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Observation sur la soumission aux autorités compétentes (CEACR) - adoptée 2021, publiée 110ème session CIT (2022)

Bahreïn

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Falta grave de sumisión. La Comisión toma nota de que, en la comunicación recibida el 31 de agosto de 2021, el Gobierno: 1) reitera que ha cumplido sus obligaciones constitucionales sometiendo con regularidad los instrumentos adoptados por la Conferencia Internacional del Trabajo a su Consejo de Ministros, en tanto que autoridad competente, y ii) indica que el nuevo mecanismo de sumisión de los instrumentos adoptados por la Conferencia hace necesaria la revisión de la Constitución de Bahrein y de una serie de leyes que regulan este aspecto y en as que se especifican el mandato y las competencias del Consejo de Ministros y la Asamblea Nacional. Asimismo, la Comisión recuerda que, el 22 de julio de 2019, el Gobierno señaló que la Recomendación sobre el empleo y el trabajo decente para la paz y la resiliencia, 2017 (núm. 205) había sido sometida al Consejo de Ministros, sin especificar la fecha de sumisión. La Comisión señala una vez más que la obligación constitucional de sumisión reviste la máxima importancia y constituye un elemento fundamental del sistema normativo de la OIT. Por consiguiente, la Comisión insta firmemente al Gobierno a que facilite información completa sobre la sumisión a la Asamblea Nacional de los 25 instrumentos adoptados por la Conferencia en 15 reuniones celebradas entre 2000 y 2019 (88.ª reunión, 89.ª reunión, 90.ª reunión, 91.ª reunión, 92.ª reunión, 94.ª reunión, 95.ª reunión, 96.ª reunión, 99.ª reunión, 100.ª reunión, 101.ª reunión, 103.ª reunión, 104.ª reunión y 108.ª reunión). Además, reitera una vez más su solicitud de que el Gobierno especifique la fecha en la que se sometió la Recomendación núm. 205, y recuerda al Gobierno la posibilidad de recurrir a la asistencia técnica de la OIT con miras al cumplimiento de sus obligaciones en materia de sumisión.
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