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Observation (CEACR) - adoptée 2008, publiée 98ème session CIT (2009)

Convention (n° 138) sur l'âge minimum, 1973 - El Salvador (Ratification: 1996)

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Observation
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Artículo 1 del Convenio y Parte V del formulario de memoria. Política nacional y aplicación del Convenio en la práctica. En sus comentarios anteriores, la Comisión había tomado nota de las informaciones de la Comisión Intersindical de El Salvador, según las cuales hay niños de 12 a 14 años que trabajan en El Salvador y el Gobierno no había puesto en práctica un plan de acción para eliminar ese trabajo. Había tomado nota asimismo de la indicación de la Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres, en la actualidad Confederación Sindical Internacional (CSI), según la cual estaba muy extendido el trabajo infantil en las economías rurales y urbanas no reglamentadas. La Comisión había tomado nota de la indicación del Gobierno según la cual se habían realizado actividades en colaboración con la OIT/IPEC. Además, había tomado nota de los numerosos proyectos aplicados en el marco del programa de duración determinada (PDD) sobre las peores formas de trabajo infantil, así como de los resultados obtenidos. Por otra parte, había comprobado que, según las estadísticas contenidas en un estudio realizado en 2005 en los hogares del país (EHPM), el número de niños de edades comprendidas entre los 5 y los 17 años que trabajaban había pasado de 222.475, en 2001, a 207.460, en 2005.

La Comisión toma nota con interés de las informaciones comunicadas por el Gobierno acerca de los resultados de la aplicación de la fase I del PDD, que se había escalonado de septiembre de 2001 a septiembre de 2006. En total, se habían beneficiado de esta fase del PDD, 42.770 niños. De este número, 12.967 niños habían sido retirados del trabajo infantil y se había impedido que trabajaran 29.803 niños. Esos niños también se habían beneficiado de diversos servicios, como la escolarización formal o no formal y la formación profesional, y sus padres habían tenido especialmente acceso a actividades generadoras de ingresos. La fase II del PDD había comenzado en octubre de 2006. El objetivo de esta segunda fase es el de poner en práctica programas de acción encaminados a eliminar el trabajo infantil, incluidas sus peores formas, especialmente en la industria de la caña de azúcar y de la pesca, y en el trabajo peligroso en los mercados. La Comisión toma nota con interés de que, entre octubre de 2006 y agosto de 2008, más de 5.054 niños se habían beneficiado de la fase II del PDD. De este número, se había impedido que trabajaran 3.754 niños, habiendo sido retirados de su trabajo 1.300 niños.

La Comisión toma nota de las informaciones comunicadas por el Gobierno, según las cuales las inspecciones del trabajo efectuadas entre agosto de 2006 y junio de 2008 habían permitido retirar a más de 200 niños de su trabajo y garantizar que esos niños no volvieran a trabajar. Toma nota asimismo de las estadísticas comunicadas por el Gobierno en torno a una encuesta realizada por la Dirección General de Estadística y Censos, en 2006, según la cual eran 205.009 los niños de edades comprendidas entre los 5 y los 17 años que trabajaban. De este número, 24.818 niños se encontraban entre los 5 y los 11 años de edad y 180.191, entre los 12 y los 17 años de edad. Según esta encuesta, los niños trabajaban, en su gran mayoría, en el medio rural y en actividades no remuneradas. Así, 132.015 niños de edades comprendidas entre los 5 y los 17 años trabajaban en el medio rural, en la agricultura y en el comercio, mientras que 72.994 lo hacían en el medio urbano, en las industrias manufactureras y en el comercio.

La Comisión toma nota de que el Gobierno participa en el proyecto de la OIT/IPEC, titulado «Erradicación del trabajo infantil en América Latina. Tercera fase». Toma nota asimismo de que el Gobierno había firmado, en agosto de 2007, un acuerdo tripartito sobre la adopción del Programa Nacional por país para un trabajo decente, y que tiene en cuenta el trabajo infantil. La Comisión toma nota de la indicación del Gobierno, según la cual está en discusión en la actualidad, en la Cámara Presidencial, un anteproyecto de ley de protección integral de la infancia y la adolescencia y que será posteriormente presentado a la Asamblea Legislativa. Existe un capítulo dedicado en su totalidad al trabajo infantil.

La Comisión toma nota de que, según las estadísticas antes mencionadas, el trabajo infantil había pasado de 207.460, en 2005, a 205.009, en 2006. La Comisión valora las medidas adoptadas por el Gobierno para abolir el trabajo infantil, medidas que considera como una afirmación de su voluntad política de desarrollar estrategias para luchar contra ese problema. Manifiesta, no obstante, su preocupación por la persistencia del trabajo infantil en la práctica. Por consiguiente, la Comisión alienta vivamente al Gobierno a que prosiga sus esfuerzos para mejorar la situación y le solicita que tenga a bien comunicar informaciones sobre las medidas adoptadas, en el marco de la aplicación de la fase II del PDD, del proyecto de la OIT/IPEC sobre erradicación del trabajo infantil en América Latina y del Programa Nacional por país para un trabajo decente, para abolir el trabajo infantil en la práctica. Solicita al Gobierno que tenga a bien comunicar informaciones acerca de los resultados obtenidos. Además, la Comisión lo invita a seguir comunicando informaciones detalladas sobre la manera en que se aplica en la práctica el Convenio, aportando, por ejemplo, datos estadísticos desglosados por sexo y relativos a la naturaleza, a la extensión y a la evolución del trabajo de los niños y adolescentes que trabajan con menos de la edad mínima especificada por el Gobierno a la hora de la ratificación, así como extractos de los informes de los servicios de inspección.

Artículo 2, párrafo 3. Obligación escolar. En sus comentarios anteriores, la Comisión había tomado nota de la indicación de la CSI, según la cual, si bien en El Salvador la educación es obligatoria y gratuita hasta la edad de 14 años, se solicitan gastos adicionales, lo cual impide que los hijos de las familias pobres asistan a la escuela. Al respecto, ha tomado nota de los numerosos programas sobre educación puestos en práctica por el Ministerio de Educación, en el marco del Plan 2021, que tiene como objetivo facilitar el acceso a la educación a la mayor cantidad posible de niños. Además, la Comisión ha tomado nota de que, según las estadísticas relativas a la tasa de asistencia escolar de los niños de edades comprendidas entre los 5 y los 17 años, en 2003, el porcentaje de los niños que trabajan aumenta únicamente al medio rural. En efecto, mientras que el porcentaje de inscripción está equilibrado, el 50 por ciento en el medio rural y el 50 por ciento en el medio urbano, el porcentaje de los niños que trabajan en el medio rural es del 76,2 por ciento. La Comisión había solicitado al Gobierno que comunicara informaciones sobre la aplicación de los programas sobre educación establecidos en el marco del Plan 2021.

La Comisión toma nota con interés de las informaciones detalladas comunicadas por el Gobierno en torno a los programas de acción aplicados por el Ministerio de Educación, en el marco del Plan 2021. Toma nota de que esos programas habían permitido la adopción de diversas medidas dirigidas a la mejora de la calidad de la educación y al aumento de la tasa de asistencia escolar, especialmente para los niños marginados o de familias muy pobres que viven en las zonas rurales y urbanas. Además, se habían adoptado medidas encaminadas a la igualdad de oportunidades en el acceso a la educación, sobre todo entre los sexos, pero también para aquellas y aquellos con necesidad de una educación especializada o que sufrían de una incapacidad. Según el Gobierno, durante el año 2007, esos programas habían beneficiado a más de 1.857.246 estudiantes.

La Comisión toma nota de que, según el Informe de Seguimiento de la Educación para Todos en el Mundo, de 2008, publicado por la UNESCO y titulado «Educación para Todos en 2015: ¿Alcanzaremos la meta?», el país tiene grandes posibilidades de alcanzar el objetivo de la educación primaria universal para todos de aquí a 2015. Además, en la medida en que el país va realizando progresos con regularidad, va contando asimismo con grandes posibilidades de alcanzar el objetivo de paridad entre los sexos, tanto en la educación primaria como en la secundaria. La Comisión también toma nota de que, según las estadísticas del UNICEF, de 2006, la tasa neta de inscripción en la escuela primaria es del 93 por ciento, tanto para el caso de las niñas como de los niños y, en la escuela secundaria, del 54 por ciento en las niñas y del 52 por ciento, en los niños.

La Comisión toma buena nota de la tasa neta de inscripción en la escuela primaria y del hecho de que el país cuenta con grandes posibilidades de alcanzar, de aquí a 2015, tanto el objetivo de la educación primaria universal para todos, como el de la paridad entre los sexos. Sin embargo, expresa su preocupación en cuanto a la tasa neta de inscripción escolar en la enseñanza secundaria, que es más bien débil. Señala que la pobreza es una de las primeras causas de trabajo infantil, la cual, combinada con un sistema educativo endeble, obstaculiza el desarrollo del niño. Al considerar que la educación obligatoria es uno de los medios más eficaces de lucha contra el trabajo infantil, la Comisión solicita encarecidamente al Gobierno que tenga a bien redoblar sus esfuerzos para mejorar el funcionamiento del sistema educativo en el país y adoptar las medidas que permitan que los niños asistan a la educación básica obligatoria o se inserten en un sistema escolar informal. Al respecto, solicita al Gobierno que tenga a bien seguir comunicando informaciones sobre las medidas adoptadas, en el marco del Plan 2021, para aumentar la tasa de inscripción, especialmente en la escuela secundaria, con el fin de impedir que trabajen los niños menores de 14 años. La Comisión solicita al Gobierno que tenga a bien comunicar informaciones acerca de los resultados obtenidos.

Además, la Comisión plantea otro punto en una solicitud dirigida directamente al Gobierno.

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