National Legislation on Labour and Social Rights
Global database on occupational safety and health legislation
Employment protection legislation database
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1. Artículo 1 del Convenio. Aplicación de una política activa del empleo. En relación con sus comentarios anteriores, la Comisión toma nota de la información contenida en la memoria comunicada por el Gobierno de Aruba correspondiente al período finalizado en mayo de 2005. El Gobierno de Aruba indica que los cambios que siguieron a la reorganización del Departamento de Trabajo e Investigación tuvieron efectos en junio de 2004. Durante el proceso de reestructuración, no se introdujeron políticas ni programas nuevos. Sin embargo, se completó un proyecto piloto para la reintegración al mercado de trabajo de categorías especiales de trabajadores desempleados. La Comisión recuerda que el artículo 1 del Convenio dispone que se... «deberá formular y llevar a cabo, como un objetivo de mayor importancia, una política activa destinada a fomentar el pleno empleo, productivo y libremente elegido». La Comisión agradecería que el Gobierno de Aruba facilitara una memoria detallada que incluya información sobre la manera de «revisar regularmente las medidas que habrá de adoptar, como parte integrante de una política económica y social coordinada», para alcanzar los objetivos del pleno empleo, productivo y libremente elegido especificados en el Convenio.
2. Artículo 3. Participación de los interlocutores sociales en la formulación y aplicación de políticas. El Gobierno de Aruba indica en su memoria de que no se han realizado nuevos progresos para reactivar la Comisión de Legislación Laboral (COL) o para seguir desarrollando las relaciones entre organizaciones de empleadores y de trabajadores ni tampoco se han celebrado consultas en relación con las políticas de empleo. La Comisión recuerda que, en virtud del artículo 3 del Convenio, los representantes de los empleadores y de los trabajadores deberán ser consultados «con el objeto de tener plenamente en cuenta sus experiencias y opiniones y, además lograr su plena cooperación en la labor de formular la citada política y de obtener el apoyo necesario para su ejecución». La Comisión pide al Gobierno de Aruba se sirva establecer las consultas que requiere el Convenio y comunicar en su próxima memoria informaciones sobre los progresos realizados para garantizar el pleno cumplimiento del Convenio.
La Comisión lamenta tomar nota de que por octavo año consecutivo, no ha recibido la memoria del Gobierno. Espera que en su próxima reunión la Comisión recibirá una memoria para examen, que contendrá informaciones completas sobre los puntos planteados en su anterior solicitud directa, redactada como sigue:
La Comisión toma nota de la celebración de varias reuniones en el curso del período considerado, del comité tripartito del empleo creado para hacer frente a los cambios rápidos de la oferta y de la demanda en el mercado del empleo. Invita al Gobierno a que siga proporcionándole informaciones sobre estas reuniones, su objeto, las opiniones expresadas y la manera en que se ha tenido cuenta de ellas. Por otra parte, la Comisión agradecería al gobierno que presentase informaciones sobre el establecimiento de la estrategia de desarrollo, en particular en el marco de la ejecución del plan nacional de desarrollo para 1991-1995, precisando la manera en que contribuye a la promoción del pleno empleo. La Comisión espera que el Gobierno haga todo lo posible para adoptar, en un futuro cercano, las medidas necesarias, y urge al Gobierno que solicite la asistencia de la Oficina, en caso de que fuera necesario.
La Comisión toma nota de la celebración de varias reuniones en el curso del período considerado, del comité tripartito del empleo creado para hacer frente a los cambios rápidos de la oferta y de la demanda en el mercado del empleo. Invita al Gobierno a que siga proporcionándole informaciones sobre estas reuniones, su objeto, las opiniones expresadas y la manera en que se ha tenido cuenta de ellas. Por otra parte, la Comisión agradecería al gobierno que presentase informaciones sobre el establecimiento de la estrategia de desarrollo, en particular en el marco de la ejecución del plan nacional de desarrollo para 1991-1995, precisando la manera en que contribuye a la promoción del pleno empleo.
La Comisión espera que el Gobierno haga todo lo posible para adoptar, en un futuro cercano, las medidas necesarias, y urge al Gobierno que solicite la asistencia de la Oficina, en caso de que fuera necesario.
La Comisión lamenta tomar nota de que por séptimo año consecutivo, no ha recibido la memoria del Gobierno. Espera que en su próxima reunión la Comisión recibirá una memoria para examen, que contendrá informaciones completas sobre los puntos planteados en su anterior solicitud directa, redactada como sigue:
La Comisión lamenta tomar nota de que por sexto año consecutivo, no ha recibido la memoria del Gobierno. Espera que en su próxima reunión la Comisión recibirá una memoria para examen, que contendrá informaciones completas sobre los puntos planteados en su anterior solicitud directa, redactada como sigue: