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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración - Informe núm. 353, Marzo 2009

Caso núm. 1890 (India) - Fecha de presentación de la queja:: 29-MAY-96 - Cerrado

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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración

Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
  1. 104. El Comité examinó por última vez este caso relativo al despido, traslado y suspensión de algunos afiliados del Sindicato de Empleados del Fort Aguada Beach Resort (FABREU) a raíz de una huelga, y a la negativa del empleador a reconocer al sindicato más representativo a efectos de la negociación colectiva, en su reunión de noviembre de 2007 [véase 348.º informe, párrafos. 116–118]. En dicha ocasión, el Comité pidió al Gobierno que indicase si el FABREU estaba reconocido por la dirección de la empresa como agente de negociación colectiva y si podía participar, mediante la negociación de convenciones colectivas de trabajo, en la reglamentación de las condiciones de empleo del Fort Aguada Beach Resort.
  2. 105. Por comunicación de fecha 6 de octubre de 2008, el Gobierno señala que el Gobierno de Goa (gobierno provincial) ha informado de que el FABREU ha dejado de existir en el Fort Aguada Beach Resort, en Sinquerim, dado que los trabajadores han constituido su propio sindicato, la Asociación de Trabajadores del Fort Aguada Beach Resort, y han firmado un acuerdo con la dirección respecto de las reivindicaciones.
  3. 106. El Comité toma nota de estas informaciones.
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