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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración - Informe núm. 335, Noviembre 2004

Caso núm. 2188 (Bangladesh) - Fecha de presentación de la queja:: 19-MAR-02 - Cerrado

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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración

Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
  1. 23. El Comité examinó por última vez este caso en su reunión de noviembre de 2003 [véase 332.º informe, párrafos 13 a 15]. En dicha ocasión, en relación con el caso de la Sra. Taposhi Bhattachajee, el Comité expresó firmemente su esperanza de que la sala de apelaciones del Tribunal Supremo dictaría una sentencia que confirmara la decisión del Tribunal Supremo por la cual se reintegraría a su puesto de trabajo con derecho a todas las prestaciones correspondientes, y pidió al Gobierno que le facilitara una copia de la sentencia una vez dictada. En cuanto a las advertencias dirigidas a los 10 miembros del Comité Ejecutivo Sindical por actos que constituían actividades sindicales legítimas, una vez más, el Comité instaba al Gobierno a que diera las instrucciones apropiadas a la dirección del hospital Shahid Sorwardi para que todas las advertencias fueran retiradas de los correspondientes expedientes personales, y que le mantuviera informado al respecto.
  2. 24. En una comunicación de fecha 3 de julio de 2004, el Gobierno declaró que de conformidad con la sentencia dictada por la división superior del Tribunal Supremo de Bangladesh, la Sra. Bhattachajee había sido reintegrada a su puesto de trabajo con derecho a todas las prestaciones.
  3. 25. En relación con el caso de la Sra. Bhattachajee, el Comité toma nota de la información proporcionada por el Gobierno en la que confirma que la Sra. Bhattachajee fue reintegrada a su puesto de trabajo con derecho a todas las prestaciones a raíz de la decisión de la división superior del Tribunal Supremo. Sin embargo, el Comité lamenta señalar que al parecer se trata de la misma decisión del Tribunal que se menciona en anteriores comunicaciones del Gobierno, respecto de la cual el Gobierno había señalado al Comité el 6 de septiembre de 2003 que había presentado una apelación y que el caso se encontraba todavía en instancia.
  4. 26. Por esta razón, el Comité solicita al Gobierno que aclare si la sala de apelaciones del Tribunal Supremo de Bangladesh ha resuelto definitivamente el caso de la Sr. Bhattachajee, o bien si todavía está pendiente la apelación del Gobierno contra la decisión de la división superior del Tribunal Supremo de reintegrarla en su puesto de trabajo. Si el caso todavía está pendiente, el Comité solicita al Gobierno que le facilite una copia de la sentencia una vez dictada y que le mantenga informado al respecto.
  5. 27. En relación con las advertencias dirigidas a los diez dirigentes sindicales, el Comité señala que no se le ha proporcionado nueva información y una vez más insta al Gobierno a que dé las instrucciones apropiadas a la dirección del hospital Shahid Sorwardi para que todas las advertencias sean retiradas, y que le mantenga informado al respecto.
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