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Observation (CEACR) - adoptée 2007, publiée 97ème session CIT (2008)

Convention (n° 138) sur l'âge minimum, 1973 - Malawi (Ratification: 1999)

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La Comisión toma nota que no se ha recibido la memoria Gobierno. Por consiguiente, la Comisión se ve obligada a reiterar su observación anterior, redactada como sigue:

Artículo 1 del Convenio y parte V del formulario de memoria.Política nacional y aplicación práctica del Convenio. La Comisión había tomado nota anteriormente con interés de la información detallada acerca de las medidas adoptadas por el Gobierno para combatir el trabajo infantil. Sin embargo, manifestaba su gran preocupación por la situación de un número considerable de niños menores de 14 años de edad que eran obligados a trabajar (según la encuesta del trabajo infantil de Malawi, de 2002, son más de un millón los niños que trabajan, de los cuales aproximadamente la mitad tienen menos de 9 años de edad). La Comisión alentaba al Gobierno a que renovara sus esfuerzos para mejorar progresivamente esta situación.

En relación con sus comentarios anteriores, en los que se solicitaba al Gobierno que siguiera transmitiendo información detallada sobre el desarrollo de políticas nacionales concebidas para garantizar la abolición efectiva del trabajo infantil y sobre los resultados alcanzados, la Comisión toma nota de la indicación del Gobierno, según la cual se había establecido un Plan Nacional de Acción para Huérfanos y otros Niños Vulnerables, 2005‑2009 (NPA para OVC) y una Política de Desarrollo de la Infancia. Toma nota, de manera particular, de que, según la NPA para OVC, aproximadamente 500.000 niños eran huérfanos, debido al VIH/SIDA, en 2004, y más de un millón de niños eran huérfanos en Malawi, en 2005. Además, el número de huérfanos por diferentes grupos de edad, es el siguiente: 110.000 (0-4 años), 340.000 (5-9 años) y 558.000 (10-18 años). La Comisión tomó nota de que el Gobierno está en conocimiento de las consecuencias del VIH/SIDA en los huérfanos, como es el incremento del trabajo infantil y el abandono de la escuela por parte de los niños. También tomó nota de que el Objetivo estratégico núm. 3 del NPA para OVC es «proteger a los niños más vulnerables, a través de una mejora de las políticas y de la legislación, del liderazgo y de una coordinación eficaz en todos los niveles».

La Comisión expresó nuevamente su gran preocupación ante la situación del número considerable de niños menores de 14 años de edad que están obligados a trabajar. Manifiesta asimismo su gran preocupación por el número elevado de niños huérfanos en Malawi, debido al VIH/SIDA, y señala que el VIH/SIDA tiene consecuencias para los huérfanos, que presentan un mayor riesgo de ser ocupados en el trabajo infantil. La Comisión solicita al Gobierno que redoble sus esfuerzos para garantizar la abolición progresiva del trabajo infantil. La Comisión también solicita al Gobierno que comunique información sobre el impacto del NPA para OVC y sobre la Política de Desarrollo de la Infancia hacia la Abolición del Trabajo Infantil, y sobre los resultados alcanzados. Por último, la Comisión también solicita al Gobierno que siga transmitiendo información acerca de la aplicación del Convenio en la práctica, incluyéndose, por ejemplo, estadísticas sobre el empleo de los niños y los jóvenes, extractos de los informes de los servicios de inspección e información sobre el número y la naturaleza de las contravenciones registradas y de las sanciones impuestas.

La Comisión también dirige al Gobierno una solicitud directa sobre otros puntos.

La Comisión espera que el Gobierno haga todo lo posible para adoptar, en un futuro cercano, las medidas necesarias.

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