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Demande directe (CEACR) - adoptée 2001, publiée 90ème session CIT (2002)

Convention (n° 122) sur la politique de l'emploi, 1964 - Chili (Ratification: 1968)

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1. Artículos 1 y 2 del Convenio. La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno para el período agosto de 1998-noviembre de 2000. El Gobierno señala los cambios que intervinieron desde 1998 cuando se verificó una desaceleración en el crecimiento del empleo como consecuencia de la crisis financiera internacional. El desempleo a nivel nacional alcanzó, a fines de 1999, el 8,9 por ciento - afectando particularmente a los jóvenes de 15 a 19 años (26,8 por ciento) y de 20 a 24 años (18,8 por ciento), así como a las mujeres (10,3 por ciento). La Comisión observa que se asignaron recursos para programas de mejoramiento urbano, de mejoramiento de barrios y del Ministerio de la Vivienda. Además, se duplicaron los subsidios de cesantía y aumentaron los recursos destinados a capacitación. Sin embargo, el crecimiento de la economía - según un análisis del Equipo técnico multidisciplinario de Santiago - no generó suficientes empleos, lo que se debería no sólo a las dificultades de la reactivación económica, sino también a la situación de las empresas pequeñas. Las empresas grandes habrían vuelto a contratar trabajadores a tasas importantes, mientras que el empleo de las empresas pequeñas se mantendría constante. Por su parte, el Gobierno concluye indicando que la crisis económica afectó en menor medida a Chile que al resto de los países de América Latina en términos de crecimiento, inflación y déficit fiscal. Sin embargo, los efectos de la crisis económica, desde 1999, se vienen trasladando al empleo. En estas circunstancias, la Comisión espera que se seguirán tomando en cuenta las disposiciones del Convenio y que se formulará y llevará a cabo, como un objetivo de mayor importancia, una política activa  destinada a  fomentar el pleno  empleo, productivo y  libremente elegido - como parte integrante de una política económica y social coordinada y en consulta con todos los sectores interesados. En este sentido, la Comisión confía en que, en su próxima memoria, el Gobierno tendrá a bien abordar los siguientes asuntos - también evocados en su solicitud directa de 1997:

i)  sírvase continuar brindando indicaciones sobre los programas ejecutados y los resultados alcanzados para satisfacer las demandas de empleo que provienen de categorías desfavorecidas de trabajadores, tales como las mujeres, los jóvenes que ingresan en el mercado de trabajo, los trabajadores precarios y los trabajadores afectados por las reestructuraciones;

ii)  sírvase precisar las medidas de política de empleo que se hayan formulado y los programas que se están ejecutando, así como la medida en que las iniciativas destinadas a fomentar el desarrollo económico o lograr otros objetivos económicos y sociales han tenido en cuenta su impacto sobre el mercado de trabajo.

2. La Comisión toma nota de que, según el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE), las empresas usaron sólo el 35 por ciento de los recursos destinados a capacitación de los trabajadores. Sírvase indicar en qué medida se va alcanzando el objetivo de capacitar a un millón de trabajadores anualmente a partir de 2005.

3. Artículo 3. La Comisión se remite a sus anteriores comentarios en los que había puesto en relieve que las consultas exigidas en virtud de esta disposición del Convenio deberían extenderse al conjunto de los aspectos de la política económica y social que tienen una incidencia sobre el empleo y asociar, además de los representantes de los empleadores y de los trabajadores, a representantes de otros sectores de la población activa, tales como las personas que trabajan en el sector rural y en el sector informal. La Comisión invita nuevamente al Gobierno a que comunique informaciones detalladas sobre la manera en que se tiene plenamente en cuenta las experiencias y opiniones, cómo se logra la plena cooperación y se obtiene el apoyo necesario de los interlocutores sociales para la formulación de una política del empleo.

4. Parte V del formulario de memoria. La Comisión ha tomado conocimiento con interés de los estudios preparados por el Equipo técnico multidisciplinario de Santiago sobre políticas de empleo y subsidio a la contratación de mano de obra y ruega al Gobierno que se sirva indicar, en su próxima memoria, la acción emprendida como consecuencia de la asistencia brindada por la OIT en relación con la política del empleo o los factores que hayan impedido o retrasado tales acciones.

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