ILO-en-strap
NORMLEX
Information System on International Labour Standards
NORMLEX Page d'accueil > Profils par pays >  > Commentaires

Observation (CEACR) - adoptée 2003, publiée 92ème session CIT (2004)

Convention (n° 138) sur l'âge minimum, 1973 - Malawi (Ratification: 1999)

Autre commentaire sur C138

Afficher en : Anglais - FrancaisTout voir

La Comisión toma nota de que no se ha recibido la memoria del Gobierno. Por consiguiente, la Comisión se ve obligada a reiterar su observación anterior, redactada como sigue:

La Comisión tomó nota además de la comunicación de la Confederación de Organizaciones Sindicales Libres (CIOSL), de febrero de 2002, y de los comentarios suministrados por el Gobierno a las cuestiones planteadas en el informe de la CIOSL.

1. Artículo 1, párrafo 1, del ConvenioPolítica nacional en materia de trabajo infantil. La Comisión tomó nota de que, según la CIOSL el trabajo infantil en Malawi es un serio problema, en particular, en la agricultura comercial y de subsistencia, aunque también en el servicio doméstico, en el que los niños, en particular, del sexo femenino trabajan en las ciudades. La CIOSL alegó que más de 440.000 niños entre los 10 y 14 años de edad son económicamente activos en Malawi, una cifra que constituye más del 30 por ciento de este grupo de edad. Más del 20 por ciento de la mano de obra de las plantaciones comerciales, especialmente las plantaciones de tabaco, está constituido por niños. La CIOSL añadió que gran parte de la mano de obra infantil en las plantaciones comerciales está oculta debido a que el sistema incentiva a que trabaje la familia en su totalidad. La comunicación de la CIOSL indicó que esa organización sindical y la Unión Internacional de Trabajadores de la Alimentación (UITA) suscribieron un acuerdo con la Asociación Internacional de Productores de Tabaco (IATP), destinado a erradicar el trabajo infantil en las plantaciones de tabaco, y que el Congreso de Sindicatos de Malawi (MCTU) y el TTAWU han firmado un acuerdo análogo a nivel nacional con la Asociación Tabacalera de Malawi. La CIOSL concluyó que en relación con el trabajo infantil, hasta la fecha se han registrado escasos progresos concretos.

2. En su respuesta, el Gobierno recordó la asistencia financiera y técnica suministrada por el Programa OIT/IPEC, para llevar a cabo una encuesta sobre el trabajo infantil, que permitirá conocer el alcance, la naturaleza y las características del trabajo infantil en Malawi. El Gobierno manifestó que ha comenzado, junto con las organizaciones no gubernamentales y los interlocutores sociales, varias actividades encaminadas a la prevención, retiro y readaptación de los niños que desempeñan tareas peligrosas. De ese modo, el Organismo de Cooperación para el Desarrollo de Noruega (NORAD) y del UNICEF-Malawi, firmó un Memorándum de Entendimiento, según el cual el Gobierno de Noruega facilitará fondos para que el UNICEF lleve a cabo actividades de erradicación de trabajo infantil en Malawi junto con el Gobierno, los empleadores, los sindicatos, la comunidad de donantes y las organizaciones de la sociedad civil. Todas esas organizaciones están representadas en el consejo de administración de actividades de erradicación del trabajo infantil en Malawi. El Gobierno afirmó también que en el Gobierno o en el sector privado se están realizando esfuerzos prácticos para suprimir el flagelo del trabajo infantil en la economía. Explicó que se han constituido un comité nacional y un grupo de trabajo nacional para la erradicación del trabajo infantil, que realizaron actividades en nueve distritos seleccionados de Malawi. El plan de acción del proyecto incluye: la elaboración de una política nacional contra el trabajo infantil; elaboración y adopción de un código de conducta contra el empleo de los niños; impartir formación a un número mayor de inspectores del trabajo; establecer en las comunidades comisiones de vigilancia del trabajo infantil; otorgar préstamos destinados a actividades generadoras de ingresos y actividades bancarias en pequeña escala en pueblos de distritos predeterminados o revisar las políticas y la legislación pertinente al trabajo infantil en Malawi. El Gobierno también se refirió a la Asociación para la Erradicación del Trabajo Infantil, establecida en Malawi a iniciativa del sector privado, en particular, por las empresas cultivadoras de tabaco. La composición de esta Asociación incluye al MCTU, que es miembro de la CIOSL. El Gobierno también se refirió a la unidad de servicios sobre el trabajo infantil constituida por la Asociación de Exportadores de Tabaco de Malawi. En relación con la cuestión del trabajo infantil en el sector agrícola, el Gobierno recordó que Malawi es parte del Programa regional OIT/IPEC, relativo a la prevención, retiro y recuperación de los niños que desempeñan tareas peligrosas en el sector de la agricultura comercial en Africa, que también comprende Kenya, la República Unida de Tanzanía, Uganda y Zambia. La Comisión observó que el Gobierno ha comunicado amplia información sobre las medidas adoptadas para garantizar la abolición del trabajo infantil, pero no suministró pormenores sobre los resultados obtenidos. La Comisión solicitó al Gobierno tenga a bien facilitar esa información para que la Comisión pueda evaluar la abolición efectiva del trabajo infantil en el país y la observancia del Convenio.

La Comisión también envió al Gobierno una solicitud directa sobre otros puntos.

La Comisión espera que el Gobierno haga todo lo posible para adoptar, en un futuro cercano, las medidas necesarias.

© Copyright and permissions 1996-2024 International Labour Organization (ILO) | Privacy policy | Disclaimer