ILO-en-strap
NORMLEX
Information System on International Labour Standards
NORMLEX Page d'accueil > Profils par pays >  > Commentaires

Observation (CEACR) - adoptée 1995, publiée 83ème session CIT (1996)

Convention (n° 81) sur l'inspection du travail, 1947 - Burkina Faso (Ratification: 1974)

Autre commentaire sur C081

Observation
  1. 2007
  2. 2004
  3. 2001
  4. 1995

Afficher en : Anglais - FrancaisTout voir

En relación con sus comentarios anteriores, la Comisión toma nota con satisfacción de que el artículo 218 de la ley núm. 11/92/ADP, de 22 de diciembre de 1992, sobre el Código de Trabajo, dispone que el inspector del trabajo estará encargado de poner en conocimiento de la autoridad competente las deficiencias o los abusos que no estén específicamente cubiertos por las disposiciones legales existentes, dando así efecto al artículo 3, párrafo 1, c) del Convenio.

La Comisión dirige directamente al Gobierno una solicitud sobre algunas otras cuestiones.

© Copyright and permissions 1996-2024 International Labour Organization (ILO) | Privacy policy | Disclaimer