Sindical, quinta edición, 2006, párrafo 24]. El Comité insta firmemente al Gobierno a que se muestre más cooperativo en el futuro. El Comité recuerda que viene pidiendo al Gobierno que restablezca los derechos de negociación colectiva al Sindicato Democrático Mazdoor de la empresa KESC desde la primera vez que examinó este caso en noviembre de 2000. Deplorando el hecho de que hasta el momento el Gobierno no ha aplicado su recomendación, el Comité vuelve a instar firmemente al Gobierno a que restablezca lo antes posible los derechos del Sindicato Democrático Mazdoor de la empresa KESC como agente de la negociación colectiva y a que le mantenga informado al respecto.