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Observation sur la soumission aux autorités compétentes (CEACR) - adoptée 2023, publiée 112ème session CIT (2024)

Angola

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Falta grave de sumisión. La Comisión toma nota de la información comunicada por el Gobierno indicando que los 19 instrumentos pendientes de sumisión se transmitieron el 29 de mayo de 2023 al Ministerio de Relaciones Exteriores. Además, el Gobierno señala que los instrumentos fueron objeto de debate con los interlocutores sociales en el marco de la Comisión Nacional tripartita para la Organización Internacional del Trabajo. No obstante, no se ha recibido información alguna sobre la sumisión de dichos instrumentos a la Asamblea Nacional. A este respecto, la Comisión recuerda que la obligación constitucional de sumisión reviste suma importancia y constituye un elemento fundamental del sistema normativo de la OIT. En consecuencia, la Comisión reitera una vez más su solicitud de que el Gobierno comunique la información requerida en virtud del artículo 19 de la Constitución de la OIT sobre los 19 instrumentos pendientes de sumisión a la Asamblea Nacional. Estos son: la Recomendación sobre la protección de los créditos laborales en caso de insolvencia del empleador, 1992 (núm. 180), adoptada por la Conferencia en su 79.ª reunión; el Protocolo de 1995 relativo al Convenio sobre la inspección del trabajo, 1947, adoptado por la Conferencia en su 82.ª reunión, y los instrumentos adoptados en las 86.ª, 91.ª, 92.ª, 94.ª, 95.ª, 99.ª, 100.ª, 101.ª, 103.ª, 104.ª, 106.ª y 108.ª reuniones de la Conferencia (2003-2019).
La Comisión recuerda de nuevo al Gobierno que puede solicitar, si lo desea, la asistencia técnica de la Oficina con miras a cumplir con las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 19 de la Constitución de la OIT en materia de sumisión de los instrumentos adoptados por la Conferencia a las autoridades competentes.
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