ILO-en-strap
NORMLEX
Information System on International Labour Standards
NORMLEX Page d'accueil > Profils par pays >  > Commentaires

Observation (CEACR) - adoptée 2013, publiée 103ème session CIT (2014)

Convention (n° 182) sur les pires formes de travail des enfants, 1999 - Uruguay (Ratification: 2001)

Autre commentaire sur C182

Observation
  1. 2019
  2. 2016
  3. 2013
  4. 2011

Afficher en : Anglais - FrancaisTout voir

Artículo 4, párrafos 1 y 3, del Convenio. Determinación y revisión de la lista de los trabajos peligrosos. En relación con sus comentarios anteriores, la Comisión toma nota de la indicación del Gobierno, según la cual la lista de trabajos peligrosos fue revisada en 2009, tras consulta con los interlocutores sociales. No obstante, el Gobierno indica que esta lista aún no ha sido aprobada por el Poder Ejecutivo. La Comisión observa que, si bien la resolución núm. 1012/006, de 29 de mayo de 2006, a la que se refiere el Gobierno en su memoria elabora una lista detallada de criterios que permiten definir los tipos de trabajo que deben considerarse como peligrosos para los niños, no determina los tipos de actividades que deben prohibirse y, en consecuencia, no es aplicable en la práctica. Al recordar que el Gobierno se viene refiriendo desde 2007 a la adopción de la lista de trabajos peligrosos mediante un decreto, la Comisión le insta a adoptar las medidas necesarias, lo antes posible, para garantizar que la legislación nacional determine los tipos de trabajo peligrosos prohibidos a los menores de 18 años. Solicita que, en su próxima memoria, comunique informaciones sobre los progresos realizados a este respecto.
La Comisión plantea otros puntos en una solicitud dirigida directamente al Gobierno.
© Copyright and permissions 1996-2024 International Labour Organization (ILO) | Privacy policy | Disclaimer