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Observation (CEACR) - adoptée 2010, publiée 100ème session CIT (2011)

Convention (n° 105) sur l'abolition du travail forcé, 1957 - Kenya (Ratification: 1964)

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La Comisión toma nota con satisfacción de la adopción de la Ley de la Marina Mercante, de 2009, que ha derogado la Ley de la Marina Mercante, de 1967, que incluía disposiciones que sancionaban diversas faltas de disciplina de la gente de mar con pena de prisión (que entrañan la obligación de trabajar), aun en circunstancias en que no se ponía en peligro el buque o la vida o la salud de las personas, así como disposiciones en virtud de las cuales la gente de mar que abandona el servicio podía ser obligada a retornar a bordo del buque para dar cumplimiento a sus tareas.

La Comisión también toma nota con satisfacción de la adopción de la Ley de Relaciones Laborales, de 2007, que ha derogado la Ley sobre Conflictos de Trabajo (capítulo 234), en virtud de la cual se podían imponer penas de prisión (que entrañan la obligación de trabajar) por la participación en huelgas.

Artículo 1, a), del Convenio. Sanciones penales que implican trabajo obligatorio como castigo por la expresión de opiniones políticas. Desde hace muchos años, la Comisión ha venido refiriéndose a algunas disposiciones del Código Penal, de la Ley de Orden Público, de la Ordenanza sobre Publicaciones Prohibidas, de 1968, en virtud de las cuales se puede castigar con penas de prisión (que entrañan la obligación de trabajar) a quienes exhiban emblemas o distribuyan publicaciones que revelen un objetivo político o un vínculo con una organización política. La Comisión ha tomado nota de la reiterada declaración del Gobierno en sus memorias, según la cual está comprometido en la armonización de la legislación nacional con el Convenio. Toma nota, de la última memoria del Gobierno, de que las cuestiones planteadas por la Comisión se han señalado a la atención de las autoridades competentes. La Comisión confía en que las disposiciones del Código Penal, de la Ley de Orden Público, y de la Ordenanza sobre publicaciones prohibidas anteriormente mencionadas se pondrán de conformidad con el Convenio y que el Gobierno estará en breve en condiciones de informar sobre los progresos realizados a este respecto. También solicita al Gobierno que comunique información sobre los diversos puntos planteados en una solicitud más detallada dirigida directamente al Gobierno.

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