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Observación (CEACR) - Adopción: 2018, Publicación: 108ª reunión CIT (2019)

La Comisión toma nota de las observaciones del Sindicato Independiente y Autónomo «Solidarnosc», recibidas el 9 de agosto de 2018, así como de la respuesta del Gobierno a dichas observaciones, recibida el 22 de octubre de 2018.
Artículos 1 a 4 del Convenio. Formulación e implantación de políticas y programas de orientación y formación profesionales. La Comisión toma nota de la información proporcionada por el Gobierno en su memoria en respuesta a la observación de 2013. La Comisión constata el incesante esfuerzo del Gobierno por mejorar la calidad y la eficacia de la orientación y formación profesionales. El Gobierno indica que entre 2013 y 2017 se hicieron varias enmiendas a la Ley sobre Promoción del Empleo y las Instituciones del Mercado Laboral, de 2004 (ley de 2004), en particular la modificación de 14 de marzo de 2014, que entró en vigor el 27 de mayo de 2014, y por la que se introdujeron cambios en el ámbito de la orientación profesional con el fin de adaptar en mayor medida los servicios que ofrecen las oficinas de empleo a las necesidades de los solicitantes, y mejorando así la eficacia del Servicio Público de Empleo (PES). Según el Gobierno, los servicios de orientación e información profesionales y de asistencia a la búsqueda de empleo formaban parte de un único servicio de orientación profesional. Algunos miembros del personal del PES fueron destinados a puestos de asesores profesionales y se les impartió formación para mejorar sus competencias, aumentando de ese modo el número de asesores y la disponibilidad de los servicios de orientación profesional. La Comisión toma nota de que 48 806 desempleados se beneficiaron de la orientación profesional individual y en grupo que ofrecieron las oficinas del PES en 2017, lo que representa un descenso con respecto a los 74 016 desempleados de 2013. El Gobierno atribuye esta reducción al correspondiente descenso de la tasa de desempleo en Polonia en ese período. Asimismo, la Comisión constata la introducción de dos nuevas formas de orientación profesional dirigidas a atender las necesidades de los usuarios del PES dada la rápida evolución de las tecnologías de la información: servicios de orientación a distancia y de información a distancia. En sus observaciones, Solidarnosc sostiene que el PES no ofrece un acceso amplio a la orientación profesional, ya que ésta se centra principalmente en los desempleados registrados. En su respuesta, el Gobierno indica que tanto los desempleados como las personas que buscan trabajo, con diversos niveles de educación y calificaciones profesionales, y en distintas etapas de su desarrollo profesional, tienen la oportunidad de usar los servicios gratuitos de orientación profesional del PES. Además, señala que las oficinas de empleo de los distritos prestan asesoramiento individual o en grupo, así como información y formación profesionales en el ámbito de las técnicas de búsqueda de empleo a desempleados registrados, además de apoyo en el terreno de la información profesional a los que no están registrados. En cuanto a la formación profesional, el Gobierno indica que el 14 de marzo de 2014 se revisó la ley de 2004, ampliando la prestación de orientación a los desempleados de larga duración, tanto jóvenes de menos de 30 años como personas a partir de 50 años de edad, para ayudarlos a entrar y permanecer en el mercado laboral. La Comisión toma nota de que los empleadores que contratan a jóvenes reciben ahora apoyo mediante nuevos instrumentos: «vales» de formación y de colocación. En virtud del sistema de los «vales» de colocación, la persona desempleada realiza unas prácticas de seis meses con un empleador designado, que se compromete a emplear al individuo durante seis meses más. El Gobierno señala que desde 2015 hay prácticas disponibles, no sólo para jóvenes, sino también para todos los grupos de desempleados en situación difícil dentro del mercado de trabajo. Sin embargo, Solidarnosc indica que el Gobierno no ha desarrollado una política del empleo de los jóvenes coherente que tenga en cuenta las necesidades especiales de este grupo en el mercado de trabajo o que les ofrezca respaldo en las diferentes etapas de su carrera profesional. En su respuesta, el Gobierno afirma que el apoyo a los jóvenes se ofrece mediante Cuerpos voluntarios de trabajo, unidades supervisadas por el Ministro de Trabajo y especializadas en actividades dirigidas a los jóvenes de entre 15 y 25 años, en particular los que están en riesgo de exclusión social. El Gobierno también se remite a la creación, en 2015, del Fondo Nacional de Formación (NTF) para respaldar las inversiones en recursos humanos. A este respecto, apunta que el importe anual disponible con cargo a este fondo es aproximadamente de 200 millones de zlotys polacos, que se destina a cofinanciar el aprendizaje permanente para trabajadores y empleadores por iniciativa o con la autorización del empleador. La Comisión toma nota de que, en el período comprendido entre 2014 y 2017 el PES empleó esos fondos para financiar la formación de unos 315 000 trabajadores. Además, el Gobierno se refiere a una serie de actividades en el ámbito del aprendizaje permanente. La Comisión toma nota con interés de que en 2017 más del 80 por ciento de los desempleados encontraron un empleo después del programa de prácticas, lo que constituye la tasa más elevada en los últimos cinco años. No obstante, Solidarnosc sostiene que el PES no fomenta la formación profesional para adultos. Al tiempo que toma nota de que en 2016 sólo 242 adultos recibieron formación profesional, Solidarnosc atribuye este hecho a la baja remuneración que se ofrece a una persona que sigue una formación profesional para adultos, así como a la pesada carga administrativa que conlleva. Añade que se restringió el acceso a la formación para mejorar las calificaciones profesionales a raíz del recorte de los recursos del NTF para 2018. En su respuesta, el Gobierno señala que en 2017 más de 50 000 personas participaron en formaciones, las cuales tienen muy buena acogida tanto entre los desempleados como entre las personas que buscan trabajo. Asimismo, el Gobierno indica que en 2018 se asignaron 105 608 000 zlotys polacos al NTF (28 086 100 dólares de los Estados Unidos) y se reforzó la función de los interlocutores sociales a la hora de decidir la atribución de las reservas del NTF, dado que el Consejo Tripartito del Mercado Laboral determina las prioridades en las que se invierte el 30 por ciento del NFT. La Comisión toma nota de las actividades destinadas a respaldar a estudiantes en sus decisiones formativas y profesionales llevadas a cabo por el Ministerio de Educación Nacional y de la introducción en 2016 de clases de orientación profesional. Además, constata que se está examinando un proyecto de ley para modificar la Ley de Educación y la Ley sobre el Sistema Educativo y algunas otras leyes a escala interdepartamental, en el que se proponen nuevos cambios del sistema educativo, y que se está consultando a los interlocutores sociales al respecto. Se prevé que el proceso finalice en septiembre de 2019. La Comisión solicita al Gobierno que siga proporcionando información detallada, que comprenda datos estadísticos actualizados y desglosados por edad y sexo, sobre la repercusión de las medidas tomadas para establecer políticas y programas exhaustivos y coordinados en lo relativo a la orientación, la educación y la formación profesionales y el aprendizaje permanente relacionados con el Servicio Público de Empleo. Además, pide al Gobierno que aporte información sobre los resultados de las medidas para ayudar a las personas desfavorecidas a acceder a servicios de educación y formación profesionales adaptados a sus necesidades, incluidos los jóvenes, los trabajadores de edad avanzada, los desempleados de larga duración y las personas con discapacidad. Al tiempo que toma nota de la reducción de los recursos del NTF para 2018, la Comisión solicita al Gobierno que aporte información sobre los motivos de dicho recorte, así como acerca de la disponibilidad de otros recursos para respaldar la educación y la formación de modo que los individuos puedan mejorar sus calificaciones profesionales. Asimismo, pide al Gobierno que transmita un ejemplar de la ley por la que se modifica la Ley de Educación y la Ley sobre el Sistema Educativo y algunas otras leyes, una vez que se haya aprobado.
Artículo 5. Cooperación con las organizaciones de empleadores y de trabajadores. El Gobierno comunica que ha emprendido una serie de actividades destinadas a mejorar la cooperación con los empleadores polacos a la hora de establecer e implantar políticas y programas de orientación y formación profesionales. En este sentido, la Comisión observa que el 20 de enero de 2015 se creó un equipo consultivo tripartito encargado de cuestiones relativas a la educación profesional. El Gobierno indica que la labor de este equipo llevó a introducir un reglamento promulgado por el Ministerio de Educación Nacional el 11 de agosto de 2015, en el que se contempla la organización de clases prácticas en los lugares de trabajo de los empleadores que respondan a las necesidades de éstos. El Gobierno añade que, con el fin de promocionar la coordinación y la coherencia a la hora de impartir educación y formación profesionales, el Ministerio de Educación Nacional tomó medidas para asegurar la participación de los representantes de las organizaciones de empleadores, el gobierno local y las asociaciones profesionales. La Comisión toma nota de que, tras consultar a los empleadores, se reestructuró el sistema educativo en septiembre de 2017 con el objeto de crear una escuela industrial en la que se imparte un primer nivel de educación técnica en tres años. Además, los representantes de los empleadores examinaron las necesidades de calificaciones del mercado de trabajo, lo que desembocó en la creación de un programa de formación en 60 profesiones, que incluía cinco profesiones auxiliares para alumnos con discapacidad mental. La Comisión acoge con agrado el nuevo programa de formación que se introdujo en las escuelas de formación en septiembre de 2017. En sus observaciones, Solidarnosc defiende que no se incluye de forma activa a los interlocutores sociales en el proceso de elaboración de políticas educativas y laborales, y que éstos no tienen voz en cuanto a la manera en que se gastan los recursos del Fondo de Trabajo. Además, Solidarnosc afirma que no tuvieron la oportunidad de participar realmente en el proceso de formulación de la nueva ley sobre el mercado de trabajo. En su respuesta, el Gobierno indica que el proyecto de la nueva ley se envió al Consejo de Diálogo Social y el Consejo del Mercado Laboral, y que se respetó el período prescrito de treinta días para su examen. Al tiempo que toma nota de los esfuerzos del Gobierno por aumentar la cooperación con los empleadores a la hora de establecer e implantar políticas de educación y formación profesionales, la Comisión solicita al Gobierno que proporcione información actualizada sobre el modo en que se ha consultado a las organizaciones tanto de empleadores como de trabajadores, así como a las instituciones competentes, al establecer, implantar y supervisar las políticas y los programas de orientación y formación profesionales.

Observación (CEACR) - Adopción: 2013, Publicación: 103ª reunión CIT (2014)

Aplicación de políticas y programas en el campo de la orientación y la formación profesionales. La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno, recibida en agosto de 2013, que contiene información detallada en relación con su solicitud directa de 2009. El Gobierno indica que la Ley de 2004 sobre la Promoción del Empleo y las Instituciones del Mercado de Trabajo, el principal documento para la aplicación del Convenio, ha sido modificada en varias ocasiones. Las dos enmiendas de 2009 y 2010 son pertinentes desde la perspectiva de la orientación profesional. La primera enmienda facilitó la mejora de las calificaciones profesionales de los desempleados, las personas que buscan empleo y de las personas mayores de 45 años. Dichas personas, cuya situación laboral es relativamente difícil, pueden utilizar los servicios gratuitos de formación que ofrecen las oficinas de trabajo en condiciones preferenciales. La enmienda de 2010 mejoró las oportunidades de empleo al orientar a los desempleados hacia la realización de una serie de cursos, introdujo la posibilidad de elegir la mejor prestación financiera, aumentó el valor mínimo de las becas de formación y permitió que los desempleados soliciten el reembolso de los gastos de transporte en los que incurren al presentarse a exámenes. Entre 2008 y 2013 se implementaron diversas medidas a fin de promover y mejorar el sistema de orientación profesional y los servicios de información, incluyendo formaciones, pasantías, preparación profesional de adultos y formación para consejeros de orientación profesional (el número de consejeros aumentó en un 100 por cien en comparación con 2007). La Comisión toma nota de los datos estadísticos proporcionados por el Gobierno y nota con interés que el número de desempleados que utilizaron los servicios individuales de orientación profesional entre 2008 y 2012 ha incrementado de forma sostenida. Esta tendencia también puede observarse entre las personas que utilizan los servicios individuales y grupales de información profesional. El Gobierno hace hincapié en que, tras la enmienda de agosto de 2011 de la Ley sobre el Sistema Educativo, se han introducido cambios fundamentales en el sistema de orientación profesional a fin de reforzar su pertinencia en la economía y el mercado de trabajo. La Comisión toma nota de que esos cambios se implementaron en septiembre de 2012 e incluyen modificaciones en la clasificación de las ocupaciones cubiertas por la formación profesional, un nuevo currículum para la formación profesional, un nuevo enfoque de los exámenes y un sistema uniforme de certificación de la calificación profesional. Los datos recopilados por el sistema de información educativa del Ministerio de Educación Nacional demuestran que el interés por las escuelas técnicas, secundarias y de formación profesionales ha crecido en los últimos años. La Comisión observa que en la actualidad más del 50 por ciento de las personas que han cursado el primer nivel de la enseñanza secundaria deciden continuar su educación en escuelas que ofrecen formación profesional. La Comisión invita al Gobierno a que en su próxima memoria incluya información sobre los resultados de las medidas tomadas para elaborar políticas y programas amplios y coordinados sobre orientación y formación profesionales estrechamente vinculados con el empleo y los servicios públicos de empleo (artículo 1, 1) y 2) del Convenio). La Comisión también invita al Gobierno a continuar proporcionando información sobre la forma en que el Convenio se aplica en la práctica, incluidas estadísticas sobre el número de personas que participan en los programas de orientación y formación profesionales.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2009, Publicación: 99ª reunión CIT (2010)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2004, Publicación: 93ª reunión CIT (2005)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1998, Publicación: 87ª reunión CIT (1999)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1992, Publicación: 79ª reunión CIT (1992)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1988, Publicación: 75ª reunión CIT (1988)

No disponible en español.
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