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Observation (CEACR) - adoptée 2021, publiée 110ème session CIT (2022)

Convention (n° 98) sur le droit d'organisation et de négociation collective, 1949 - Macédoine du Nord (Ratification: 1991)

Autre commentaire sur C098

Demande directe
  1. 2004
  2. 2003

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La Comisión toma nota de las observaciones de la Confederación de Sindicatos Libres de Macedonia (KSS), recibidas el 1.º de septiembre de 2021, que denuncian: i) actos de discriminación antisindical, incluido el despido, contra los representantes sindicales; ii) la inaplicación de los convenios colectivos por parte del Ministerio de Educación, y iii) la incapacidad de la Comisión de representatividad para decidir sobre la representatividad de la KSS en el sector público. La Comisión pide al Gobierno que presente sus comentarios al respecto.
La Comisión toma nota de que no se ha recibido la memoria del Gobierno. Por consiguiente, la Comisión se ve obligada a reiterar sus comentarios anteriores.
Artículo 4 del Convenio. Promoción de la negociación colectiva. La Comisión toma nota de la información transmitida por el Gobierno en lo relativo al resultado del proyecto «Promoción del Diálogo Social», que se llevó a cabo desde octubre de 2014 hasta abril de 2017. Observa que el Gobierno indica que: i) se impartió formación en materia de aptitudes para la negociación colectiva en seis sectores (transporte, comercio, turismo, agricultura, construcción e industria textil) en el marco de este proyecto; ii) se llevaron a la práctica el 80 por ciento de las medidas previstas en el Plan de acción tripartito para la promoción de la negociación colectiva, y iii) la nueva Ley del Trabajo y la Ley Especial sobre las Organizaciones de Trabajadores y de Empleadores y la Negociación Colectiva están en proceso de elaboración. Habida cuenta de que los proyectos de ley mencionados dan pie a comentarios técnicos de la Oficina, la Comisión pide al Gobierno que le informe acerca del proceso de aprobación de la nueva Ley del Trabajo y la Ley Especial sobre las Organizaciones de Trabajadores y de Empleadores y la Negociación Colectiva.
Negociación colectiva en la práctica. La Comisión toma nota de los datos estadísticos proporcionados por el Gobierno en lo relativo al número de convenios colectivos celebrados en los sectores tanto público como privado y el número de trabajadores que cubren (102 506 trabajadores de los seis convenios colectivos celebrados, y 51 388 trabajadores de los diez convenios colectivos celebrados, respectivamente). La Comisión toma nota con interés de que desde 2014 y el comienzo del proyecto «Promoción del Diálogo Social», la tasa de trabajadores que cubre los convenios colectivos pasó del 21,8 por ciento al 24,6 por ciento, y que el número de convenios colectivos que se firmaron a nivel de empresa se elevó en un 29 por ciento. La Comisión invita al Gobierno a seguir fomentando la negociación colectiva a todos los niveles y transmitiendo información sobre el número de convenios colectivos que se firman y el porcentaje de población activa que cubren.
La Comisión espera que el Gobierno haga todo lo posible para adoptar, en un futuro cercano, las medidas necesarias.
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