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Demande directe (CEACR) - adoptée 1993, publiée 80ème session CIT (1993)

Convention (n° 111) concernant la discrimination (emploi et profession), 1958 - Mexique (Ratification: 1961)

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La Comisión toma nota con interés de la información comunicada en la memoria del Gobierno.

Toma nota, en particular, de los numerosos proyectos llevados a la práctica en el marco del Programa Nacional de Acción para la Integración de la Mujer en el Desarrollo, y de las actividades de la Comisión Nacional de la Mujer durante el período 1990-1991: la campaña educativa de gran alcance llevada a cabo a través de la televisión y la radio en temas tales como planificación familiar, participación igualitaria de la mujer y su integración en el desarrollo; cursos de formación para la mujer en cuestiones técnicas, administrativas y de oficina y cursos de capacitación profesional en áreas tales como psicología, enfermería y pediatría; el establecimiento de guarderías y comités de desarrollo comunitario de las mujeres; participación de las mujeres en congresos nacionales e internacionales durante el período 1989-1991, sobre diferentes temas relacionados con la mujer, incluidas las cuestiones de sanidad, formación y empleo en la enseñanza y en las áreas médica y de la salud; y proyectos que incluyen cursos de capacitación para la mujer, llevados a cabo por el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF).

La Comisión toma nota también de las medidas positivas adoptadas para la aplicación del principio de no discriminación, a través de la ejecución del Programa Nacional de Acción para la Integración de la Mujer en el Desarrollo para el período 1989-1994, del Programa Nacional de Capacitación y Productividad para el período 1990-1994, cuyo objetivo es impulsar la formación de los recursos humanos para su incorporación a la actividad productiva, a los efectos de mejorar el nivel de vida del trabajador en general y de la mujer en particular, así como el Acuerdo Nacional para la elevación de la productividad y la calidad, suscrito por los sectores obrero, campesino, empresarial y el Gobierno federal, cuyo objetivo es la elevación de las condiciones de trabajo y de calidad de vida de la mujer trabajadora. La Comisión agradecería que el Gobierno continuara comunicando información sobre las medidas de este orden adoptadas o contempladas en virtud de los programas nacionales mencionados, incluidos los datos estadísticos sobre los resultados conseguidos, con el fin de impulsar la igualdad de oportunidades y de trato entre hombres y mujeres en el empleo y en la ocupación, especialmente en relación con el acceso igualitario a la educación y a la formación profesional, al empleo y a determinadas ocupaciones, y a las condiciones de trabajo.

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