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Demande directe (CEACR) - adoptée 2019, publiée 109ème session CIT (2021)

Convention (n° 117) sur la politique sociale (objectifs et normes de base), 1962 - Panama (Ratification: 1971)

Autre commentaire sur C117

Observation
  1. 2014

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La Comisión toma nota de las observaciones formuladas por la Confederación Nacional de Unidad Sindical Independiente (CONUSI), recibidas el 31 de agosto de 2018. La Comisión solicita al Gobierno que envíe su respuesta al respecto.
Partes I y II del Convenio. Mejoramiento del nivel de vida. La Comisión toma nota de la información proporcionada por el Gobierno en relación con la ejecución del «Plan Estratégico de Gobierno (PEG) 2015-2019», que tiene como objetivo el fortalecimiento de los vínculos entre el crecimiento económico, la consolidación de la democracia, la sustentabilidad ambiental, y la equidad y cohesión social. La Comisión observa que el PEG incluye, entre sus ejes de trabajo, el eje denominado «Buena vida para todos», que prevé la adopción de medidas para garantizar viviendas dignas y saludables; salud pública accesible y eficiente; educación bilingüe de calidad y formación continua para la innovación, así como atención a la población mayor y en especial aquellos grupos de la población en situación de vulnerabilidad. Además, el Gobierno indica que, en el marco del PEG, se implementa la «Estrategia Económica y Social 2015 2019», que incluye entre sus ámbitos de actuación, el desarrollo económico, la inclusión social y calidad de vida, y el refuerzo de las capacidades humanas. El Gobierno añade que la inclusión social y la competitividad representan los dos ejes principales de la actuación del Gobierno, y que más del 80 por ciento de las inversiones públicas previstas en el PEG 2015-2019 están destinadas a mejorar la calidad de vida de la población panameña. La Comisión toma nota asimismo de la promulgación, el 30 de marzo de 2017, del Plan estratégico nacional con visión de Estado «Panamá 2030» gracias a la participación de, entre otros actores, los interlocutores sociales. Dicho plan alinea los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de las Naciones Unidas con el PEG 2015-2019 y las prioridades de la Concertación Nacional para el Desarrollo (CND). Entre sus ejes estratégicos se encuentra el eje «Buena vida para todos», que establece actuaciones y metas en relación con la erradicación de la pobreza; la reducción del hambre; el incremento y mejora de la cobertura, la equidad, la eficiencia y la calidad de los servicios de salud; y el establecimiento de una educación inclusiva, pertinente, equitativa y de calidad para promover oportunidades de aprendizaje permanente para todos. La Comisión toma nota igualmente de la detallada información proporcionada por el Gobierno acerca de los diversos programas y proyectos que se están llevando a cabo para luchar contra la pobreza y el impacto de los mismos. El Gobierno se refiere, ente otros, a los programas de transferencias monetarias «Programa de Asistencia Económica a las Personas Adultas Mayores de 65 años y más», que alcanzó a 127 230 beneficiarios en 2017, el «Programa Ángel Guardián», que entregó una ayuda económica de 80 00 balboas al mes a 18 497 beneficiarios en 2017, y al «Fondo Solidario de Vivienda», que en 2017 benefició a 26 658 panameños con bajos ingresos. Asimismo, la Comisión se refiere a su solicitud directa de 2018 sobre la aplicación del Convenio sobre la política del empleo, 1964 (núm. 122), en la que tomó nota de la implementación y el impacto del «Proyecto Fortalecimiento de la Cohesión Social (COHESAL)» y del «Programa red de oportunidades», en el mejoramiento de las condiciones de vida de grupos en situación de vulnerabilidad a través de la generación de ingresos, y en la reducción de la pobreza extrema a través del pago de incentivos a hogares, respectivamente. La Comisión toma nota de la incidencia de esos programas en la reducción de los índices de pobreza. A este respecto, el Gobierno indica que, según la Encuesta de hogares de propósitos múltiples del Instituto Nacional de Estadística y Censo (INEC), entre marzo de 2016 y marzo de 2017, la población en situación de pobreza extrema disminuyó del 9,9 por ciento al 9,8 por ciento. Asimismo, la tasa de personas en situación de pobreza general disminuyó del 22,1 por ciento al 20,7 por ciento. El Gobierno indica que, sin las ayudas o transferencias de los programas sociales del Estado, la pobreza extrema en 2016 hubiese sido un 4,3 por ciento mayor. El Gobierno informa que las ayudas gubernamentales constituyeron la segunda fuente de ingresos en un 22,9 por ciento de los hogares en situación de pobreza general y en un 35,9 por ciento de los hogares en situación de pobreza extrema. La Comisión observa, no obstante, que la CONUSI señala que no se ha aplicado la misma metodología en la medición de la pobreza en los distintos períodos y que además ésta no es continúa, por lo que no es posible asegurar que los niveles de pobreza en el país hayan disminuido. En lo que respecta a las tendencias del mercado de trabajo, la Comisión se refiere a su observación de 2018 sobre el Convenio núm. 122, en la que tomó nota de que, según la señalada encuesta del INEC, entre agosto de 2016 y de 2017, el número de personas ocupadas de 15 años o más edad aumentó de 1 770 711 a 1 785 849; mientras que la tasa de desocupación aumentó del 5,5 por ciento al 6,1 por ciento. En relación con las medidas adoptadas para asegurar el mantenimiento de un nivel mínimo de vida de los asalariados (artículo 5), el Gobierno indica que, entre agosto de 2016 y agosto de 2017, los salarios se incrementaron un 5,2 por ciento, lo cual representa un aumento del poder adquisitivo superior al 4,3 por ciento. Por su parte, la CONUSI sostiene que la cuantía establecida para el salario mínimo no resulta suficiente, considerando el nivel de inflación, la depreciación del poder adquisitivo de los salarios y el valor de la canasta básica alimentaria. En este sentido, la CONUSI afirma que, según información estadística del Ministerio de Economía y Finanzas, el índice de precios de los consumidores aumentó en un 0,8 por ciento en septiembre de 2018, lo cual no fue compensado con ajustes salariales suficientes. Por último, la Comisión toma nota de la información proporcionada por el Gobierno respecto a la implementación de diversos programas en materia de salud, educación, y de acceso a la seguridad social y a la vivienda. La Comisión solicita al Gobierno que proporcione información detallada, incluyendo estadísticas desagregadas por sexo, edad y región, sobre las medidas adoptadas en el marco del «Plan Estratégico de Gobierno (PEG) 2015-2019» y del «Plan estratégico nacional con visión de Estado “Panamá 2030”», y los resultados alcanzados. La Comisión solicita también al Gobierno que proporcione información detallada y actualizada sobre todas aquellas medidas destinadas a asegurar el mejoramiento del nivel de vida de la población panameña (artículo 2), especialmente en relación con grupos en situación de vulnerabilidad, tales como mujeres, jóvenes, personas con discapacidad, adultos mayores y pequeños productores que practican agricultura de subsistencia. La Comisión solicita además al Gobierno que incluya información actualizada sobre el impacto de tales planes en «las necesidades familiares de los trabajadores, de carácter esencial, tales como los alimentos y su valor nutritivo, la vivienda, el vestido, la asistencia médica y la educación» (artículo 5, párrafo 2), tanto en las zonas urbanas como rurales.
Artículo 3, párrafo 2, apartado d). Mejoramiento de las condiciones de vida en las zonas rurales. La Comisión toma nota de la información proporcionada por el Gobierno acerca de las diversas medidas implementadas con miras a mejorar las condiciones de vida en las zonas rurales. El Gobierno se refiere, entre otras medidas, a la inversión realizada por la Oficina de Electrificación Rural (OER) en proyectos de electrificación entre 2014 y 2019, con el fin de promover y desarrollar la electrificación en áreas rurales de forma eficiente, económica y sostenible. La Comisión toma nota, no obstante, de que en sus observaciones, la CONUSI destaca el impacto negativo de la baja tasa de empleo formal en la zona rural (14,5 por ciento de ocupados en agosto de 2017) en las condiciones de vida de la población en situación de pobreza en dicha área. En lo que respecta a las condiciones de vida de los pueblos indígenas, la Comisión observa que el Gobierno indica que en las comarcas indígenas se presentan las mayores proporciones de personas en situación de pobreza multidimensional. El Gobierno informa que en 2017 la incidencia de la pobreza multidimensional era del 93,4 por ciento en la Comarca Ngabe-Buglé, del 91,4 por ciento en la Comarca Guna Yala y del 70,8 por ciento en la Comarca Emberá. En este contexto, la Comisión toma nota de que, en el marco del PEG se prevé la ampliación de la infraestructura de salud y educación en las comarcas indígenas; el desarrollo de un proyecto de viviendas dignas con consulta a las comunidades indígenas en el marco del programa «Techos de Esperanza»; y la implementación de programas de capacitación en las comarcas indígenas para incentivar, entre otras actividades, la producción agrícola. La Comisión toma nota igualmente de la implementación del proyecto de apoyo para la implementación del «Plan nacional de desarrollo integral de los pueblos indígenas de Panamá», que tiene entre sus objetivos, la mejora de las condiciones de vida de los pueblos indígenas mediante la implementación de programas específicos para aumentar los niveles de educación, salud, vivienda e infraestructuras dentro de los territorios indígenas de Panamá, según los contenidos de los planes de desarrollo establecidos en cada estructura tradicional. La Comisión solicita al Gobierno que continúe proporcionando información detallada y actualizada sobre todas aquellas medidas destinadas a asegurar el mejoramiento del nivel de vida de la población en las zonas rurales, incluyendo de las comunidades indígenas (artículo 2). La Comisión solicita asimismo al Gobierno que envíe información estadística, desagregada por sexo, edad y región, sobre el impacto de tales medidas.
Parte III. Trabajadores migrantes. La Comisión toma nota de la información proporcionada por el Gobierno sobre los procesos de regularización migratoria efectuados entre 2010 y 2018. Asimismo, toma nota de la sanción de los decretos ejecutivos núms. 167 y 168, de 3 de junio de 2016, que establecen el procedimiento de regularización migratoria general y el procedimiento regularización migratoria extraordinaria para los nacionales de la República Popular China, respectivamente. El Gobierno informa de que, entre julio de 2017 y junio de 2018, se tramitaron 34 956 permisos de trabajo para trabajadores extranjeros. La Comisión solicita al Gobierno que continúe proporción información detallada y actualizada sobre las medidas adoptadas para mejorar el nivel de vida de los trabajadores migrantes. Además, solicita al Gobierno que envíe información estadística actualizada, desagregada por sexo, sobre el número de trabajadores migrantes obligados a vivir fuera de sus hogares.
Parte IV. Remuneración de los trabajadores. Anticipos de salario. Ahorro voluntario. En respuesta a sus comentarios anteriores, el Gobierno se refiere a extractos de diez sentencias del Tribunal Superior de Trabajo del Primer Distrito Judicial en relación con la aplicación de las disposiciones del artículo 161 del Código del Trabajo relativo a las retenciones y descuentos de salarios de los trabajadores, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 del Convenio. La Comisión toma nota de que los extractos arriba mencionados no figuran en la memoria del Gobierno, pide al Gobierno que comunique los mismos a la Oficina. La Comisión solicita al Gobierno que envíe información detallada y actualizada sobre las medidas adoptadas para estimular a los asalariados y a los productores independientes que practiquen alguna de las formas de ahorro voluntario contempladas por el Convenio. Solicita también al Gobierno que indique las medidas adoptadas para proteger a los mismos contra la usura, en particular, que especifique las medidas tomadas con miras a reducir los tipos de interés de los préstamos mediante el control de las operaciones de los prestamistas y mediante el aumento de facilidades para obtener préstamos para fines apropiados por intermedio de organizaciones cooperativas de crédito o de instituciones sujetas al control de la autoridad competente.
Parte VI. Educación y formación profesionales. La Comisión se refiere a su solicitud directa de 2018 relativa a la aplicación del Convenio núm. 122, en la que tomó nota de las numerosas medidas adoptadas con la participación de los interlocutores sociales y las empresas, con miras a adaptar la oferta de formación a las demandas del mercado de trabajo. La Comisión se remite a sus comentarios de 2018 sobre la aplicación del Convenio núm. 122, en la que solicitó al Gobierno que continuase proporcionando información detallada sobre el impacto de las medidas tomadas para promover las políticas de enseñanza y formación profesional. Asimismo, la Comisión solicitó al Gobierno que continuase enviando información sobre la coordinación de las políticas de educación y de formación profesional con las políticas de empleo y, específicamente, sobre cómo la oferta de capacitación se coordina con los cambios en la demanda de conocimientos y aptitudes y las necesidades del mercado de trabajo.
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