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Observation (CEACR) - adoptée 2009, publiée 99ème session CIT (2010)

Convention (n° 122) sur la politique de l'emploi, 1964 - Paraguay (Ratification: 1969)

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La Comisión toma nota del documento detallado elaborado por el Servicio Nacional de Empleo, recibido en septiembre de 2009, en respuesta a los comentarios anteriores.

Artículos 1, 2 y 3 del Convenio. Ejecución de una política activa del empleo. El Gobierno transmite informaciones estadísticas detalladas sobre las características y evolución del empleo en Paraguay. Durante 2008, continuó un período de relativo crecimiento económico mientras que tanto la población económicamente activa como la tasa de desempleo abierto se mantuvieron a niveles similares a los de 2007 (respectivamente 69,5 por ciento y 5,6 por ciento). La población en edad de trabajar registró un crecimiento sostenido entre 2003 y 2008 (de 62,9 por ciento pasó a 66,2 por ciento), y el desempleo en los grupos de jóvenes de entre 15 y 19 (13,6 por ciento) y 20 y 24 años de edad (10,2 por ciento) es considerablemente más alto que en los grupos restantes, confirmando la tendencia de años anteriores. El Gobierno indica que, a partir de agosto de 2008, en base a las nuevas directrices del Plan de Gobierno, se contempla la generación de empleo permanente para la reducción de la pobreza extrema. Se ha presentado un Plan Nacional de Empleo con asesoría del Banco Interamericano de Desarrollo, y se busca consolidar al Servicio Nacional de Empleo (SNE), quien diseña, ejecuta y supervisa la política de empleo. Se ha propuesto una nueva estructura organizacional del SNE para que cuente con una red de oficinas de empleo, una dependencia encargada de la formación y capacitación laboral, un observatorio laboral y una división de planificación. La Comisión toma nota del Programa Nacional de Trabajo Decente, aprobado por acuerdo tripartito en febrero de 2009 y en el que se incluyen de manera prioritaria la formulación y aplicación de una estrategia de empleo y la generación de empleo a través de la inversión pública. La Comisión observa igualmente que el Plan estratégico 2008‑2013 del Ministerio de Justicia y Trabajo incluye al trabajo decente como una de las acciones a ser atendidas. La Comisión invita al Gobierno a incluir en su próxima memoria indicaciones sobre los resultados alcanzados mediante la ejecución del Plan Nacional de Empleo y el Programa Nacional de Trabajo Decente para la consecución de los objetivos de pleno empleo productivo establecidos en el Convenio. La Comisión pide también al Gobierno que agregue en su memoria informaciones cuantitativas sobre las acciones emprendidas por el Servicio Nacional de Empleo. Sírvase igualmente precisar de qué manera se ha asegurado la participación de los interlocutores sociales y de los representantes de otros grupos interesados, tales como los trabajadores del sector rural y de la economía informal, en la formulación e implementación de las políticas de empleo.

Dimensión regional de la política de empleo. La Comisión toma nota de las informaciones incluidas en la memoria sobre lo acordado por los Ministros de Trabajo del MERCOSUR durante la Presidencia Pro Tempore del Paraguay. En oportunidad de la 98.ª reunión de la Conferencia (junio de 2009), el MERCOSUR expresó su apoyo al Pacto Global del Empleo, acordando mantener la «Estrategia del MERCOSUR de Crecimiento del Empleo-GANEmpleo». La Comisión ha tomado nota con interés de la declaración suscripta el 17 de junio de 2009 por los Ministros de Trabajo del MERCOSUR para la preservación del empleo frente a la crisis en donde se ha afirmado «el derecho al trabajo como un derecho humano fundamental generador tanto de riqueza social como económica en una relación de convivencia armónica con el capital productivo». Entre otras iniciativas, a nivel del MERCOSUR, se ha propuesto ampliar los sistemas de protección al desempleo, vincular la extensión de la protección social al empleo con las acciones de capacitación; desarrollar acciones de preservación y formalización de los puestos de trabajo con el acuerdo de empresarios y sindicatos para evitar que la crisis recaiga sobre los trabajadores; fortalecer la institucionalidad de los servicios públicos de empleo promoviéndose su articulación en la región; apoyar y fortalecer los programas de empleo para grupos vulnerables, especialmente los jóvenes, y apoyar el sostenimiento de la micro, pequeñas empresas y emprendimientos individuales La Comisión invita al Gobierno a seguir incluyendo informaciones sobre la manera en que se han puesto en práctica las iniciativas del MERCOSUR destinadas a fomentar políticas activas del empleo en el sentido del Convenio.

Empleo juvenil. La Comisión toma también nota de que se instaló la Mesa Nacional para la Generación del Empleo Juvenil, que cuenta con la asesoría de la OIT — constituyéndose de esta manera un organismo interinstitucional y tripartito que engloba distintas iniciativas legislativas y programáticas para incrementar las oportunidades de empleo de los jóvenes. Entre tales iniciativas se encuentran la instalación de mesas departamentales en el interior del país, la propuesta de un Sistema de Inserción Laboral Integrado, la identificación de grupos vulnerables y la conformación de instancias tripartitas para asegurar la implementación de las políticas. La Mesa Nacional elaboró un proyecto de ley de inserción laboral juvenil, que contempla la inserción al empleo de jóvenes de entre 18 y 29 años de edad a través de capacitación, prácticas, becas de trabajo, contratos de primer empleo y contratos de tiempo parcial. La Comisión solicita al Gobierno que, en su próxima memoria, agregue informaciones sobre el impacto que hayan tenido las decisiones de la Mesa Nacional para la Generación del Empleo Juvenil incluyendo indicaciones sobre la adopción del proyecto legislativo destinado a favorecer el empleo productivo de los jóvenes.

Coordinación de la política del empleo con las políticas de enseñanza y formación profesional. La Comisión toma nota con interés de la participación del Ministerio de Educación y Cultura en la Mesa Nacional para la Generación de Empleo Juvenil, que además ha fundado una comisión de capacitación laboral, educación y trabajo. El grupo de trabajo sobre normativas de la formación profesional cuenta con el apoyo de la OIT. La Comisión toma nota de que el grupo de trabajo ha evocado la superposición de esfuerzos por parte de las entidades dependientes del Ministerio de Justicia y Trabajo a cargo de la formación (el Servicio Nacional de Promoción Profesional y el Sistema Nacional de Formación y Capacitación Laboral). Igualmente, el grupo de trabajo menciona la falta de coordinación de ambos organismos con el Ministerio de Educación y Cultura. La Comisión reitera su interés por recibir informaciones sobre los esfuerzos realizados para mejorar la coordinación de las políticas de educación y de formación profesional con la política del empleo.

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