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Demande directe (CEACR) - adoptée 2004, publiée 93ème session CIT (2005)

Convention (n° 151) sur les relations de travail dans la fonction publique, 1978 - Chili (Ratification: 2000)

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Demande directe
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La Comisión observa que no se ha recibido la memoria del Gobierno. La Comisión toma nota de los comentarios sobre la aplicación del Convenio enviados por la Confederación Nacional de Funcionarios Municipales de Chile (ASEMUCH) y la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales (ANEF) y pide al Gobierno que envíe sus observaciones al respecto.

Artículo 6 del Convenio. La Comisión recuerda que en su solicitud directa anterior pidió al Gobierno que informe si, además de los permisos sindicales, se garantizan a través de la legislación o de convenios colectivos otras facilidades diferentes a los dirigentes sindicales y delegados de los trabajadores (por ejemplo, local sindical, cartelera de anuncios a disposición de la organización sindical, posibilidad de cobro de cuotas sindicales, etc.). La Comisión espera recibir estas informaciones junto con la próxima memoria del Gobierno.

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