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Demande directe (CEACR) - adoptée 2006, publiée 96ème session CIT (2007)

Convention (n° 88) sur le service de l'emploi, 1948 - République dominicaine (Ratification: 1953)

Autre commentaire sur C088

Observation
  1. 1998
  2. 1995
Demande directe
  1. 2022
  2. 2017
  3. 2016
  4. 2010
  5. 2006
  6. 1998
  7. 1990

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Modernización del servicio del empleo. Participación de los interlocutores sociales. En respuesta a comentarios anteriores, el Gobierno informa en la memoria recibida en octubre de 2005 de las actividades por la Secretaría de Estado de Trabajo y del establecimiento de un Centro de Servicios Integrados de Información que ofrece cursos de capacitación y entrenamiento a los trabajadores. Cerca de 6.300 trabajadores serán colocados en el mercado de trabajo en 2005. Teniendo en cuenta la preocupante situación del mercado del trabajo que se examina en relación con la aplicación del Convenio sobre la política del empleo, 1964 (núm. 122), la Comisión pide al Gobierno que informe con más detalle sobre las medidas adoptadas para asegurar un funcionamiento eficiente del servicio público y gratuito del empleo, que cuenta con la cooperación de los interlocutores sociales, y disponga de una red de oficinas de empleo en número suficiente para satisfacer las necesidades de los empleadores y de los trabajadores en todo el país (artículos 1 a 7 del Convenio). Solicita al Gobierno que incluya en sus próximas memorias, información estadística sobre el número de oficinas públicas de empleo existentes, las solicitudes de empleo recibidas, las ofertas de empleo notificadas y las colocaciones efectuadas por las oficinas (parte IV del formulario de memoria).

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