C100 - Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2021, Publicación: 110ª reunión CIT (2022)
Desarrollo legislativo.
Seguimiento y control de la aplicación.
C100 - Observación (CEACR) - Adopción: 2021, Publicación: 110ª reunión CIT (2022)
Artículos 1 y 2 del Convenio. Brecha salarial entre hombre y mujeres.
Artículos 1 y 3. Trabajo de igual valor y evaluación objetiva del empleo.
C111 - Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2021, Publicación: 110ª reunión CIT (2022)
Artículo 1 del Convenio. Ámbito de aplicación y motivos de discriminación.
Artículo 1, 1, a) Discriminación por motivos de sexo. Acoso sexual.
Artículo 1, 1), b). Motivos adicionales. Discapacidad.
Artículos 2 y 3. Promoción de la igualdad de oportunidades y de trato independientemente de la raza y el color.
Inspección del trabajo.
C111 - Observación (CEACR) - Adopción: 2021, Publicación: 110ª reunión CIT (2022)
Artículos 1 del Convenio. Discriminación por motivos de sexo, color y raza.
Artículo 2. Igualdad de oportunidades y de trato entre hombres y mujeres.
C156 - Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2021, Publicación: 110ª reunión CIT (2022)
Medidas durante la pandemia de COVID-19.
Artículo 3 del Convenio. Política nacional.
Artículo 4. Igualdad en relación con las condiciones de empleo.
Artículo 5. Servicios y prestaciones para el cuidado de los niños y otros miembros de la familia.
Artículo 6. Medidas apropiadas para promover una mejor comprensión del principio de la igualdad de oportunidades y de trato entre trabajadores y trabajadoras y acerca de los problemas de los trabajadores con responsabilidades familiares.
Artículo 8. Protección contra el despido.
Artículos 6 y 11. Información y participación de las organizaciones de trabajadores y de empleadores.
C169 - Observación (CEACR) - Adopción: 2021, Publicación: 110ª reunión CIT (2022)
Artículo 3 del Convenio. Derechos humanos.
Artículo 6. Consulta.
Artículos 6 y 15. Consulta. Proyectos mineros.
Artículo 14. Tierras. Política nacional sobre titulación.
Titulación de tierras de comunidades shawi.
C169 - Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2021, Publicación: 110ª reunión CIT (2022)
Artículo 1 del Convenio. Pueblos cubiertos por el Convenio.
Artículos 2 y 33. Acción coordinada y sistemática.
Artículos 3 y 12. Derechos humanos. Procedimientos legales. Mujeres indígenas.
Artículo 15. Consulta y participación en beneficios.
Artículo 18. Protección de los pueblos indígenas en situación de aislamiento.
Artículo 20, párrafo 3, c). Protección contra todas las formas de servidumbre por deudas.
Artículo 25. Salud. 1. Medidas frente a la pandemia de la COVID-19.
Artículos 26 al 31. Educación y medios de comunicación.
C029 - Observación (CEACR) - Adopción: 2020, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)
Artículos 1, 1) y 2, 1), del Convenio. Esfuerzos para combatir el trabajo
forzoso. a) Plan Nacional para la Lucha contra el Trabajo Forzoso (PNLCTF).
b) Diagnóstico.
c) La inspección del trabajo.
Artículo 25. Aplicación de sanciones eficaces.
C029 - Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2020, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)
Artículos 1, 1) y 2, 1) del Convenio. 1) Impacto de ciertas cláusulas del
modelo de contrato firmado por los profesores de la Pontificia Universidad Católica
del Perú en su libertad para dejar su empleo.
2) Trabajo doméstico en condiciones de trabajo forzoso.
3) Trata de personas.
Artículo 2, 2, c). Trabajo exigido como consecuencia de una condena en un
tribunal. Servicio comunitario.
C081 - Observación (CEACR) - Adopción: 2020, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)
Artículos 6 y 15, a), del Convenio. Situación jurídica y condiciones de
servicio de los inspectores.
Artículos 12, 1), a) y c), y 15), c). Alcance del derecho de libre entrada de
los inspectores en los establecimientos que están bajo su control.
C081 - Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2020, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)
Artículos 5, a), 12, 1), a), y 18 del Convenio. Cooperación efectiva entre los
servicios de inspección y otros servicios gubernamentales e instituciones públicas y
privadas que ejercen actividades similares. Libertad de acceso a los
establecimientos sujetos a inspección. Obstrucción a los inspectores del trabajo en
el desempeño de sus funciones.
Artículo 7, 1). Condiciones para la contratación de los inspectores del
trabajo.
Artículo 7, 3). Formación de los inspectores del trabajo.
Artículos 10, 15 y 16. Número de inspectores del trabajo y frecuencia y esmero
adecuados de las inspecciones para asegurar el cumplimiento de las disposiciones
legales pertinentes.
Artículo 11. Medios materiales de los inspectores del trabajo.
Artículos 12, 1), a) y 15, c). Inspecciones sin previo aviso. Deber de
confidencialidad en relación con las quejas.
Artículo 18. Sanciones adecuadas y efectivamente aplicadas.
Artículos 20 y 21. Elaboración de informes periódicos y publicación y
comunicación a la OIT del informe anual.
C105 - Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2020, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)
Artículo 1 a) y d), del Convenio. Imposición de servicios comunitarios como
pena por oponerse al orden político, social o económico establecido, o como castigo
por haber participado en huelgas.
C138 - Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2020, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)
Artículo 1 del Convenio. Política nacional y aplicación del Convenio en la
práctica.
Artículo 2, 1). Ámbito de aplicación e inspección del trabajo.
Artículo 2, 1), y artículo 3, 3). Edad mínima de admisión al empleo o al
trabajo y de admisión a los trabajos peligrosos desde los dieciséis años de edad.
C182 - Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2020, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)
Artículo 7, 2, del Convenio. Medidas efectivas adoptadas en un plazo
determinado. d) Identificar a los niños que están particularmente expuestos a
riesgos. Niños de la calle y mendicidad.
Niños de los pueblos indígenas.
Artículo 8. Cooperación y asistencia internacionales. Reducción de la pobreza y
cooperación internacional.
C182 - Observación (CEACR) - Adopción: 2020, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)
Artículos 3, a) y b), y 7, párrafo 2, a) y b), del Convenio. Venta, trata y
explotación sexual con fines comerciales y medidas efectivas adoptadas en un plazo
determinado para impedir la ocupación de niños en las peores formas de trabajo,
librarlos de ellas y asegurar su rehabilitación e inserción social.
Artículos 3, d), y 7, párrafo 2, a) y b). Trabajos peligrosos y medidas
efectivas adoptadas en un plazo determinado para impedir que los niños participen en
las peores formas de trabajo, librar a los niños de las mismas y asegurar su
rehabilitación e inserción social.