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Observation (CEACR) - adoptée 1997, publiée 86ème session CIT (1998)

Convention (n° 115) sur la protection contre les radiations, 1960 - Brésil (Ratification: 1966)

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La Comisión toma nota de las informaciones comunicadas por el Gobierno en sus memorias de 1995 y 1996.

1. Artículos 3, párrafo 1 y 6, párrafo 2, del Convenio. En su observación anterior la Comisión tomó nota de que se ha remitido a la Comisión de Coordinación de la Protección del Programa Nuclear Brasileño (COPRON) una propuesta de enmienda a la legislación, a la luz de las recomendaciones formuladas en 1990 por la Comisión Internacional de Protección Radiológica (CIPR). La Comisión toma nota de que el Gobierno indicaba, en una memoria recibida en 1995, que la COPRON se reuniría en breve a fin de iniciar, en un marco tripartito, una revisión de las dosis máximas de exposición aplicables actualmente. La Comisión solicita al Gobierno se sirva comunicar informaciones sobre la evolución de las labores en la COPRON así como sobre los progresos realizados. De manera general, la Comisión observa asimismo, de acuerdo con las informaciones comunicadas por el Gobierno en su memoria de 1996, que se está realizando actualmente el examen de las Normas básicas internacionales de seguridad para la protección contra la radiación ionizante, elaboradas en 1994 bajo los auspicios del OIEA, de la OMS, de la OIT y de otras tres organizaciones internacionales. El Gobierno señala asimismo su intención de aplicar dichas normas en un futuro cercano. Por consiguiente, la Comisión confía en que el Gobierno estará próximamente en condiciones de comunicar la adopción de medidas encaminadas a garantizar una protección eficaz de los trabajadores, en particular de las dosis máximas admisibles de radiaciones ionizantes revisadas de conformidad con las recomendaciones de 1990 de la CIPR y con las Normas Básicas Internacionales de Seguridad de 1994.

2. En lo que respecta a las condiciones de trabajo en la industria nuclear que habían sido objeto de comentarios por parte de la Comisión Nacional de Trabajadores de la Energía Nuclear (CONTREN), la Comisión toma nota de las informaciones comunicadas por el Gobierno según las cuales los estudios que se realizan actualmente se refieren a tres campos: las instalaciones nucleares -- en particular, el trabajo temporario --, el almacenamiento de residuos radioactivos y el sector hospitalario. La Comisión solicita nuevamente al Gobierno que se sirva comunicar informaciones sobre los datos recopilados en el marco de la acción coordinada realizada con los interlocutores sociales con el propósito de evaluar la situación de la industria nuclear y los cambios que deben ser realizados. Además, la Comisión solicita al Gobierno que se sirva indicar si han sido adoptados los convenios colectivos para una nueva formulación de las condiciones de trabajo mencionados en las memorias anteriores, y, de ser el caso, comunicar copia a la Oficina.

3. La Comisión envía directamente al Gobierno una solicitud en la que plantea nuevamente ciertas cuestiones.

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