National Legislation on Labour and Social Rights
Global database on occupational safety and health legislation
Employment protection legislation database
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1. La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno correspondiente al período que finaliza en junio de 1996. Los datos suministrados por el Gobierno, que confirman los que ha publicado la OCDE, demuestran la persistencia de una situación del empleo preocupante a causa del nivel elevado del desempleo y de las características de su repartición. La pequeña reactivación del crecimiento del empleo en 1995 y en 1996 no alcanzó para compensar la contracción anterior y, a pesar de un pequeño aumento de la población activa, la tasa de desempleo seguía siendo de 12,4 por ciento en 1996. Las disparidades regionales se han mantenido, la tasa de desempleo ha permanecido estable en Wallonia, mientras bajaba en Flandes donde la situación ya era más favorable. Si bien su participación en la población activa está en disminución constante, los jóvenes de menos de 25 años de edad siguen enfrentando una tasa de desempleo de más del 20 por ciento. El desempleo de larga duración representa más del 60 por ciento del desempleo total, esta proporción es una de las más altas de Europa occidental.
2. El Gobierno expone en su memoria las principales orientaciones del Plan Plurianual para el Empleo adoptado en octubre de 1995, que se refiere a la reducción del costo de trabajo a fin de favorecer el empleo de los trabajadores menos calificados, al incentivo de la repartición de los empleos disponibles mediante el fomento del derecho a la interrupción de la carrera así como el fomento del trabajo de tiempo parcial, un nuevo dispositivo de inserción profesional de los jóvenes y la búsqueda de nuevas fuentes de empleo en el sector de los servicios que no son comerciales. La Comisión toma nota asimismo de las disposiciones del Acuerdo Interprofesional relativas al fomento del reclutamiento de los jóvenes o de los desempleados de larga duración y en prepensión. En relación con su observación anterior, la Comisión espera que el Gobierno en su próxima memoria comunique elementos de evaluación que permitan apreciar la eficacia de los diferentes programas aplicados. Además, la Comisión advierte la importancia que tienen las medidas encaminadas a redistribuir el empleo existente o a incitar al retiro anticipado del mercado de trabajo, en un contexto en el que las tasas de actividad ya son relativamente bajas. La Comisión invita al Gobierno a que precise la manera en que se prevé que evolucionarán tales medidas con respecto a los objetivos fundamentales del Convenio. Por último, la Comisión agradecería al Gobierno que comunicara informaciones más completas sobre su política de enseñanza y de formación con miras a una mejor empleabilidad de los asalariados.
3. La Comisión observa que el Gobierno evoca, sin más precisiones, otros aspectos de las políticas económicas y sociales que tienen una incidencia sobre la política del empleo, como la reducción de la ley sobre la competitividad, el ingreso en la Unión Monetaria Europea o la financiación de la Seguridad Social. Al referirse a las solicitudes que figuran en cada una de sus observaciones desde hace varios años, la Comisión confía en que el Gobierno comunicará en su próxima memoria las informaciones requeridas en el formulario de memoria acerca de la manera en que son seguidas las principales políticas, y en particular, de qué manera la política presupuestaria y la política monetaria contribuyen "en el marco de una política económica y social coordinada", al fomento del pleno empleo, productivo y libremente elegido, de conformidad con los artículos 1 y 2 del Convenio. La Comisión agradecería que el Gobierno comunicara explicaciones acerca de estos diferentes aspectos de la política del empleo en relación al Convenio, puesto que las medidas de política del mercado de trabajo que describe aparentemente no le han permitido registrar progresos significativos en la lucha contra el desempleo.