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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración - Informe núm. 356, Marzo 2010

Caso núm. 2291 (Polonia) - Fecha de presentación de la queja:: 12-AGO-03 - Cerrado

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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración

Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
  1. 158. El Comité examinó por última vez este caso, relativo a numerosos actos de intimidación y discriminación antisindicales, incluidos despidos, la duración excesiva de los procedimientos y el incumplimiento de decisiones judiciales, en su reunión de marzo de 2009 [véase 353.er informe, párrafos 245-254]. En aquella ocasión, el Comité pidió al Gobierno que lo mantuviera informado de los progresos realizados en los procedimientos iniciados contra 19 directores superiores de la empresa SIMPA S.A. y de la sentencia definitiva en el caso relativo al despido del Sr. Jedrejek, miembro de la Organización Interempresarial del Sindicato NSZZ «Solidarnosc» de la misma empresa.
  2. 159. Por comunicación de fecha 31 de agosto de 2009, el Gobierno indica que el juicio de la causa incoada contra 19 directores superiores de la empresa SIPMA S.A. aún no ha concluido debido al fallecimiento del juez a cargo de la causa. El Presidente de la Segunda División Penal ordenó que se nombrara un nuevo juez para este caso el 1.º de octubre de 2008. Con arreglo al artículo 404, 2), del Código de Procedimiento Penal, la decisión de modificar la composición del tribunal obligó a retomar ab initio el juicio interrumpido. Sin embargo, la vista del caso está por concluir. El Gobierno señala que el caso está bajo constante supervisión administrativa por parte del Presidente del Tribunal Regional de Lublin.
  3. 160. Asimismo, el Gobierno indica que el Tribunal de Distrito de Lublin ordenó el reintegro del Sr. Jedrejek por sentencia de 10 de marzo de 2008. El 2 de septiembre de 2008, el Tribunal Regional de Lublin desestimó el recurso presentado por la empresa contra esa sentencia. Puesto que la empresa no presentó un recurso de casación, el caso se considera resuelto mediante sentencia firme y definitiva.
  4. 161. El Comité toma nota de la información facilitada por el Gobierno con respecto al caso del Sr. Jedrejek. El Comité pide al Gobierno que indique si el Sr. Jedrejek ha sido reintegrado en sus funciones conforme a la decisión del Tribunal de Distrito. Con referencia al caso presentado contra 19 directores superiores de la empresa SIPMA S.A., el Comité espera que concluya sin más demoras injustificadas. Asimismo, el Comité pide al Gobierno que lo mantenga informado de los progresos realizados y que le transmita una copia de la sentencia, una vez dictada.
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