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Caso individual (CAS) - Discusión: 1987, Publicación: 73ª reunión CIT (1987)

El representante gubernamental declaró que la tasa de desempleo disminuyó en Chile hasta el 8,9 por ciento y que esta mejora influyó en la reducción simultánea de los programas de urgencia. Se prevé el traslado de fondos a las municipalidades, con el fin de que realicen trabajos públicos con intensa mano de obra, los cuales serán efectuados por empresas privadas y en los cuales los trabajadores gozarán de todas las disposiciones de la legislación del trabajo y de la seguridad social. Refiriéndose al despido de los profesores, aclaró que sólo 6118 personas fueron despedidas sobre un total de alrededor de 150000 docentes de la educación pública y subvencionada. Precisó que las medidas afectaron particularmente a profesores que no poseían los títulos necesarios y a los cuales se les había dado un plazo de diez años para regularizar su situación, y que otro porcentaje afectó a docentes que estaban en condiciones de acogerse a la jubilación. Se refirió igualmente a las medidas tomadas para permitir a estas personas encontrar otro trabajo, entre las cuales concursos en los sitios en que había déficit de profesores. En relación con la preocupación de la Comisión de Expertos sobre la capacidad del sistema de educación para responder a las necesidades de mano de obra de la economía, y a la adquisición de las calificaciones necesarias por los trabajadores, el representante gubernamental dio algunas cifras tendientes a probar que el Estado trata de garantizar la educación y la capacitación profesional en conformidad con las necesidades del país. Recordó que fueron suministradas informaciones detalladas sobre la manera en que fueron consultados los representantes de los sectores interesados, Concluyó afirmando que se ha puesto fin al despido de docentes por lo cual el problema ha dejado de existir.

Los miembros trabajadores se refirieron al problema de los docentes despedidos, precisando que ha sido presentada una observación por la Confederación Mundial de Organizaciones de Profesionales de la Enseñanza (CMOPE) sobre este punto. Manifestaron el deseo de que la situación pueda ser examinada, en el terreno, por los diversos organismos interesados, entre los cuales la OIT, de manera que puedan encontrarse soluciones.

Los miembros empleadores se refirieron a las informaciones detalladas contenidas en el informe de la Comisión de Expertos, relativas a lo que se ha realizado en el campo del empleo. Insistieron en que el problema litigioso es el despido de los docentes y que lo que está en juego es el derecho a la consultación, y se preguntaron si ésta había tenido lugar. En cuanto a las posibilidades de empleo que se han ofrecido a los docentes despedidos, estimaron que las soluciones pueden ser de diferentes tipos. Por todo esto seria oportuno que el Gobierno informe sobre la manera en que procura hallar una solución a los problemas descritos.

El representante gubernamental subrayó que a pesar de que el punto central de la discusión sea el problema de los docentes, dada la naturaleza del Convenio, merece señalarse el mejoramiento sensible de la situación del empleo que ha sido acompañado de la eliminación de los programas de urgencia. En relación con la situación de los docentes declaró que las medidas tomadas afectaron a docentes sin títulos, que no regularizaron su situación a pesar de los plazos bastante amplios que se les otorgaron, y docentes que reunían condiciones para la jubilación; en los otros casos se trató de medidas tomadas para racionalizar la enseñanza. En cuanto a la consulta, ésta se llevó a cabo, e incluso fueron instituciones representativas de docentes que solicitaron la prolongación de los plazos otorgados para la regularización de los títulos académicos.

Los miembros trabajadores se declararon insatisfechos con la respuesta del representante gubernamental y repitieron la proposición de examinar la situación en el terreno, hecha en la precedente intervención y que debería figurar en las conclusiones. El representante gubernamental manifestó sus reservas frente a la proposición de los miembros trabajadores dado el grado de colaboración que su Gobierno ha asegurado a los trabajos de la Comisión.

La Comisión tomó nota de las informaciones suministradas por el representante gubernamental. Los comentarios de la Comisión de Expertos se refieren a aspectos importantes que reviste la política del empleo en Chile, incluyendo cuestiones relativas a los programas especiales (programas de empleo mínimo y programas de empleo para jefes de hogar) discutidos en la Comisión en precedentes reuniones, y a la cuestión del despido masivo de docentes, sobre lo cual formuló comentarios la CMOPE. La Comisión comparte las preocupaciones expresadas por la Comisión de Expertos relativas a los despidos de docentes en los aspectos de la educación y la formación y en tanto que elemento de la política de empleo, y se interesa por las posibilidades de empleo que han sido ofrecidas a los docentes interesados. La Comisión expresa la esperanza de que el Gobierno podrá garantizar la aplicación del Convenio. La Comisión solicita al Gobierno que suministre informaciones detalladas acerca de la evolución de la situación en ese campo, así como también acerca de la política de empleo, incluida la situación relativa a los programas especiales.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2022, Publicación: 111ª reunión CIT (2023)

La Comisión toma nota de las observaciones de la Central Unitaria de Trabajadores de Chile (CUT-Chile), recibidas el 1.º de septiembre de 2021. La Comisión pide al Gobierno que envíe sus comentarios al respecto.
Artículos 1 y 2 del Convenio.Aplicación de una política activa del empleo. La Comisión toma nota con interés de la detallada información proporcionada por el Gobierno en relación con las medidas adoptadas con miras a cumplir los objetivos del Convenio. El Gobierno se refiere a la implementación de diversos programas de promoción del empleo y la empleabilidad, en especial para las personas en situación de vulnerabilidad, por parte de la Unidad Proempleo del Ministerio de Trabajo. Estos programas incluyen: el «Programa de inversión a la comunidad», que financia proyectos intensivos en el uso de mano de obra en el ámbito local que presenten un beneficio comunitario; el «Programa de apoyo al Empleo», que ofrece contratos en jornada parcial para proporcionar formación en el empleo en ámbitos relacionados con el sector agroforestal y el ecoturismo; y el «Programa mejora la empleabilidad para artesanos y artesanas», que proporciona capacitación en oficios artesanales. La Comisión toma nota asimismo de la información estadística, desagregada por sexo, proporcionada por el Gobierno sobre el número de participantes en cada uno de los programas. El Gobierno informa también de la implementación de una serie de programas de empleo por parte del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE), tales como el programa de «Reconversión Laboral - Reinvéntate», que tiene como objetivo mejorar la empleabilidad de personas desempleadas a través de la actualización y/o adquisición de nuevas competencias laborales; y el programa «Aprendices», que busca fomentar el empleo entre los jóvenes a través de la entrega de una bonificación a empresas y aprendices durante doce meses.
La Comisión toma nota igualmente de la información comunicada por el Gobierno sobre las medidas adoptadas para hacer frente al impacto de la pandemia de COVID-19 en el mercado laboral. Estas medidas incluyeron: la adopción de la Ley núm. 21.227 (de Protección al Empleo), que permitió suspender temporalmente los efectos de los contratos de trabajo y acceder a los fondos del seguro de cesantía, así como la reducción temporal de hasta un 50 por ciento de la jornada de trabajo; y la adopción de la Ley núm. 21.220 (de Teletrabajo o Trabajo a Distancia), que prevé la posibilidad de que el trabajador y el empleador pacten la modalidad de trabajo a distancia o teletrabajo, permitiendo la continuidad de la fuente laboral en aquellos casos en los que es posible establecer esta modalidad de trabajo. La Comisión toma nota de que, en sus observaciones, la CUT-Chile denuncia que tales medidas trasladan el costo de la crisis a los trabajadores, al cubrir el no pago de salarios a través de sus cuentas de capitalización individual. La CUT-Chile señala también que ha venido solicitando la instauración de una mesa tripartita para acordar reformas a la Ley de Teletrabajo, la cual actualmente no permite el derecho a la desconexión ni a conciliar la vida profesional con la vida familiar, ya que se prevé la posibilidad de no delimitar la jornada laboral. El Gobierno informa de que, entre 2020 y principios de 2021, se crearon diversos subsidios destinados a empresas y trabajadores para apoyar la reincorporación de trabajadores (subsidio regresa) o nuevas contrataciones (subsidio contrata). Además, el Gobierno informa de la creación en julio de 2021 de la Comisión para la Creación del Empleo, conformada por académicos y profesionales, cuyo objetivo es evaluar los incentivos al trabajo existentes y elaborar nuevas iniciativas para la creación de empleo tras el impacto de la pandemia de COVID-19. En lo que respecta a las tendencias del mercado de trabajo, la Comisión toma nota de que, según la información estadística del Instituto Nacional de Estadística (INE), en el trimestre abril-junio de 2022, la tasa de desocupación nacional era del 7,8 por ciento (8,4 por ciento entre las mujeres y 7,4 por ciento entre los hombres). En los doce meses previos a la presentación de la memoria del Gobierno (el 31 de agosto de 2021), la tasa de participación era del 59,7 por ciento y la tasa de ocupación del 55 por ciento. La Comisión pide al Gobierno que continúe enviando información detallada y actualizada sobre las medidas adoptadas o previstas para alcanzar los objetivos del Convenio, incluidas aquellas adoptadas en regiones con altas tasas de desempleo, y en especial, sobre la manera en que estas aseguran que las personas beneficiadas (en particular mujeres, jóvenes y personas con discapacidad) obtengan empleo pleno, productivo y duradero. La Comisión pide también al Gobierno que envíe información detallada y actualizada sobre el impacto de las mismas. Asimismo, pide al Gobierno que proporcione información estadística actualizada, desagregada por edad, sexo y región, sobre la evolución del mercado de trabajo, particularmente sobre las tasas de población activa, empleo y desempleo.
Empleo de mujeres. La Comisión toma nota de que, en sus observaciones finales de 14 de marzo de 2018,el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujeres (CEDAW) expresó su preocupación en relación con la persistencia de la segregación ocupacional horizontal y vertical y la concentración de las mujeres en el sector no estructurado, en los sectores de servicios peor remunerados y en el trabajo temporal y a tiempo parcial; así como con el limitado acceso al mercado de trabajo formal que tienen las mujeres migrantes y las mujeres con discapacidad (documento CEDAW/C/CHL/CO/7, párrafo 36, apartados c) y e)). La Comisión toma nota también de que, según información estadística del INE, en el trimestre abriljunio de 2022, no solo la tasa de desocupación era más alta que la de los hombres, sino también la tasa de informalidad (28,2 por ciento entre las mujeres frente al 26,3 por ciento entre los hombres). La Comisión pide al Gobierno que envíe información detallada y actualizada sobre las medidas adoptadas con miras a promover el empleo formal entre las mujeres, y en especial entre las mujeres que pertenecen a grupos desventajados, como las mujeres jóvenes, las mujeres mayores de edad, las mujeres migrantes y las mujeres con discapacidad. Además, pide al Gobierno que proporcione información sobre el impacto de las medidas del mercado de trabajo adoptadas para combatir la segregación profesional vertical y horizontal, incluida información estadística actualizada, desglosada por sexo, edad, ocupación, sector de actividad y categoría profesional.
Personas con discapacidad. La Comisión se refiere a sus comentarios de 2018 relativos a la aplicación del Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111), relacionados con la adopción de la Ley núm. 21.015 de 2017, que incentiva la inclusión de personas con discapacidad al mundo laboral, y que establece, entre otras medidas, una reserva de empleos del 1 por ciento para personas con discapacidad o asignatarias de pensión de invalidez de cualquier régimen previsional, en organismos del Estado y empresas privadas que tengan 100 o más trabajadores o funcionarios. La Comisión toma nota, con base en la Encuesta Laboral de 2019 realizada por la Dirección del Trabajo, que, a 30 de noviembre de 2018, el porcentaje de empresas con trabajadores en situación de discapacidad contratado era del 10,1 por ciento. Asimismo, el 12,4 por ciento de las empresas contaban con una política de contratación de trabajadores en situación de discapacidad. La Comisión también se refiere a sus comentarios relativos a la implementación del Convenio sobre la readaptación profesional y el empleo (personas inválidas), 1983 (núm. 159), en los que toma nota de que el Gobierno informa de la adopción de la Ley núm. 21.275 de 2020, por la que se modifica el Código de Trabajo para exigir a empresas con más de 100 trabajadores la adopción de medidas que faciliten la inclusión laboral de los trabajadores con discapacidad. Entre otras medidas, establece la obligación de parte de las empresas de promover políticas de inclusión laboral de personas con discapacidad e implementar anualmente programas de capacitación a los trabajadores al respecto, que sensibilicen a los participantes sobre la contribución que los trabajadores con discapacidad pueden traer al lugar de trabajo. La Comisión toma nota igualmente que, según información disponible en el sitio web del Servicio Nacional de Discapacidad (SENADIS), el SENADIS entrega recursos y colabora con otros organismos públicos y privados con miras para fomentar la inclusión laboral de las personas con discapacidad a través de dos líneas de acción: la línea de empleo dependiente y la línea de empleo independiente, que buscan potenciar la generación de empleos para personas con discapacidad en el mercado regular y en actividades productivas asociativas, e impulsar el desarrollo de emprendimientos o negocios duraderos fundados o dirigidos por personas con discapacidad. La Comisión se refiere a sus comentarios relativos a la implementación del Convenio núm. 159, en los que pide al Gobierno que continúe enviando información detallada y actualizada sobre el impacto de las medidas adoptadas para promover las oportunidades de empleo para las personas con discapacidad, incluidas las personas con discapacidad mental o intelectual, en el mercado abierto de trabajo, tanto en el sector público como en el sector privado.
Coordinación de las medidas de enseñanza y formación técnica y profesional con la política de empleo. La Comisión toma nota de que el Gobierno indica que se ha proporcionado apoyo técnico a los centros de formación técnica con el objetivo de difundir el sistema nacional de certificación de competencias laborales (ChileValora). El Gobierno recuerda que ChileValora está conformado por los organismos sectoriales de competencias laborales de composición tripartita (OSCL) y que tiene como objetivo la integración del sistema de certificación de competencias laborales y la formación técnica profesional. A este respecto, el Gobierno informa de que, en diciembre de 2020, se establecieron nueve centros de formación técnica en distintas regiones del país que reconocen 72 perfiles ocupacionales en 32 carreras. Asimismo, desde 2019, ChileValora realiza también prospecciones del mercado laboral para recopilar y actualizar estándares más pertinentes que respondan a los cambios en el mundo de trabajo a causa de, entre otros aspectos, las nuevas tecnologías y la automatización. El Gobierno informa también del lanzamiento en octubre de 2020 de la plataforma digital «Destino Empleo», que identifica las principales ocupaciones y los sectores económicos en los que estas se encuentran, con el objetivo de asistir a las personas en la toma de decisiones sobre qué medidas adoptar y qué formación seguir para tener mejores oportunidades laborales. Por último, el Gobierno se refiere a la implementación desde 2020 del Sistema de Oportunidades Laborales (SOLAB), que tiene como objetivo identificar con antelación las necesidades de los proyectos de inversión pública a nivel comunal y local en materia de formación para desarrollar a tiempo las competencias requeridas en trabajadores a través de formación y/o certificación de competencias e intermediación laboral. La Comisión toma nota, sin embargo, de que la CUT-Chile destaca que la población general tiene un bajo nivel de desarrollo de competencias y habilidades, lo cual obstaculiza el funcionamiento óptimo del mercado de trabajo. Asimismo, señala que la fragmentación y desarticulación de los diferentes instrumentos de capacitación ha conducido a una duplicidad de acciones. La CUTChile sostiene que no existe una adecuada conexión entre las instituciones educativas y las empresas, lo que se traduce en desajustes entre las habilidades demandadas y las que el sistema educativo provee. A este respecto, la CUT-Chile subraya que es necesario adoptar medidas urgentes para establecer un sistema de formación de competencias que responda a las necesidades de las empresas. Además, destaca que es necesario instaurar una institución tripartita para asegurar una mayor pertinencia en el diseño e implementación de las políticas públicas en materia de educación y formación profesional. La Comisión pide al Gobierno que continúe enviando información detallada y actualizada sobre la naturaleza y el resultado de las medidas adoptadas, en colaboración con los interlocutores sociales y los representantes de los diferentes sectores, incluyendo representantes del sector rural y de la economía informal, en particular de aquellos grupos en situación de vulnerabilidad que suelen estar concentrados en la economía informal, para mejorar el nivel de calificaciones y coordinar las políticas de educación y formación con las posibles oportunidades de empleo.
Micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes). La Comisión toma nota de las diversas medidas legislativas adoptadas durante el periodo cubierto por la memoria con miras a simplificar determinados procedimientos administrativos para las mipymes e introducir ventajas en relación con el proceso de pago y de devolución de impuestos, incluyendo en el marco del «Plan de emergencia por la protección de los ingresos de las familias y la reactivación económica y del empleo» en el contexto de la pandemia de COVID-19. El Gobierno informa que, en el marco del señalado plan, se creó una mesa de trabajo de doce meses de duración con la participación de las gremiales empresariales del Consejo Nacional de Empresas de Menor Tamaño para implementar un plan de apoyo para la reactivación de las pequeñas empresas. El Gobierno informa también de la implementación de medidas de acceso a financiamiento y subsidios. Tales medidas incluyen los programas: «PAR impulsa turismo», «PAR impulsa industrias creativas» y «par impulsa mujeres» que proporcionan un aporte económico para financiar planes de trabajo de inversión y/o capital humano a empresas en el sector del turismo y en el sector de industrias creativas, así como a empresas lideradas por mujeres por medio de un aporte económico, respectivamente. El Gobierno indica también que se han implementado medidas de desarrollo de competencias en el uso de nuevas tecnologías, que incluyen el programa «digitaliza tu pyme», «ruta digital», «pymes en línea» y «chequeo digital». La Comisión pide al Gobierno que continúe enviando información detallada y actualizada sobre las iniciativas adoptadas o previstas en apoyo a las mipymes, así como sobre su impacto en la generación de empleo decente y duradero.Además, pide al Gobierno que indique los resultados de tales medidas en relación con la disminución de la tasa de informalidad.
Artículo 3.Consulta con los interlocutores sociales. La Comisión toma nota de que el Gobierno indica que el Consejo Superior Laboral (CSL) ha celebrado reuniones periódicamente. El Gobierno proporciona información acera del contenido de los informes anuales de seguimiento y evaluación elaborados por el CSL en relación con la implementación de la Ley núm. 20.940, que modificó el Código de Trabajo fundamentalmente en materia de sindicalización y negociación colectiva. El Gobierno indica también que, en el marco del CSL, se celebraron consultas tripartitas sobre las propuestas de medidas para enfrentar la crisis económica generada por la pandemia de COVID-19, tales como la flexibilización de los requisitos de acceso a prestaciones del seguro de desempleo, el aumento de los subsidios a la contratación de mano de obra, el trabajo a distancia y medidas de protección del empleo. El Gobierno informa además de la creación de diversas comisiones sectoriales en el CSL, como la Comisión Temática de Discapacidad, en el marco de la cual se redactó un manual de buenas prácticas en materia de inclusión laboral de las personas con discapacidad. La CUTChile destaca el funcionamiento y resultado de dichas comisiones como importantes ejemplos a seguir en la expansión del diálogo social y el tripartismo en el marco del CSL. Por último, en el contexto de la pandemia, el Gobierno se refiere a la creación de diversas mesas de trabajo bipartitas, tales como la mesa de trabajo permanente con las centrales sindicales que tenía por objeto, a través de reuniones mensuales, generar un diálogo permanente entre las centrales y el Ministerio de Trabajo en relación con la elaboración y evaluación de políticas públicas. El Gobierno informa también de la configuración de una mesa para la creación de empleos formales a nivel local, compuesta por académicos, representantes de centrales de trabajadores y organizaciones de empleadores, así como de organizaciones internacionales, tales como la OIT y el Banco Mundial.
Por su parte, la CUT-Chile sostiene que, desde marzo de 2018, la CSL ha visto disminuida su relevancia, una situación que se vio agravada durante la pandemia, ya que las medidas adoptadas por el Gobierno para enfrentar la crisis sociosanitaria no fueron objeto de consultas tripartitas. La CUT-Chile sostiene que las propuestas que formuló al respecto no fueron objeto de debate en el CSL. Añade que, desde marzo de 2020, viene solicitando sin éxito la creación de una mesa de trabajo tripartita en el marco del CSL para analizar información estadística con miras a adoptar las medidas necesarias para abordar el impacto de la pandemia. La CUT-Chile destaca que es necesaria la adopción de medidas con miras a reforzar el diálogo social y garantizar que el CLS sea reconocido como actor relevante en el diagnóstico, diseño y evaluación del impacto de las políticas públicas en el ámbito del trabajo, lo cual dotaría de legitimidad y pertenencia a dichas políticas. La Comisión pide al Gobierno que envíe información detallada y actualizada sobre las consultas celebradas con los interlocutores sociales y los representantes de las personas interesadas en relación con las políticas y programas de empleo, incluidos aquellos adoptados para abordar el impacto de la pandemia de COVID-19.

Observación (CEACR) - Adopción: 2018, Publicación: 108ª reunión CIT (2019)

Artículos 1 y 2 del Convenio. Aplicación de una política activa del empleo. En respuesta a sus comentarios anteriores, la Comisión toma nota de la información proporcionada por el Gobierno en su memoria en relación con los numerosos programas adoptados para aumentar la participación, fundamentalmente de mujeres y jóvenes que se encuentran en situación de vulnerabilidad social, en el mercado de trabajo. El Gobierno se refiere, entre otros, al Programa más Capaz, que tiene como objetivo apoyar el acceso y permanencia en el mercado laboral de mujeres, jóvenes y personas con discapacidad que pertenecen, según clasificación socioeconómica, al 60 por ciento más desfavorecido de la población, y que cuentan con nula o escasa participación laboral, es decir, que tienen un porcentaje de cotizaciones igual o menor al 50 por ciento en los últimos doce meses. El citado programa incluye tres líneas de actuación: la Línea regular (2015-2018), la Línea mujer emprendedora y la Línea discapacidad. Asimismo, el Gobierno indica que ProEmpleo administra cinco programas de la Subsecretaría del Trabajo orientados a la generación de empleo e inserción laboral de grupos en situación de vulnerabilidad, tales como mujeres, jóvenes, personas con discapacidad y ex prisioneros. El objetivo común de los mismos es promover el empleo y la empleabilidad a través del diseño, articulación y supervisión de políticas y programas de empleo, con el fin de facilitar la inserción laboral de las personas en situaciones más vulnerables y otorgar una fuente laboral en aquellos lugares donde se ha experimentado una contracción de la demanda de mano de obra como consecuencia de alguna emergencia. Estos programas se dividen en: «Programas de empleos de emergencia», que incluyen el Programa inversión en la comunidad y los programas del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE); y los denominados «Programas de fomento de la empleabilidad», que incluyen, entre otros, el Programa de apoyo al empleo «sistema Chile solidario» y el Programa de desarrollo de competencias laborales para mujeres «Chile solidario». El Gobierno informa también del otorgamiento de incentivos a las empresas (Programa impulsa personas y Programa de formación en el puesto de trabajo) y de beneficios a los trabajadores (Subsidio al empleo joven y Bono al trabajo de la mujer) con miras a fomentar el empleo y capacitación de jóvenes y mujeres. En lo que respecta a las tendencias del mercado de trabajo, la Comisión toma nota de que, con base en la Encuesta Nacional de Empleo elaborada por el Instituto Nacional de Estadística (INE), entre julio y septiembre de 2018, la tasa de desocupación general era del 7,4 por ciento entre las mujeres y del 6,8 por ciento entre los hombres; la tasa de participación era del 48,5 por ciento entre las mujeres y del 70,2 por ciento entre los hombres; y la tasa de ocupación era del 44,9 por ciento entre las mujeres y del 65,4 por ciento entre los hombres. La Comisión observa que las tasas de desempleo son más elevadas en determinadas regiones, tales como Tarapacá (9,2 por ciento entre los hombres y 7,5 entre las mujeres), Atacama (7,7 por ciento entre los hombres y 9 por ciento entre las mujeres) y Antofagasta (6,9 por ciento entre los hombres y 10,8 por ciento entre las mujeres). Por último, la Comisión toma nota de la elaboración de reportes de ejecución de los programas de empleo con miras a realizar un seguimiento cuantitativo del cumplimiento de programas de empleo con apoyo fiscal; y del establecimiento del Comité de seguimiento de empleos para llevar a cabo la coordinación de los mismos. La Comisión solicita al Gobierno que continúe comunicando información actualizada sobre las medidas adoptadas o previstas para alcanzar los objetivos del Convenio, incluidas aquéllas adoptadas en regiones con altas tasas de desempleo, y en especial, sobre la manera en que éstas propiciaron que las personas beneficiadas (en particular mujeres, jóvenes y personas con discapacidad) obtuvieran empleo pleno, productivo y duradero. La Comisión solicita también al Gobierno que envíe una copia de los reportes de ejecución de tales medidas. Asimismo, la Comisión solicita al Gobierno que proporcione información estadística actualizada sobre la evolución del mercado de trabajo, particularmente sobre las tasas de población activa, empleo y desempleo, desglosadas por sexo, edad y región.
Coordinación de las medidas de enseñanza y formación técnica y profesional con la política de empleo. En sus comentarios anteriores, la Comisión solicitó al Gobierno que enviara información sobre la coordinación de las políticas y programas de educación y de formación profesional con la política de empleo. Al respecto, el Gobierno recuerda en su memoria que el Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales (ChileValora) está conformado por Organismos Sectoriales de Competencias Laborales (OSCL) de composición tripartita que convocan a los sectores más representativos de la economía a participar en el desarrollo de proyectos de competencias. El Gobierno señala que dependiendo de las características del sector productivo y su conformación, hay OSCL que incorporan representantes del sector rural y la economía informal (agricultura familiar campesina, recicladores y trabajadores domésticos). Con base en el trabajo de los OSCL, elaboró el Catálogo de competencias laborales, que contiene todos los perfiles ocupacionales vigentes, organizados en sectores y subsectores de la economía, y en virtud del cual las personas son evaluadas y certificadas. El Catálogo de competencias laborales se pone a disposición del sistema de capacitación y de las instituciones educacionales a fin de incorporar las competencias al diseño de los planes de capacitación, permitir el cierre de brechas entre la oferta y la demanda de mano de obra, relacionar las competencias con los diferentes programas de estudio y niveles de educación, y facilitar el reconocimiento de las competencias certificadas en los procesos formales de educación. El Gobierno indica también que, como fruto del diálogo tripartito sectorial, a partir de 2015 se ha ido avanzando paulatinamente en la elaboración de rutas formativo-laborales que respondan a la realidad y necesidades de los distintos sectores productivos. Por otro lado, el Gobierno indica que el Observatorio Nacional de Empleo, que forma parte del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, tiene por misión identificar las brechas existentes entre oferta y demanda de ocupaciones en el mercado del trabajo y anticipar las posibles brechas futuras. En particular, el objetivo del observatorio es mejorar la empleabilidad de los trabajadores y la productividad del país, a través de la difusión de información que apoye la pertinencia de la formación y el vínculo entre vacantes y solicitantes de empleo. El observatorio nacional está conformado por una oficina central y una red de 15 observatorios regionales, que cuentan cada uno de ellos con un consejo asesor formado por representantes del Gobierno, de las organizaciones de trabajadores y de empleadores, y de académicos. El Gobierno se refiere además al Programa formación en oficios que otorga capacitación a personas en situaciones de vulnerabilidad y les concede un subsidio por cada día asistido a la capacitación; y al Programa formación en el puesto de trabajo que ofrece incentivos a las empresas que contratan a personas desocupadas, desempleadas o que buscan un trabajo por primera vez con miras a que desarrollen competencias en un oficio gracias a la formación en el puesto de trabajo y a un bono de capacitación. La Comisión solicita al Gobierno que comunique información detallada actualizada sobre las medidas adoptadas o previstas, en colaboración con los interlocutores sociales y los representantes de los diferentes sectores, incluyendo representantes del sector rural y de la economía informal, para mejorar el nivel de calificaciones y coordinar las políticas de educación y formación con las posibles oportunidades de empleo, y sobre los resultados de la aplicación de dichas medidas.
Microempresas y pequeñas empresas (MYPE). La Comisión toma nota de que el Gobierno se refiere a la implementación del Bono empresa y negocio que tiene como objetivo elevar la competitividad y productividad de las MYPE. El programa otorga un certificado a los dueños o gestores de MYPE para que puedan acceder a un curso de formación con miras a mejorar su capacitación en áreas que promuevan su competitividad y productividad. La Comisión solicita al Gobierno que continúe enviando información detallada sobre las iniciativas adoptadas o previstas en apoyo a las microempresas y pequeñas empresas así como sobre su aplicación en la práctica.
Artículo 3. Consulta con los interlocutores sociales. La Comisión toma nota con interés de la constitución el 8 de mayo de 2017 del Consejo Superior Laboral, órgano de carácter tripartito y consultivo. Entre sus funciones permanentes se encuentran: i) elaborar, analizar y discutir propuestas y recomendaciones de política pública en materia de relaciones laborales y mercado de trabajo; ii) proponer iniciativas destinadas a incentivar la creación de empleos, aumentar la productividad y elevar la participación laboral de mujeres, jóvenes, personas con discapacidad y otros grupos de trabajadores en situación de vulnerabilidad, mejorando su empleabilidad, y iii) efectuar, por sí mismo o a través de terceros, estudios o investigaciones de diagnóstico sobre el estado de las relaciones laborales y el funcionamiento del mercado de trabajo en el país. La Comisión toma nota igualmente de la información proporcionada por el Gobierno en relación con el contenido de las diversas reuniones del consejo que han tenido lugar hasta la fecha. El Gobierno indica, por ejemplo, que en su segunda sesión, los miembros del consejo analizaron la información disponible sobre la implementación de la reforma laboral, particularmente los indicadores del mercado laboral definidos a partir de los datos que se registran en la Dirección del Trabajo. El Gobierno se refiere además a la implementación del Programa mesas de diálogo social en el marco de la unidad de diálogo social del Ministerio de Trabajo. Este programa tiene como finalidad el establecimiento de mesas de diálogo social con miras a promover la generación de espacios de diálogo social a nivel nacional y regional en materias que son de alta prioridad, tales como las políticas de empleo. La Comisión solicita al Gobierno que proporcione información actualizada sobre la manera en que los interlocutores sociales participan en el diseño, la implementación, la evaluación y la revisión de las políticas de empleo en el seno del Consejo Superior Laboral y de las mesas de diálogo social constituidas en materia de políticas de empleo.

Observación (CEACR) - Adopción: 2015, Publicación: 105ª reunión CIT (2016)

Artículos 1 y 2 del Convenio. Aplicación de una política activa del empleo. El Gobierno se refiere en su memoria a las medidas relativas al empleo anunciadas para el período presidencial 2014-2018, entre las que se destaca el Programa de formación y capacitación laboral para aumentar la participación laboral femenina y el Plan de capacitación de inserción laboral y educacional destinado a los jóvenes, especialmente aquellos en situación de discapacidad. El Gobierno también se refiere al programa Más Capaz cuyo objeto es apoyar el acceso y la permanencia en el mercado laboral de mujeres y mediante el cual se pretende capacitar a 300 000 mujeres y a 150 000 jóvenes vulnerables entre 2014 y 2018. Los jóvenes de 15 a 19 años que no estudian ni trabajan serán uno de los focos prioritarios en materia de capacitación. Se desarrolla además un programa, basado en la formación dual, cuyos beneficiarios son jóvenes aprendices. La Comisión toma nota de las informaciones proporcionadas por el Gobierno sobre la situación del mercado de trabajo (la tasa de desempleo alcanzó el 6,5 por ciento a nivel nacional, durante el primer trimestre de 2014) y de la cantidad preocupante de inactivos (39,9 por ciento de las personas en edad de trabajar, lo cual representa un total de 5 596 744 personas). La Comisión pide al Gobierno que indique la manera en que los programas adoptados propiciaron que las personas beneficiadas (en particular las mujeres y los jóvenes) obtuvieran empleos productivos y duraderos. Sírvase continuar proporcionando un análisis de la naturaleza, extensión y tendencias del desempleo y del subempleo y de las medidas adoptadas para alcanzar los objetivos del Convenio.
Coordinación de las medidas de enseñanza y formación profesional con la política del empleo. El Gobierno indica que el 33 por ciento de la población económicamente activa tiene un nivel de educación media incompleta, por lo que se hace necesaria la implementación de políticas de nivelación escolar y de formación continua. La Comisión toma nota con interés que, en 2014, el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE) y la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales (ChileValora), con el apoyo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y del Centro Interamericano para el Desarrollo del Conocimiento en la Formación Profesional (OIT/CINTERFOR), lanzaron el Marco de cualificaciones para la formación y la certificación laboral cuyo objetivo es generar equivalencias en la formación a través de las competencias y certificaciones laborales. El Marco de cualificaciones reconoce las habilidades y aptitudes de los trabajadores y organiza los niveles de formación continua. La Comisión pide al Gobierno que continúe presentando informaciones sobre la coordinación de las políticas y programas de educación y de formación profesional con la política de empleo.
Artículo 3. Participación de los interlocutores sociales. El Gobierno indica que, tanto la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales (ChileValora) como el respectivo Organismo Sectorial de Competencias Laborales (OSCL), son de conformación tripartita. La Comisión toma nota de que existen 40 OSCL, que agrupan a 23 sectores y 70 subsectores productivos. En su Estudio General de 2010, Instrumentos relativos al empleo, párrafo 75, la Comisión indicó que el ámbito de esas consultas no debería limitarse a las medidas de política de empleo en el sentido estricto, sino que deberían abarcar todos los aspectos de la política económica que afecten al empleo y que, en consecuencia, se debería consultar a los interlocutores sociales no sólo sobre el mercado de trabajo y los programas de formación, sino también sobre la configuración de las políticas económicas más generales que incidan en el fomento del empleo. La Comisión pide al Gobierno que presente informaciones más detalladas sobre las consultas realizadas con los interlocutores sociales para ejecutar una política activa del empleo, indicando la manera en que se incluyen en dichas consultas a representantes de los trabajadores del sector rural y de la economía informal.

Observación (CEACR) - Adopción: 2012, Publicación: 102ª reunión CIT (2013)

Artículos 1 y 2 del Convenio. Declaración y ejecución de una política activa del empleo. En respuesta a la observación de 2010, el Gobierno transmitió en una memoria recibida en septiembre de 2011, un listado de los principales programas establecidos para promover empleo. El Gobierno identifica los cinco programas principales que administra el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE) para generar empleo e inserción laboral de las mujeres, los jóvenes y los trabajadores en situación de precariedad. El programa «Inversión en la comunidad» incluye las iniciativas ejecutadas por el SENCE o la autoridad regional para la contratación directa y transitoria de personas desempleadas en localidades de alta cesantía. El programa «Bonificación a la contratación» permite distribuir subsidios a las empresas para el pago de un 30 por ciento del ingreso mínimo mensual. Mediante el programa de «Apoyo al empleo» se orienta a las personas desempleadas pertenecientes al sistema de protección social «Chile Solidario» a que desarrollen sus habilidades para fortalecer su empleabilidad. Un programa específico se destina al desarrollo de las competencias laborales de las mujeres. Además, el Gobierno tomó iniciativas para dar franquicias tributarias de capacitación y bonos de capacitación a quienes desean procurarse una formación. La Comisión invita al Gobierno a incluir en su próxima memoria datos cuantitativos y cualitativos, desglosados por programa, que permitan examinar la manera en que los programas adoptados propiciaron que las personas beneficiadas obtuvieran empleos productivos y duraderos. La Comisión advierte que, según los datos publicados por la OIT en Panorama Laboral 2011, la economía creció 6,8 por ciento en el segundo trimestre de 2011 (con una expansión del 8,4 por ciento anual en el primer trimestre). Entre enero de 2010 y septiembre de 2011 aumentó la tasa de ocupación urbana (del 53,2 por ciento al 55,5 por ciento) y la tasa de desempleo también disminuyó entre 2010 y 2011 (del 8,5 por ciento al 7,3 por ciento). La Comisión se remite a sus observaciones anteriores, y recuerda que sería fundamental poder evaluar de qué modo el compromiso político de alcanzar el pleno empleo se refleja en los documentos de políticas gubernamentales y en el marco normativo general. La Comisión espera que, en su próxima memoria, el Gobierno incluya indicaciones detalladas sobre la adopción y aplicación de una política activa del empleo, como requieren las disposiciones de los artículos 1 y 2 del Convenio. La memoria debería también brindar datos actualizados sobre la magnitud y la distribución de la mano de obra, la naturaleza, extensión y tendencias del desempleo y del subempleo.
Desempleo juvenil. El Gobierno también describe los programas del SENCE encaminados a asegurar condiciones de empleo decentes para los jóvenes que entran en el mercado de trabajo. La Comisión toma nota de los requisitos necesarios para percibir el subsidio mensual que el Gobierno ofrece a los empleadores que contratan un joven de hasta 25 años de edad. El Gobierno también se refiere al programa formación en oficios para jóvenes y para aprendices de hasta 25 años de edad. La Comisión observa que la tasa de desempleo promedio de los jóvenes entre 15 y 24 años, en los primeros nueve meses de 2011, alcanzó el 17,5 por ciento, un 1,1 por ciento más bajo que la tasa correspondiente al mismo período de 2010. La Comisión invita al Gobierno a que, en su próxima memoria, incluya informaciones sobre los resultados alcanzados por las medidas adoptadas para que los jóvenes se integren en el mercado laboral y puedan obtener empleos de calidad.
Coordinación de las medidas de enseñanza y formación profesional con la política del empleo. El Gobierno indica que en el diseño de los programas de capacitación que ofrece ProEmpleo se busca una adecuación no sólo a los intereses de los beneficiarios sino también a las demandas del mercado laboral. Mediante esta coordinación se asegura que las capacitaciones y el desarrollo de las habilidades favorezcan la inserción laboral de los beneficiarios. La Comisión invita al Gobierno a incluir en su próxima memoria datos actualizados que permitan apreciar en qué medida los beneficiarios de las acciones emprendidas por el SENCE encuentran empleo duradero. La Comisión pide también al Gobierno que incluya indicaciones más precisas sobre la coordinación de las políticas de educación y de formación profesional con la política de empleo.
Participación de los interlocutores sociales. En sus comentarios anteriores, la Comisión había invitado al Gobierno a que incluyera indicaciones sobre cómo se tienen plenamente en cuenta las experiencias y opiniones de los interlocutores sociales y cómo se obtiene su plena cooperación y el apoyo necesario para la formulación y ejecución de la política del empleo. El Gobierno indica que el Ministerio de Trabajo posee una unidad de diálogo social que cuenta con un programa de formación y organiza mesas de diálogo social. La Comisión toma nota de que las mesas de diálogo social tienen como objetivo promover la generación de espacios de diálogo a nivel nacional y regional en sectores que son de alta prioridad, como las políticas de empleo, para influir en la creación de políticas públicas que resuelvan los problemas. Los interlocutores sociales participan en las mesas de diálogo social. El Gobierno menciona también la existencia de mesas regionales de diálogo, según los sectores productivos. La Comisión invita al Gobierno a que continúe presentando informaciones sobre las consultas realizadas con los interlocutores sociales para diseñar y ejecutar una política activa del empleo. En este sentido, la Comisión insiste en la importancia de tomar en cuenta la opinión y obtener el apoyo de los interlocutores sociales para asegurarse de que los programas aplicados generen empleos de calidad (artículo 3). En particular, la Comisión reitera su interés por examinar informaciones sobre procedimientos formales de consulta con los interlocutores sociales en las materias cubiertas por el Convenio tanto a nivel nacional como regional, incluyendo a representantes del sector rural y de la economía informal.
Asistencia técnica de la OIT. El Gobierno indica que ProEmpleo celebró en 2011 dos talleres con la asistencia de la OIT. En una primera actividad, se puso de relieve la necesidad de asegurar el seguimiento de programas para fomentar la reinserción laboral de las personas desempleadas. En la segunda actividad, se determinó la conveniencia de priorizar el acceso y el subsidio a la contratación de personas más vulnerables dentro del programa de bonificación a la contratación de mano de obra. La Comisión invita al Gobierno a continuar brindando indicaciones sobre la acción emprendida como consecuencia de la asistencia o asesoramiento recibido de la OIT para adoptar y ejecutar una política activa del empleo, como requiere el Convenio (parte V del formulario de memoria).

Observación (CEACR) - Adopción: 2010, Publicación: 100ª reunión CIT (2011)

Artículos 1 y 2 del Convenio.Declaración y aplicación de una política activa del empleo. La Comisión toma nota de la memoria recibida en noviembre de 2009 en la que se enumeran las principales disposiciones legislativas adoptadas en relación con la capacitación y el empleo. El Gobierno indica que se informará a la Comisión de Expertos a la brevedad posible sobre los resultados de las gestiones destinadas a responder a las cuestiones planteadas en la observación de 2008. En el Estudio General de 2010 sobre los instrumentos relativos al empleo, la Comisión tomó nota del Acuerdo Nacional por el Empleo, la Capacitación y la Protección Laboral, suscrito en mayo de 2009, para responder a la crisis. Entre otras medidas, se impulsó la retención de trabajadores y el fomento de la capacitación laboral otorgando incentivos fiscales a las empresas que facilitan la formación de los trabajadores como alternativa al despido. Según los datos publicados por la OIT en Panorama Laboral, 2009 la tasa de desempleo aumentó de 7,9 por ciento en 2008 a 10 por ciento en 2009, afectando particularmente a las mujeres y a los jóvenes. En consecuencia, para estar en condiciones de examinar la manera en que se aplica el Convenio, la Comisión pide al Gobierno que comunique una memoria en la que informe en detalle cómo se ha formulado una política activa destinada a fomentar el pleno empleo productivo en el marco de una política económica y social coordinada. La Comisión reitera su solicitud de que se identifiquen los programas más eficaces y que tengan repercusiones más positivas en relación con la generación de empleo para los grupos más vulnerables, tales como las mujeres, los trabajadores en situación de precariedad y los trabajadores afectados por las reestructuraciones.

Desempleo juvenil.Coordinación de las medidas de enseñanza y formación profesional con la política del empleo.Participación de los interlocutores sociales.La Comisión reitera los otros puntos planteados en su observación de 2008, en relación con los cuales se pide al Gobierno que incluya en su memoria informaciones detalladas:

–           las medidas adoptadas para asegurar condiciones de empleo decentes para los jóvenes que ingresan en el mercado del trabajo;

–           la manera en que se asegura la coordinación de las políticas de educación, formación y aprendizaje permanente con la prospección de las oportunidades de empleo;

–           la manera en que se tiene plenamente en cuenta las experiencias y opiniones de los interlocutores sociales y cómo se logra su plena cooperación y se obtiene el apoyo necesario para la formulación y ejecución de la política del empleo. En particular, la Comisión desearía poder examinar informaciones sobre procedimientos formales de consulta con los interlocutores sociales sobre las materias cubiertas por el Convenio (artículo 3);

–           la acción emprendida como consecuencia de la asistencia o asesoramiento recibido de la OIT en materia de política del empleo (parte V del formulario de memoria).

[Se invita al Gobierno a que responda de manera detallada a los presentes comentarios en 2011.]

Observación (CEACR) - Adopción: 2008, Publicación: 98ª reunión CIT (2009)

La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno para el período que terminó en agosto de 2007 donde se informa sobre la situación del empleo durante 2006 y se resumen las actividades realizadas por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE).

1. Artículos 1 y 2 del Convenio. Declaración y ejecución de una política activa del empleo. En sus comentarios anteriores, la Comisión había reflejado los buenos indicadores del mercado del trabajo y también la falta de un sistema integrado de políticas del empleo. La Comisión observa que la tasa de desempleo nacional llegó a 7,1 por ciento en los tres primeros trimestres de 2007, con una caída de 1,3 puntos porcentuales respecto a igual período de 2006, como consecuencia de un moderado incremento de la demanda laboral. En ese período, la tasa de ocupación también aumentó del 50,2 por ciento al 50,8 por ciento, mientras que la oferta laboral disminuyó ligeramente en el mismo período. Estos resultados reflejaron el crecimiento del PIB, que en el primer y segundo trimestre de 2007 fue de 5,8 y 6,1 por ciento anual, respectivamente (datos publicados por la OIT en Panorama Laboral, 2007). La Comisión recuerda nuevamente que las disposiciones del Convenio requieren que el Gobierno formule y lleve a cabo, como un objetivo de mayor importancia, una política activa destinada a fomentar el pleno empleo, productivo y libremente elegido — como parte integrante de una política económica y social coordinada y en consulta con todos los sectores interesados. En consecuencia, para estar en condiciones de examinar cabalmente la manera en que se aplica el Convenio, la Comisión pide al Gobierno que comunique una memoria que informe con detalle la manera cómo se ha formulado una política activa destinada a fomentar el pleno empleo productivo en el marco de una política económica y social coordinada. La Comisión reitera su pedido de que se identifiquen, en la próxima memoria, los programas más eficaces y que tengan repercusiones más positivas en relación con la generación de empleo para los grupos más vulnerables, tales como las mujeres, los trabajadores precarios y los trabajadores afectados por las reestructuraciones.

2. Desempleo juvenil. La Comisión observa que la tasa de desempleo juvenil (15 a 19 años) se encuentra 3,4 veces por encima del promedio de la tasa de desempleo total, lo que parece preocupante. La Comisión pide al Gobierno que se incluyan, en la próxima memoria, informaciones detalladas sobre las medidas adoptadas para asegurar condiciones de empleo decentes para los jóvenes que ingresan en el mercado del trabajo.

3. Coordinación de las medidas de enseñanza y formación profesionales con la política del empleo. El Gobierno se refiere, en su respuesta a la solicitud directa de 2006, al éxito alcanzado por el Programa de Educación y Capacitación Permanente, Chile Califica. Además se informa sobre las actividades realizadas en conjunto con la Fundación Chile en el marco del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales. El Gobierno se había propuesto capacitar 1 millón de trabajadores anualmente a partir del año 2005. La Comisión agradece las informaciones enviadas sobre las actividades del SENCE y los resultados alcanzados por el programa de certificación de competencias laborales. La Comisión pide nuevamente que la próxima memoria contenga informaciones detalladas sobre la manera en que se asegura la coordinación de las políticas de educación, formación y aprendizaje permanente con la prospección de las oportunidades de empleo.

4. Artículo 3. Participación de los interlocutores sociales en la elaboración y aplicación de políticas. La Comisión comprueba nuevamente que la memoria para el período que terminó en agosto de 2007 no contiene indicaciones sobre las consultas que requiere esta importante disposición del Convenio. En una publicación de la OIT, mencionada en la solicitud directa de 2006, se había indicado que podría ser interesante impulsar una instancia (fundación o corporación) privada o público-privada de apoyo a la gestión de políticas del mercado de trabajo a nivel local, que pueda ejecutar programas, asistir técnicamente, coordinar a los actores públicos y privados, según lo determine la autoridad pública central (Chile: Superando la crisis. Mejorando el empleo. Políticas de mercado de trabajo, 2000-2005, Santiago, OIT, 2006, págs. 30-31). La Comisión se remite a sus anteriores comentarios en los que había puesto en relieve que las consultas exigidas en virtud de esta disposición del Convenio deberían extenderse al conjunto de los aspectos de la política económica y social que tienen una incidencia sobre el empleo y asociar, además de los representantes de los empleadores y de los trabajadores, a representantes de otros sectores de la población activa, tales como las personas que trabajan en el sector rural y en la economía informal. La Comisión pide al Gobierno que comunique, en su próxima memoria, informaciones detalladas sobre la manera en que se tiene plenamente en cuenta las experiencias y opiniones, cómo se logra la plena cooperación y se obtiene el apoyo necesario de los interlocutores sociales para la formulación y ejecución de la política del empleo. Sírvase indicar además si se han establecido con este objeto procedimientos formales de consulta así como la acción emprendida como consecuencia de la asistencia o asesoramiento recibido de la OIT (parte V del formulario de memoria).

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2006, Publicación: 96ª reunión CIT (2007)

1. Declaración y ejecución de una política activa del empleo. La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno para el período que terminó en agosto de 2005, recibida en enero de 2006, que se limita a enumerar los distintos programas destinados a promover empleo directo, empleo indirecto, de capacitación y de intermediación laboral. El Gobierno se ha referido también a algunas de las cuestiones planteadas en la solicitud directa de 2004 y facilitado datos publicados por el Instituto Nacional de Estadísticas. De las informaciones analizadas, resulta que en los primeros seis meses de 2005, el aumento de la ocupación fue coherente con el cuadro macroeconómico, apreciándose un cambio de tendencia con relación a igual período del año anterior. Continúan aumentando tanto la oferta como la demanda laboral, pero el incremento de esta última fue mayor (1,1 frente a 0,8 puntos porcentuales) lo que incidió en una menor tasa de desempleo, de 8,3 por ciento en el primer semestre de 2005, frente a 8,9 por ciento en igual período de 2004 (Panorama laboral 2005 (Avance primer semestre), Lima, OIT, 2005, pág. 35). Como también se expresa en otra publicación de la OIT, los distintos programas desarrollados en Chile en los últimos años surgieron en respuesta a diferentes situaciones del mercado de trabajo y aún no constituyen un sistema integrado de políticas (Chile: Superando la crisis. Mejorando el empleo. Políticas de mercado de trabajo, 2000-2005, Santiago, OIT, 2006, pág. 7). La Comisión se remite al párrafo 3 de su solicitud directa de 2004, y advierte nuevamente la pertinencia de las disposiciones del Convenio que requieren que el Gobierno formule y lleve a cabo, como un objetivo de mayor importancia, una política activa destinada a fomentar el pleno empleo, productivo y libremente elegido — como parte integrante de una política económica y social coordinada y en consulta con todos los sectores interesados. En consecuencia, la Comisión pide al Gobierno que informe en detalle en su próxima memoria sobre la manera en que se ha formulado una política activa destinada a fomentar el pleno empleo productivo en el marco de una política económica y social coordinada (artículos 1 y 2 del Convenio). La Comisión invita al Gobierno a que identifique en su próxima memoria cuáles han sido los programas más eficaces y que tengan repercusiones más positivas en relación con la generación de empleo para los grupos más vulnerables, tales como las mujeres, los jóvenes que ingresan en el mercado de trabajo, los trabajadores precarios y los trabajadores afectados por las reestructuraciones.

2. Coordinación de las medidas de enseñanza y formación profesionales con la política del empleo. En su comentario anterior, la Comisión había recordado que el Gobierno se proponía capacitar 1 millón de trabajadores anualmente a partir del año 2005. La Comisión pide al Gobierno que informe en detalle sobre las actividades del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE) y los resultados alcanzados por el programa de certificación de competencias laborales. La Comisión reitera su interés por recibir informaciones sobre la manera en que se asegura la coordinación de las políticas de educación, formación y aprendizaje permanente con la prospección de las oportunidades de empleo.

3. Participación de los interlocutores sociales en la elaboración y aplicación de políticas. La Comisión comprueba nuevamente que la memoria no contiene indicaciones sobre las consultas que requiere esta importante disposición del Convenio. En la publicación antes mencionada de la OIT, se indica que podría ser interesante impulsar una instancia (fundación o corporación) privada o público-privada de apoyo a la gestión de políticas del mercado de trabajo a nivel local, que pueda ejecutar programas, asistir técnicamente, coordinar a los actores públicos y privados, según lo determine la autoridad pública central (Chile: Superando la crisis. Mejorando el empleo. Políticas de mercado de trabajo, 2000-2005, Santiago, OIT, 2006, págs. 30-31). La Comisión se remite a sus anteriores comentarios en los que había puesto en relieve que las consultas exigidas en virtud de esta disposición del Convenio deberían extenderse al conjunto de los aspectos de la política económica y social que tienen una incidencia sobre el empleo y asociar, además de los representantes de los empleadores y de los trabajadores, a representantes de otros sectores de la población activa, tales como las personas que trabajan en el sector rural y en la economía informal. La Comisión pide al Gobierno que comunique, en su próxima memoria, informaciones detalladas sobre la manera en que se tiene plenamente en cuenta las experiencias y opiniones, cómo se logra la plena cooperación y se obtiene el apoyo necesario de los interlocutores sociales para la formulación y ejecución de la política del empleo (artículo 3). Sírvase indicar además si se han establecido con este objeto procedimientos formales de consulta así como la acción emprendida como consecuencia de la asistencia o asesoramiento recibido de la OIT (parte V del formulario de memoria).

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2004, Publicación: 93ª reunión CIT (2005)

1. La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno para el período diciembre 2000-2002 que contiene informaciones generales sobre la evolución del mercado laboral. El Gobierno indica que desde el 2000 se verificó una desaceleración en el crecimiento del empleo como consecuencia de la crisis internacional. El desempleo llegó a un máximo de 10 por ciento en el tercer trimestre del 2000 - siendo los grupos más afectados los jóvenes y las mujeres. Para los jóvenes de 15 a 19 años, la tasa de desocupación llegó a fines del 2001 al 25,7 por ciento y para las mujeres fue del 8,4 por ciento. El Gobierno menciona un programa de apoyo a los desocupados y medidas a favor de la capacitación de trabajadores (756.080 trabajadores fueron capacitados y beneficiados con acciones de calificación laboral en 2001). Se destaca también que Chile ha sido el país en América Latina que muestra la mayor tasa promedio de crecimiento económico durante el período 1994-2001, con la más baja tasa de inflación - sin déficit fiscal. La memoria enumera también otras medidas que dan aplicación al Convenio tales como el sistema de información del mercado laboral, el programa SENCE-OMIL, el programa de certificación de competencias laborales y la Agenda Pro-Crecimiento.

2. Según las informaciones publicadas por la OIT en el Panorama Laboral 2003, el PIB en 2002 aumentó un 2,2 por ciento (calculándose un crecimiento del 3,2 por ciento en 2003 y un mayor vigor de la actividad económica como consecuencia de la entrada en vigencia de los acuerdos comerciales suscritos con la Unión Europea y de las expectativas positivas generadas por los Tratados de Libre Comercio con Estados Unidos y Corea del Sur). Se han mantenido programas especiales de empleo público y de subsidio a la contratación de nuevos trabajadores siendo sólo el 1,6 por ciento de los trabajadores que cobran un seguro de desempleo (en 2000). Según datos publicados por la CEPAL en el Estudio Económico de América Latina y el Caribe, 2002-2003, los programas de empleo público directo y de subsidios al empleo privado (bonos de reinserción y de capacitación) habrían financiado 160.000 puestos de trabajo durante el trimestre invernal de 2002.

3. Artículos 1 y 2 del Convenio. Teniendo en cuenta los indicadores anteriores, la Comisión observa la pertinencia de las disposiciones del Convenio que requieren que el Gobierno formule y lleve a cabo, como un objetivo de mayor importancia, una política activa destinada a fomentar el pleno empleo, productivo y libremente elegido - como parte integrante de una política económica y social coordinada y en consulta con todos los sectores interesados. Tal como lo viene solicitando desde hace varios años, la Comisión desearía disponer de una memoria detallada que contenga indicaciones sobre los programas ejecutados y los resultados alcanzados para satisfacer las demandas de empleo que provienen de categorías desfavorecidas de trabajadores, tales como las mujeres, los jóvenes que ingresan en el mercado de trabajo, los trabajadores precarios y los trabajadores afectados por las reestructuraciones.

4. La Comisión agradecería al Gobierno que precise en su próxima memoria las medidas de política de empleo que se hayan formulado y los programas que se están ejecutando, así como la medida en que las iniciativas destinadas a fomentar el desarrollo económico o lograr otros objetivos económicos y sociales han tenido en cuenta su impacto sobre el mercado de trabajo.

5. La Comisión recuerda la meta de capacitar 1 millón de trabajadores anualmente a partir del año 2005 y entiende que 843.804 trabajadores se beneficiaron, en 2003, del programa de franquicia tributaria del SENCE. La Comisión espera que, en su próxima memoria, el Gobierno continuará informando sobre las actividades del SENCE y los resultados alcanzados por el programa de certificación de competencias laborales. En este sentido, el Gobierno puede referirse a las orientaciones de la Recomendación núm. 195 de 2004 sobre educación, formación y aprendizaje permanente.

6. Artículo 3. La Comisión comprueba que la memoria no contiene indicaciones sobre las consultas que requiere esta importante disposición del Convenio. La Comisión se remite nuevamente a sus anteriores comentarios en los que había puesto en relieve que las consultas exigidas en virtud de esta disposición del Convenio deberían extenderse al conjunto de los aspectos de la política económica y social que tienen una incidencia sobre el empleo y asociar, además de los representantes de los empleadores y de los trabajadores, a representantes de otros sectores de la población activa, tales como las personas que trabajan en el sector rural y en el sector informal. La Comisión pide al Gobierno que comunique informaciones detalladas sobre la manera en que se tiene plenamente en cuenta las experiencias y opiniones, cómo se logra la plena cooperación y se obtiene el apoyo necesario de los interlocutores sociales para la formulación de una política del empleo.

7. La preparación de una memoria detallada que contenga respuestas a los puntos planteados en esta solicitud directa permitirá al Gobierno y a los interlocutores sociales evaluar la manera de alcanzar el objetivo de pleno empleo productivo establecido por el Convenio. La Comisión recuerda que la preparación de una memoria completa sobre la aplicación del Convenio puede exigir consultas con los demás ministerios o agencias gubernamentales interesados, como son, por ejemplo, los que se ocupan de la planificación, la economía y la estadística. El Gobierno puede igualmente estimar útil remitirse al Estudio general de 2004 sobre la promoción del empleo.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2002, Publicación: 91ª reunión CIT (2003)

La Comisión toma nota de que no se ha recibido la memoria del Gobierno. La Comisión espera que se envíe una memoria para examinarla en su próxima reunión y que dicha memoria contenga informaciones completas sobre las cuestiones planteadas en su solicitud directa de 2001, que estaba redactada del modo siguiente:

1. Artículos 1 y 2 del Convenio. La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno para el período agosto de 1998-noviembre de 2000. El Gobierno señala los cambios que intervinieron desde 1998 cuando se verificó una desaceleración en el crecimiento del empleo como consecuencia de la crisis financiera internacional. El desempleo a nivel nacional alcanzó, a fines de 1999, el 8,9 por ciento - afectando particularmente a los jóvenes de 15 a 19 años (26,8 por ciento) y de 20 a 24 años (18,8 por ciento), así como a las mujeres (10,3 por ciento). La Comisión observa que se asignaron recursos para programas de mejoramiento urbano, de mejoramiento de barrios y del Ministerio de la Vivienda. Además, se duplicaron los subsidios de cesantía y aumentaron los recursos destinados a capacitación. Sin embargo, el crecimiento de la economía - según un análisis del Equipo técnico multidisciplinario de Santiago - no generó suficientes empleos, lo que se debería no sólo a las dificultades de la reactivación económica, sino también a la situación de las empresas pequeñas. Las empresas grandes habrían vuelto a contratar trabajadores a tasas importantes, mientras que el empleo de las empresas pequeñas se mantendría constante. Por su parte, el Gobierno concluye indicando que la crisis económica afectó en menor medida a Chile que al resto de los países de América Latina en términos de crecimiento, inflación y déficit fiscal. Sin embargo, los efectos de la crisis económica, desde 1999, se vienen trasladando al empleo. En estas circunstancias, la Comisión espera que se seguirán tomando en cuenta las disposiciones del Convenio y que se formulará y llevará a cabo, como un objetivo de mayor importancia, una política activa  destinada a  fomentar el pleno  empleo, productivo y  libremente elegido - como parte integrante de una política económica y social coordinada y en consulta con todos los sectores interesados. En este sentido, la Comisión confía en que, en su próxima memoria, el Gobierno tendrá a bien abordar los siguientes asuntos - también evocados en su solicitud directa de 1997:

i)  sírvase continuar brindando indicaciones sobre los programas ejecutados y los resultados alcanzados para satisfacer las demandas de empleo que provienen de categorías desfavorecidas de trabajadores, tales como las mujeres, los jóvenes que ingresan en el mercado de trabajo, los trabajadores precarios y los trabajadores afectados por las reestructuraciones;

ii)  sírvase precisar las medidas de política de empleo que se hayan formulado y los programas que se están ejecutando, así como la medida en que las iniciativas destinadas a fomentar el desarrollo económico o lograr otros objetivos económicos y sociales han tenido en cuenta su impacto sobre el mercado de trabajo.

2. La Comisión toma nota de que, según el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE), las empresas usaron sólo el 35 por ciento de los recursos destinados a capacitación de los trabajadores. Sírvase indicar en qué medida se va alcanzando el objetivo de capacitar a un millón de trabajadores anualmente a partir de 2005.

3. Artículo 3. La Comisión se remite a sus anteriores comentarios en los que había puesto en relieve que las consultas exigidas en virtud de esta disposición del Convenio deberían extenderse al conjunto de los aspectos de la política económica y social que tienen una incidencia sobre el empleo y asociar, además de los representantes de los empleadores y de los trabajadores, a representantes de otros sectores de la población activa, tales como las personas que trabajan en el sector rural y en el sector informal. La Comisión invita nuevamente al Gobierno a que comunique informaciones detalladas sobre la manera en que se tiene plenamente en cuenta las experiencias y opiniones, cómo se logra la plena cooperación y se obtiene el apoyo necesario de los interlocutores sociales para la formulación de una política del empleo.

4. Parte V del formulario de memoria. La Comisión ha tomado conocimiento con interés de los estudios preparados por el Equipo técnico multidisciplinario de Santiago sobre políticas de empleo y subsidio a la contratación de mano de obra y ruega al Gobierno que se sirva indicar, en su próxima memoria, la acción emprendida como consecuencia de la asistencia brindada por la OIT en relación con la política del empleo o los factores que hayan impedido o retrasado tales acciones.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2001, Publicación: 90ª reunión CIT (2002)

1. Artículos 1 y 2 del Convenio. La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno para el período agosto de 1998-noviembre de 2000. El Gobierno señala los cambios que intervinieron desde 1998 cuando se verificó una desaceleración en el crecimiento del empleo como consecuencia de la crisis financiera internacional. El desempleo a nivel nacional alcanzó, a fines de 1999, el 8,9 por ciento - afectando particularmente a los jóvenes de 15 a 19 años (26,8 por ciento) y de 20 a 24 años (18,8 por ciento), así como a las mujeres (10,3 por ciento). La Comisión observa que se asignaron recursos para programas de mejoramiento urbano, de mejoramiento de barrios y del Ministerio de la Vivienda. Además, se duplicaron los subsidios de cesantía y aumentaron los recursos destinados a capacitación. Sin embargo, el crecimiento de la economía - según un análisis del Equipo técnico multidisciplinario de Santiago - no generó suficientes empleos, lo que se debería no sólo a las dificultades de la reactivación económica, sino también a la situación de las empresas pequeñas. Las empresas grandes habrían vuelto a contratar trabajadores a tasas importantes, mientras que el empleo de las empresas pequeñas se mantendría constante. Por su parte, el Gobierno concluye indicando que la crisis económica afectó en menor medida a Chile que al resto de los países de América Latina en términos de crecimiento, inflación y déficit fiscal. Sin embargo, los efectos de la crisis económica, desde 1999, se vienen trasladando al empleo. En estas circunstancias, la Comisión espera que se seguirán tomando en cuenta las disposiciones del Convenio y que se formulará y llevará a cabo, como un objetivo de mayor importancia, una política activa  destinada a  fomentar el pleno  empleo, productivo y  libremente elegido - como parte integrante de una política económica y social coordinada y en consulta con todos los sectores interesados. En este sentido, la Comisión confía en que, en su próxima memoria, el Gobierno tendrá a bien abordar los siguientes asuntos - también evocados en su solicitud directa de 1997:

i)  sírvase continuar brindando indicaciones sobre los programas ejecutados y los resultados alcanzados para satisfacer las demandas de empleo que provienen de categorías desfavorecidas de trabajadores, tales como las mujeres, los jóvenes que ingresan en el mercado de trabajo, los trabajadores precarios y los trabajadores afectados por las reestructuraciones;

ii)  sírvase precisar las medidas de política de empleo que se hayan formulado y los programas que se están ejecutando, así como la medida en que las iniciativas destinadas a fomentar el desarrollo económico o lograr otros objetivos económicos y sociales han tenido en cuenta su impacto sobre el mercado de trabajo.

2. La Comisión toma nota de que, según el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE), las empresas usaron sólo el 35 por ciento de los recursos destinados a capacitación de los trabajadores. Sírvase indicar en qué medida se va alcanzando el objetivo de capacitar a un millón de trabajadores anualmente a partir de 2005.

3. Artículo 3. La Comisión se remite a sus anteriores comentarios en los que había puesto en relieve que las consultas exigidas en virtud de esta disposición del Convenio deberían extenderse al conjunto de los aspectos de la política económica y social que tienen una incidencia sobre el empleo y asociar, además de los representantes de los empleadores y de los trabajadores, a representantes de otros sectores de la población activa, tales como las personas que trabajan en el sector rural y en el sector informal. La Comisión invita nuevamente al Gobierno a que comunique informaciones detalladas sobre la manera en que se tiene plenamente en cuenta las experiencias y opiniones, cómo se logra la plena cooperación y se obtiene el apoyo necesario de los interlocutores sociales para la formulación de una política del empleo.

4. Parte V del formulario de memoria. La Comisión ha tomado conocimiento con interés de los estudios preparados por el Equipo técnico multidisciplinario de Santiago sobre políticas de empleo y subsidio a la contratación de mano de obra y ruega al Gobierno que se sirva indicar, en su próxima memoria, la acción emprendida como consecuencia de la asistencia brindada por la OIT en relación con la política del empleo o los factores que hayan impedido o retrasado tales acciones.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2000, Publicación: 89ª reunión CIT (2001)

La Comisión toma nota de que no se ha recibido la memoria del Gobierno. La Comisión espera que se envíe una memoria para examinarla en su próxima reunión y que dicha memoria contenga informaciones completas acerca de las cuestiones planteadas en su solicitud directa anterior, que estaba redactada del modo siguiente:

1. La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno correspondiente al período que finaliza en julio de 1998 que contiene indicaciones detalladas en relación con su solicitud directa de 1997. La Comisión advierte que la probada eficacia de las políticas macroeconómicas gubernamentales coexiste con un porcentaje significativo de trabajadores (25 al 30 por ciento) que está empleado en puestos precarios, es decir, sin contratos o con contratos de trabajo temporales, escaso acceso a la seguridad social y baja productividad. Los datos transmitidos por el Gobierno revelan que, si bien el desempleo ha permanecido constante (con tasas más elevadas para las mujeres y los jóvenes), es preocupante la vulnerabilidad del mercado de trabajo chileno la cual proviene de las condiciones precarias de empleo de una porción importante de trabajadores. En consecuencia, la Comisión agradecería al Gobierno que su próxima memoria contenga las indicaciones que se requieren en el formulario de memoria para el Convenio sobre las medidas adoptadas con el fin de satisfacer todas las demandas de empleo que provienen de categorías desfavorecidas de trabajadores que desde hace muchos años tienen dificultades para encontrar empleo duradero como son las mujeres, los jóvenes, los trabajadores precarios y los trabajadores afectados por reestructuraciones. Sírvase asimismo indicar si se han fijado los objetivos de empleo en los planes y programas gubernamentales que actualmente se llevan a cabo y precisar las medidas de política del empleo que se han formulado y llevarán a cabo en futuros planes y programas de desarrollo (artículo 1 del Convenio). Sírvase indicar también la manera en que las medidas destinadas a fomentar el desarrollo económico o lograr otros objetivos económicos y sociales han tenido en cuenta su impacto sobre el mercado de trabajo (artículo 2).

2. La Comisión ha tomado nota de que se ha aprobado la ley núm. 19518 por la cual se modifica el Estatuto de Capacitación. La Comisión advierte que las innovaciones más importantes del nuevo estatuto tienden a la ampliación de la cobertura y mejor focalización de las políticas de capacitación productiva, la creación del Fondo Nacional de Capacitación, administrado por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE) y la creación de mecanismos de participación tripartita como el Consejo Nacional de Capacitación. Sírvase continuar comunicando informaciones sobre los resultados alcanzados por los programas ejecutados por el SENCE para favorecer el empleo duradero de los trabajadores en períodos de ajuste.

3. La Comisión ruega al Gobierno que continúe facilitando informaciones sobre el empleo duradero creado en el marco de los distintos planes y programas mencionados en su memoria para favorecer la igualdad de oportunidades de las mujeres, la capacitación laboral de los jóvenes y la pequeña empresa. El Gobierno puede considerar útil consultar las disposiciones de la Recomendación sobre la creación de empleos en las pequeñas y medianas empresas, 1998 (núm. 189).

4. Artículo 3. La Comisión toma nota de las informaciones transmitidas sobre los eventos realizados por los foros regionales de desarrollo productivo. La Comisión vuelve a recordar que las consultas exigidas en virtud de esta disposición del Convenio deberían extenderse al conjunto de los aspectos de la política económica y social que tienen una incidencia sobre el empleo; y asociar, además de los representantes de los empleadores y de los trabajadores, a representantes de otros sectores de la población activa, tales como las personas que trabajan en el sector rural o en el sector informal. La Comisión invita al Gobierno a comunicar informaciones más detalladas sobre la manera en que se tiene plenamente en cuenta las experiencias y opiniones, cómo se logra la plena cooperación y se obtiene el apoyo necesario de los interlocutores sociales para la formulación de la política del empleo, tal como lo requiere esta importante disposición del Convenio.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1999, Publicación: 88ª reunión CIT (2000)

1. La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno correspondiente al período que finaliza en julio de 1998 que contiene indicaciones detalladas en relación con su solicitud directa de 1997. La Comisión advierte que la probada eficacia de las políticas macroeconómicas gubernamentales coexiste con un porcentaje significativo de trabajadores (25 al 30 por ciento) que está empleado en puestos precarios, es decir, sin contratos o con contratos de trabajo temporales, escaso acceso a la seguridad social y baja productividad. Los datos transmitidos por el Gobierno revelan que, si bien el desempleo ha permanecido constante (con tasas más elevadas para las mujeres y los jóvenes), es preocupante la vulnerabilidad del mercado de trabajo chileno la cual proviene de las condiciones precarias de empleo de una porción importante de trabajadores. En consecuencia, la Comisión agradecería al Gobierno que su próxima memoria contenga las indicaciones que se requieren en el formulario de memoria para el Convenio sobre las medidas adoptadas con el fin de satisfacer todas las demandas de empleo que provienen de categorías desfavorecidas de trabajadores que desde hace muchos años tienen dificultades para encontrar empleo duradero como son las mujeres, los jóvenes, los trabajadores precarios y los trabajadores afectados por reestructuraciones. Sírvase asimismo indicar si se han fijado los objetivos de empleo en los planes y programas gubernamentales que actualmente se llevan a cabo y precisar las medidas de política del empleo que se han formulado y llevarán a cabo en futuros planes y programas de desarrollo (artículo 1 del Convenio). Sírvase indicar también la manera en que las medidas destinadas a fomentar el desarrollo económico o lograr otros objetivos económicos y sociales han tenido en cuenta su impacto sobre el mercado de trabajo (artículo 2).

2. La Comisión ha tomado nota de que se ha aprobado la ley núm. 19518 por la cual se modifica el Estatuto de Capacitación. La Comisión advierte que las innovaciones más importantes del nuevo estatuto tienden a la ampliación de la cobertura y mejor focalización de las políticas de capacitación productiva, la creación del Fondo Nacional de Capacitación, administrado por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE) y la creación de mecanismos de participación tripartita como el Consejo Nacional de Capacitación. Sírvase continuar comunicando informaciones sobre los resultados alcanzados por los programas ejecutados por el SENCE para favorecer el empleo duradero de los trabajadores en períodos de ajuste.

3. La Comisión ruega al Gobierno que continúe facilitando informaciones sobre el empleo duradero creado en el marco de los distintos planes y programas mencionados en su memoria para favorecer la igualdad de oportunidades de las mujeres, la capacitación laboral de los jóvenes y la pequeña empresa. El Gobierno puede considerar útil consultar las disposiciones de la Recomendación sobre la creación de empleos en las pequeñas y medianas empresas, 1998 (núm. 189).

4. Artículo 3. La Comisión toma nota de las informaciones transmitidas sobre los eventos realizados por los foros regionales de desarrollo productivo. La Comisión vuelve a recordar que las consultas exigidas en virtud de esta disposición del Convenio deberían extenderse al conjunto de los aspectos de la política económica y social que tienen una incidencia sobre el empleo; y asociar, además de los representantes de los empleadores y de los trabajadores, a representantes de otros sectores de la población activa, tales como las personas que trabajan en el sector rural o en el sector informal. La Comisión invita al Gobierno a comunicar informaciones más detalladas sobre la manera en que se tiene plenamente en cuenta las experiencias y opiniones, cómo se logra la plena cooperación y se obtiene el apoyo necesario de los interlocutores sociales para la formulación de la política del empleo, tal como lo requiere esta importante disposición del Convenio.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1997, Publicación: 86ª reunión CIT (1998)

1. La Comisión toma nota de la memoria comunicada por el Gobierno correspondiente al período que finaliza en junio de 1996. La Comisión advierte que a pesar de una tasa elevada de crecimiento de la actividad económica, la tasa de desempleo, que alcanzaba el 4,7 por ciento a fines de 1995, no ha disminuido durante el período considerado. Además, la Comisión observa la persistencia de problemas particulares que afectan a ciertas categorías de la población activa, en particular a los jóvenes menores de 25 años de edad, cuya tasa de desempleo es de 12 por ciento. A este respecto, la Comisión agradecería al Gobierno que comunique en sus próximas memorias datos estadísticos más detallados sobre el nivel y las tendencias de la evolución de la población activa, del empleo, del subempleo y del desempleo por sector de actividad, por sexo, edad y nivel de calificación, para todo el período considerado. La Comisión solicita asimismo al Gobierno que suministre informaciones sobre la duración del desempleo.

2. La Comisión toma nota de las indicaciones comunicadas por el Gobierno sobre los principales aspectos de su política económica y social destinada a favorecer el crecimiento en un contexto de estabilidad macroeconómica, la inserción en el comercio internacional, la modernización de las relaciones laborales, la mejora de las infraestructuras, el fortalecimiento de la competitividad en los mercados y la modernización de la gestión de las empresas públicas. La Comisión espera encontrar en la próxima memoria del Gobierno informaciones más precisas acerca de la contribución de cada una de esas políticas a la promoción del empleo. Además, la Comisión solicita al Gobierno que siga comunicando informaciones detalladas sobre su política de formación profesional y la forma en que ésta está coordinada con las perspectivas del empleo.

3. La Comisión observa que el número de beneficiarios de los diferentes planes y programas de política del mercado de trabajo destinados, en particular, a favorecer el empleo de las mujeres y la inserción de los jóvenes ha aumentado significativamente durante el período considerado. La Comisión agradecería al Gobierno que completara las informaciones sobre el gasto incurrido y el número de participantes, transmitiendo una evaluación de los resultados obtenidos gracias a esos planes y programas en términos de inserción efectiva y duradera de los interesados en el empleo productivo.

4. Artículo 3 del Convenio. La Comisión toma nota de las indicaciones relativas a la celebración de foros de desarrollo productivo que asocian a los representantes de los empleadores y de los trabajadores, que se han referido, entre otros temas, al empleo y a las relaciones laborales. La Comisión solicita al Gobierno se sirva seguir comunicando informaciones detalladas sobre el efecto dado a esta importante disposición del Convenio, precisando la frecuencia de las reuniones mencionadas, las cuestiones inscritas en el orden del día, las opiniones recogidas y la manera en que éstas han sido consideradas.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1996, Publicación: 85ª reunión CIT (1997)

La Comisión toma nota de que no ha sido recibida la correspondiente memoria. La Comisión espera que una memoria será enviada para examinarla en su próxima reunión y que dicha memoria contendrá informaciones completas acerca de las cuestiones planteadas en su solicitud directa anterior que estaba así redactada:

La Comisión tomó nota de la memoria del Gobierno correspondiente al período comprendido entre julio de 1992 y junio de 1994, así como de la respuesta a los comentarios formulados por la Comisión en 1994.

1. El Gobierno indica que ha continuado manteniendo una política activa destinada a fomentar el empleo productivo y libremente elegido, procurando que el desarrollo continuo y la expansión de la actividad económica traigan a la par la creación de nuevas fuentes de trabajo y consecuentemente disminuyan las tasas de desocupación. La tasa de desocupación del trimestre abril-junio de 1993 alcanzó al 4,7 por ciento (4,9 por ciento para igual período en 1992). El Gobierno declara que se debía tener en cuenta que, si bien había disminuido la desocupación y aumentado los empleos, existían grupos específicos a los cuales les afecta en mayor medida tanto los niveles de desocupación como el tipo de empleos para quienes acceden al mercado. La tasa de desocupación de los jóvenes alcanza niveles del orden del 11 por ciento y en las mujeres del orden del 6,6 por ciento. Estas dos categorías de trabajadores acceden generalmente - según indica el Gobierno - a los puestos de trabajo menos valorados y en condiciones de mayor precariedad. El Gobierno ha diseñado un Plan de Igualdad de Oportunidades para las Mujeres y un Programa de Capacitación Laboral de Jóvenes.

2. El Gobierno declara haber definido una estrategia de desarrollo basada en el crecimiento con equidad y que la aplicación de políticas macroeconómicas tienen por objeto (entre otros) disminuir la inflación, crecer a un ritmo del 5,5 por ciento, alcanzar un crecimiento del empleo del orden del 2,5 por ciento anual y de la productividad laboral del 3 por ciento. Por su parte, en un análisis más reciente de la Oficina Regional para América Latina y el Caribe de la OIT (Avance panorama laboral 1995. Primer semestre), se indica que las políticas de afinamiento para evitar que el crecimiento perjudique los logros sobre el control de la inflación que se han practicado en Chile en 1994, condujeron a una disminución del crecimiento económico acompañado de un mayor desempleo. Sin embargo, en 1995 el crecimiento esperado del producto se aceleró al 6,5 por ciento (en comparación con el 4,2 por ciento registrado en 1994), y la inflación en doce meses (julio de 1994/julio de 1995) continuó disminuyendo al 7,9 por ciento (inferior a la del año anterior, que se situaba en 8,9 por ciento). Se advertía también que el desempeño del mercado laboral ha sido positivo: disminuía la tasa de desocupación del segundo trimestre de 1995 (6,3 por ciento, en 1994; 5,7 por ciento, en 1995) y aumentaba el poder adquisitivo de los salarios industriales y de los salarios mínimos.

3. Por su parte, el Gobierno declara que alcanzar el pleno empleo, de por sí, es una meta muy difícil de lograr. Sin embargo, el desarrollo y ejecución de las políticas y programas derivados de la estrategia de desarrollo, han permitido obtener tasas de desempleo muy bajas aunque existen todavía dificultades respecto de la calidad de los empleos, los niveles de remuneración productivos y las condiciones en que los trabajadores allí se desempeñan. El Gobierno se propone fortalecer las actividades de fiscalización y de orientación sobre la legislación laboral, aumentar la productividad de los empleos, entre otras cosas, a través de la capacitación laboral permanente y el profesionalismo de las ocupaciones, lo que redundará en mejores remuneraciones. La Comisión se permite invitar al Gobierno a que considere la utilidad de referirse a los instrumentos sobre el desarrollo de los recursos humanos (estrechamente relacionados con los de la política del empleo) adoptados por la Conferencia en 1975 (Convenio núm. 142 y Recomendación núm. 150) así como a su Estudio general de 1991. En la memoria anterior, el Gobierno ya había mencionado una propuesta de modificación del Reglamento de Capacitación y Empleo con el propósito de establecer un sistema con procedimientos de consulta oficiales en la materia. La Comisión reitera su interés por recibir informaciones sobre los avances registrados al respecto.

4. La Comisión, que desde hace muchos años formula comentarios sobre la aplicación del Convenio, está en condiciones de apreciar plenamente los logros que en materia de política del empleo se han alcanzado en el marco de una política económica y social coordinada. Confía en que las próximas memorias del Gobierno continuarán comunicando las informaciones que requiere el formulario de memoria, sobre la situación, nivel y tendencias del empleo, desempleo y subempleo, y en la medida en que afectan a categorías particulares de trabajadores desfavorecidos que tengan dificultades para encontrar un empleo duradero (mujeres, jóvenes, trabajadores de edad madura, desempleados durante un largo período, trabajadores afectados por reestructuraciones, tales como los del sector del carbón; indígenas). Sírvase indicar además el grado en que se han alcanzado los objetivos de crecimiento del PIB, del empleo y de la productividad laboral mencionados por el Gobierno en su memoria. Ruega, en especial, al Gobierno tener a bien describir, en su próxima memoria, los procedimientos adoptados para garantizar que las medidas principales de política del empleo sean decididas y revisadas regularmente en el marco de una política económica y social coordinada (artículos 1 y 2 del Convenio).

5. El Gobierno declara que la política laboral comprende tres aspectos fundamentales: equidad, modernización y concertación sociales. En relación con la concertación social, la Comisión agradecería al Gobierno que, en su próxima memoria, tenga a bien incluir indicaciones sobre los resultados alcanzados en materia de política del empleo como consecuencia de consultas celebradas para tener plenamente en cuenta las experiencias y opiniones de los representantes de las personas interesadas - incluyendo representantes de otros sectores de la población, tales como quienes se encuentran en el sector rural y en el sector no estructurado. La Comisión apreciaría que se precise si se ha logrado el apoyo de empleadores y trabajadores para alcanzar tanto los objetivos del empleo, en el sentido del Convenio, como los demás objetivos económicos y sociales (artículo 3).

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1995, Publicación: 83ª reunión CIT (1996)

La Comisión tomó nota de la memoria del Gobierno correspondiente al período comprendido entre julio de 1992 y junio de 1994, así como de la respuesta a los comentarios formulados por la Comisión en 1994.

1. El Gobierno indica que ha continuado manteniendo una política activa destinada a fomentar el empleo productivo y libremente elegido, procurando que el desarrollo continuo y la expansión de la actividad económica traigan a la par la creación de nuevas fuentes de trabajo y consecuentemente disminuyan las tasas de desocupación. La tasa de desocupación del trimestre abril-junio de 1993 alcanzó al 4,7 por ciento (4,9 por ciento para igual período en 1992). El Gobierno declara que se debía tener en cuenta que, si bien había disminuido la desocupación y aumentado los empleos, existían grupos específicos a los cuales les afecta en mayor medida tanto los niveles de desocupación como el tipo de empleos para quienes acceden al mercado. La tasa de desocupación de los jóvenes alcanza niveles del orden del 11 por ciento y en las mujeres del orden del 6,6 por ciento. Estas dos categorías de trabajadores acceden generalmente - según indica el Gobierno - a los puestos de trabajo menos valorados y en condiciones de mayor precariedad. El Gobierno ha diseñado un Plan de Igualdad de Oportunidades para las Mujeres y un Programa de Capacitación Laboral de Jóvenes.

2. El Gobierno declara haber definido una estrategia de desarrollo basada en el crecimiento con equidad y que la aplicación de políticas macroeconómicas tienen por objeto (entre otros) disminuir la inflación, crecer a un ritmo del 5,5 por ciento, alcanzar un crecimiento del empleo del orden del 2,5 por ciento anual y de la productividad laboral del 3 por ciento. Por su parte, en un análisis más reciente de la Oficina Regional para América Latina y el Caribe de la OIT (Avance panorama laboral 1995. Primer semestre), se indica que las políticas de afinamiento para evitar que el crecimiento perjudique los logros sobre el control de la inflación que se han practicado en Chile en 1994, condujeron a una disminución del crecimiento económico acompañado de un mayor desempleo. Sin embargo, en 1995 el crecimiento esperado del producto se aceleró al 6,5 por ciento (en comparación con el 4,2 por ciento registrado en 1994), y la inflación en doce meses (julio de 1994/julio de 1995) continuó disminuyendo al 7,9 por ciento (inferior a la del año anterior, que se situaba en 8,9 por ciento). Se advertía también que el desempeño del mercado laboral ha sido positivo: disminuía la tasa de desocupación del segundo trimestre de 1995 (6,3 por ciento, en 1994; 5,7 por ciento, en 1995) y aumentaba el poder adquisitivo de los salarios industriales y de los salarios mínimos.

3. Por su parte, el Gobierno declara que alcanzar el pleno empleo, de por sí, es una meta muy difícil de lograr. Sin embargo, el desarrollo y ejecución de las políticas y programas derivados de la estrategia de desarrollo, han permitido obtener tasas de desempleo muy bajas aunque existen todavía dificultades respecto de la calidad de los empleos, los niveles de remuneración productivos y las condiciones en que los trabajadores allí se desempeñan. El Gobierno se propone fortalecer las actividades de fiscalización y de orientación sobre la legislación laboral, aumentar la productividad de los empleos, entre otras cosas, a través de la capacitación laboral permanente y el profesionalismo de las ocupaciones, lo que redundará en mejores remuneraciones. La Comisión se permite invitar al Gobierno a que considere la utilidad de referirse a los instrumentos sobre el desarrollo de los recursos humanos (estrechamente relacionados con los de la política del empleo) adoptados por la Conferencia en 1975 (Convenio núm. 142 y Recomendación núm. 150) así como a su Estudio general de 1991. En la memoria anterior, el Gobierno ya había mencionado una propuesta de modificación del Reglamento de Capacitación y Empleo con el propósito de establecer un sistema con procedimientos de consulta oficiales en la materia. La Comisión reitera su interés por recibir informaciones sobre los avances registrados al respecto.

4. La Comisión, que desde hace muchos años formula comentarios sobre la aplicación del Convenio, está en condiciones de apreciar plenamente los logros que en materia de política del empleo se han alcanzado en el marco de una política económica y social coordinada. Confía en que las próximas memorias del Gobierno continuarán comunicando las informaciones que requiere el formulario de memoria, sobre la situación, nivel y tendencias del empleo, desempleo y subempleo, y en la medida en que afectan a categorías particulares de trabajadores desfavorecidos que tengan dificultades para encontrar un empleo duradero (mujeres, jóvenes, trabajadores de edad madura, desempleados durante un largo período, trabajadores afectados por reestructuraciones, tales como los del sector del carbón; indígenas). Sírvase indicar además el grado en que se han alcanzado los objetivos de crecimiento del PIB, del empleo y de la productividad laboral mencionados por el Gobierno en su memoria. Ruega, en especial, al Gobierno tener a bien describir, en su próxima memoria, los procedimientos adoptados para garantizar que las medidas principales de política del empleo sean decididas y revisadas regularmente en el marco de una política económica y social coordinada (artículos 1 y 2 del Convenio).

5. El Gobierno declara que la política laboral comprende tres aspectos fundamentales: equidad, modernización y concertación sociales. En relación con la concertación social, la Comisión agradecería al Gobierno que, en su próxima memoria, tenga a bien incluir indicaciones sobre los resultados alcanzados en materia de política del empleo como consecuencia de consultas celebradas para tener plenamente en cuenta las experiencias y opiniones de los representantes de las personas interesadas - incluyendo representantes de otros sectores de la población, tales como quienes se encuentran en el sector rural y en el sector no estructurado. La Comisión apreciaría que se precise si se ha logrado el apoyo de empleadores y trabajadores para alcanzar tanto los objetivos del empleo, en el sentido del Convenio, como los demás objetivos económicos y sociales (artículo 3).

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1994, Publicación: 81ª reunión CIT (1994)

En relación con los comentarios que figuran en su observación sobre este Convenio, la Comisión solicita al Gobierno se sirva comunicar en su próxima memoria informaciones sobre los puntos siguientes:

1. Sírvase continuar comunicando informaciones sobre las actividades del sistema público de oficinas de colocación, así como sobre las que llevan a cabo organismos privados de colocación, indicando si se han tomado o previsto medidas para mejorar la eficacia de la colocación y contratación de quienes solicitan empleo, principalmente mediante el servicio público y gratuito de colocación.

2. Sírvase indicar qué resultados ha tenido el plan de reconversión laboral de los trabajadores del carbón y otras medidas adoptadas para atender a la necesidad de ofrecer un empleo duradero a los trabajadores afectados por la reconversión industrial.

3. Sírvase continuar comunicando informaciones sobre la aplicación del Programa de Formación para los Jóvenes e indicar en qué medida los objetivos previstos para el período 1991-1994 han sido alcanzados o están a punto de serlo. En particular, la Comisión agradecería al Gobierno que comunicase información sobre los resultados de las evaluaciones efectuadas sobre su incidencia efectiva en los programas de formación.

4. Artículo 3 del Convenio. El Gobierno menciona en su memoria una propuesta de modificación del Reglamento del Estatuto de Capacitación y Empleo con el propósito de establecer un sistema con procedimientos oficiales en la materia. La Comisión agradecería al Gobierno se sirva comunicar informaciones sobre cómo se aseguran las consultas, refiriéndose en su caso a las disposiciones pertinentes de los instrumentos de la OIT sobre el desarrollo de los recursos humanos (Convenio núm. 142 y Recomendación núm. 150).

La Comisión agradecería al Gobierno se sirva continuar comunicando informaciones detalladas sobre las consultas celebradas con organizaciones de empleadores y de trabajadores, destacando las que se hayan llevado a cabo sobre políticas del empleo y precisando eventuales consultas mantenidas con representantes de otros sectores de la población económicamente activa, como las personas ocupadas en el sector rural y en el sector informal urbano (SIU).

5. Sírvase continuar comunicando informaciones sobre las acciones emprendidas por el Servicio Nacional de la Mujer, la Oficina Nacional de Retorno y la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena.

6. Por último, la Comisión agradecería al Gobierno se sirviera continuar informando sobre las medidas tomadas como consecuencia de los proyectos de cooperación técnica del PREALC, no sólo con respecto a proyectos específicos en materia de empleo sino también con investigaciones llevadas a cabo por el Ministerio de Planificación y Cogestión para evaluar las repercusiones de la política macroeconómica en la distribución de los ingresos y cuantificar la incidencia de la acción del Gobierno en la consecución de su objetivo central de desarrollo y equidad.

Observación (CEACR) - Adopción: 1994, Publicación: 81ª reunión CIT (1994)

1. La Comisión toma nota con interés de la memoria del Gobierno para el período 1990-1992, que contiene un análisis pormenorizado de los problemas y las políticas del empleo, así como las informaciones solicitadas en comentarios anteriores.

2. En relación con su observación precedente, la Comisión ha tomado nota de la continuación de la tendencia a que mejore la situación del empleo y del mercado de trabajo. Tras una disminución en 1990, como resultado de la política de ajuste para hacer frente a presiones inflacionistas, el empleo volvió a aumentar a partir de 1991 (más de 100.000 nuevos puestos de trabajo fueron creados en ese año, habiendo aumentado la población activa ocupada en más de 200.000 personas entre 1991 y 1992). El Gobierno destaca el carácter productivo de los empleos creados (el 70 por ciento de los nuevos empleos se han creado en los sectores industriales y en la construcción) y su concentración en el sector estructurado (sólo un cuarto de los nuevos empleos corresponden a actividades del sector no estructurado). La tendencia hacia una disminución de la desocupación, ya señalada, no se ha interrumpido pues la tasa de desempleo descendió a casi un 5 por ciento de la población activa en abril-junio de 1992, situación que el Gobierno califica de "próxima del pleno empleo". En cuanto a la remuneración y distribución de los ingresos, los datos que figuran en la memoria ponen de manifiesto una progresión de los salarios reales (4,5 por ciento durante el último año) que se estima ha favorecido fundamentalmente a los salarios más bajos y que en parte son resultado de una serie de acuerdos tripartitos sobre cuestiones económicas y sociales.

3. La Comisión ha recibido comentarios sobre la memoria del Gobierno del Programa Regional de Empleo para América Latina y el Caribe (PREALC) que corroboran globalmente los análisis y evaluaciones de dicha memoria. Sin embargo, el PREALC señala que aún subsisten algunos problemas de mercado de trabajo, como el elevado porcentaje de trabajadores ocupados en empleos de escasa productividad, en regiones o industrias en crisis (como la del carbón), de trabajadores temporeros en la agricultura, y el desempleo de los jóvenes. El Gobierno no oculta que le sigue preocupando el problema del desempleo de los jóvenes, cuya tasa (11 por ciento) es el doble de la tasa que corresponde al total de la población activa y que afecta principalmente a los hogares jóvenes de menos recursos.

4. El Gobierno atribuye estos resultados a la aplicación de una política activa de empleo y recursos humanos en el marco de un programa económico cuyo objetivo es conciliar el desarrollo con la equidad. Los indicadores económicos, en especial una tasa de crecimiento anual del producto del 7 por ciento anual, al igual que los antes mencionados del mercado de trabajo (empleo y desocupación) ponen de manifiesto los progresos registrados durante el período considerado. La Comisión aprecia además las informaciones sobre el desarrollo de procedimientos de consulta y el nuevo vigor que ha adquirido el diálogo social, al parecer centrado más en cuestiones de salarios y remuneraciones que en el empleo, pero cuya evolución se orienta sin embargo en el sentido de las disposiciones del artículo 3 del Convenio. También toma nota con interés de las diversas actividades de cooperación técnica del PREALC y de las medidas tomadas en consecuencia, que concurren a la aplicación del Convenio.

5. La Comisión agradecería al Gobierno se sirva continuar informando en su próxima memoria sobre cómo se han continuado realizando los objetivos del empleo según se les define en el artículo 1, por medio de medidas que, a tenor del artículo 2, se deben determinar y revisar regularmente como parte integrante de una política económica y social coordinada.

Por otra parte, en una solicitud directa, la Comisión expresa su deseo de contar con informaciones complementarias sobre algunos otros puntos, en especial la incidencia, aún difícil de evaluar como lo confirma el PREALC, de las políticas o de instrumentos específicos para las ya mencionadas categorías de trabajadores y grupos de población, que continúan teniendo dificultades en el mercado de trabajo.

Observación (CEACR) - Adopción: 1992, Publicación: 79ª reunión CIT (1992)

1. La Comisión ha tomado nota de la memoria del Gobierno para el período comprendido entre julio de 1988 y junio de 1990. La memoria incluye un detallado análisis, preparado por el Ministerio de Planificación y Cooperación sobre el empleo y las políticas del empleo. Asimismo, la Comisión ha recibido comentarios del Programa Regional para el Empleo en América Latina y el Caribe (PREALC), coincidentes en destacar que los cambios en el empleo y los salarios han sido positivos durante el período considerado.

2. Siguiendo con una tendencia iniciada a principios de la década (cuando el desempleo ajustado llegó a alcanzar, en 1982-1983, el 28 por ciento), el empleo aumentó con rapidez hasta mediados de 1989. Hasta 1990, la tasa de crecimiento del empleo se redujo sensiblemente, debido a la política de ajuste que debió adoptarse para enfrentar las presiones inflacionarias. Durante 1988-1990, la ocupación aumentó un 7,4 por ciento, lo que permitió que la tasa de desempleo abierto descienda de 9,1 por ciento al 6,5 por ciento. El Gobierno indica que el centro del problema se ha desplazado desde el desempleo abierto a la informalidad de los empleos, así como a los bajos salarios que perciben una parte importante de la población. Se afirma que la pobreza es el principal problema social, y que el problema del empleo es la causa principal de la pobreza. La política laboral del Gobierno apunta a mantener una baja tasa de desempleo abierto, mejorar la calidad de los empleos actuales y a modificar las normas que regulan las relaciones entre las partes sociales. En este sentido, se han aprobado diversas leyes modificatorias del Código del Trabajo de 1987, señaladamente en relación con la terminación del contrato de trabajo y estabilidad en el empleo; con las centrales sindicales; y con las organizaciones sindicales y la negociación colectiva. La Comisión confía en que el Gobierno se servirá incluir en la próxima memoria indicaciones sobre las relaciones que se han establecido entre los objetivos de una política "activa" del empleo, tal como lo requieren las disposiciones de los artículos 1 y 2 del Convenio, y los demás objetivos económicos y sociales del Gobierno.

3. El Gobierno indica que, entre las medidas destinadas a armonizar la oferta y demanda de mano de obra a nivel nacional, funciona un sistema público y gratuito de oficinas de colocación. Se han reestructurado las actuales oficinas municipales de colocación, y se lleva a cabo un plan piloto que pone énfasis en las acciones de orientación profesional dirigidas a personas jóvenes. Se ha diseñado un programa que permite la capacitación de personas jóvenes en empresas combinando la formación con períodos de trabajo en los establecimientos. En este sentido, la Comisión se permite recordar la atención que ha prestado en su Estudio general de 1991 a los instrumentos internacionales del trabajo relativos al desarrollo de los recursos humanos, y confía en que el Gobierno continuará brindando indicaciones sobre el efecto de las medidas adoptadas para coordinar las políticas de enseñanza y formación profesional con la prospección de las oportunidades de empleo.

4. La Comisión le estaría reconocida al Gobierno que se sirva también incluir indicaciones sobre las medidas destinadas a satisfacer las necesidades de categorías particulares de trabajadores, tales como las que promueve el Servicio Nacional de la Mujer y la Oficina Nacional de Retorno para los trabajadores migrantes. Sírvase también incluir informaciones sobre las medidas adoptadas o previstas en pro de los trabajadores de edad madura, los trabajadores minusválidos, y de las poblaciones indígenas.

5. Artículo 3. El Gobierno destaca en su memoria que se busca combinar dos objetivos: la flexibilidad para que los empresarios puedan adaptar su empresa a los cambios del mercado con mayor estabilidad en el empleo, más organización sindical y mayor poder de negociación de los trabajadores, para asegurar una adecuada distribución de los beneficios del desarrollo. El proceso de reforma de la legislación del trabajo se inició en un acuerdo marco entre la Confederación de la Producción y del Comercio, la Central Unitaria de Trabajadores y las autoridades gubernamentales. Informa también que se han creado en las diversas regiones del país comités integrados por representantes de trabajadores y de empleadores. La Comisión agradecería al Gobierno que, en su próxima memoria, incluya indicaciones sobre el objeto de las consultas, recordando que, en cuanto al propósito de las consultas, dispone el Convenio que se consultará a los representantes de las personas interesadas "en relación con la política del empleo... con el objeto de tener plenamente en cuenta sus experiencias y opiniones y, además, de lograr su plena cooperación en la labor de formular la citada política y de obtener el apoyo necesario para su ejecución". Sírvase también precisar si se han celebrado consultas con representantes de otros sectores de la población económicamente activa tales como los que trabajan en el sector rural y en el sector informal urbano (SIU).

6. Parte V del formulario de memoria. La Comisión ha tomado nota con interés que PREALC está colaborando con el Ministerio de Hacienda, en preparar el programa de capacitación de jóvenes; con el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, en la evaluación de los efectos del aumento del salario mínimo; con el Ministerio de Planificación y Cooperación, en determinar los efectos sociales de la política microeconómica; y con el Fondo de Solidaridad e Inversión Social, en evaluar los mecanismos de crédito para microempresas. La Comisión confía en que, en su próxima memoria, el Gobierno se servirá incluir indicaciones sobre la acción emprendida como consecuencia del asesoramiento recibido de PREALC.

Observación (CEACR) - Adopción: 1990, Publicación: 77ª reunión CIT (1990)

1. La Comisión ha tomado nota de la memoria detallada del Gobierno correspondiente al período comprendido de julio de 1986 a junio de 1988. En su precedente observación, la Comisión había solicitado al Gobierno que se prestara especial atención a las informaciones sobre la evolución del empleo en los sectores público y privado, a la parte que corresponde al sector informal en la creación de empleos, a la situación de los jóvenes con instrucción en lo que se refiere al desempleo, a la evolución del empleo productivo y al obtenido por medio de programas especiales, tales como el Programa de Empleo Mínimo (PEM) y el Programa de Empleo de Jefes de Hogar (POJH). Además, la Comisión había expresado su preocupación por las medidas adoptadas por el Gobierno en relación con su capacidad para asegurar que el sistema de educación y formación responda a las necesidades de mano de obra de la economía nacional, y, simultáneamente, los individuos tengan las posibilidades de adquirir las calificaciones necesarias y puedan utilizarlas en los empleos que les convengan, como lo requiere el artículo 1 del Convenio.

2. En lo que se refiere a las medidas de política global, el Gobierno ha transmitido un análisis que contiene informaciones sobre la coordinación de las políticas arancelarias, fiscal, crediticia y tributaria y de sus resultados en materia de política del empleo, elaborado por la Oficina de Planificación Nacional (ODEPLAN). En dicho documento se afirma que para enfrentar el problema de la deuda en forma realista y buscando mecanismos tendientes a aminorar su carga financiera, se buscó un ajuste con crecimiento. Considerando la existencia de un mercado secundario de deuda externa chilena, se diseño un mecanismo que autorizaba su capitalización mediante la conversión de títulos de deuda externa por obligaciones domésticas, pretendiéndose que estos incentivos a la inversión derivados de los mecanismos de conversión de deuda se constituyeran en un importante estímulo al empleo en el mediano plazo, y posibilitasen incrementos en las remuneraciones reales. Al evaluar los resultados de la estrategia adoptada para superar el costo de la crisis económica de 1982, ODEPLAN indica que la recuperación de la actividad económica (tasa de crecimiento sostenida vecina al 5 por ciento anual desde 1984) y en especial el auge del sector exportador, han permitido reducir considerablemente el problema del desempleo. Los datos comunicados por el Gobierno manifiestan, para el período julio de 1987 a septiembre de 1988, un aumento del 6,4 por ciento de la cantidad de personas empleadas, un descenso del 8,2 por ciento de la cantidad de desempleados y del 3,4 por ciento de la tasa de desempleo, estimada al 8,7 por ciento de la población activa en 1988. Los datos transmitidos por el Programa Regional para el Empleo en América Latina y el Caribe (PREALC), confirman esta evolución en el campo del empleo y del desempleo, pero indican que este mejoramiento no fue acompañado de una recuperación igualmente significativa de los salarios reales; las remuneraciones de la mayor parte de los trabajadores, en especial los de la construcción, de la agricultura y de los menos calificados, permanecieron muy deprimidos. Paralelamente, el número de personas adscriptas a los programas gubernamentales de empleo, que superaba los 500 000 trabajadores en 1983, también disminuyó drásticamente. En septiembre de 1988, 5 413 personas estaban adscriptas al PEM y 20 583 personas al POJH. En una memoria general correspondiente al período que terminó el 30 de junio de 1989, el Gobierno declara que en el mes de diciembre de 1989 se puso término a los programas PEM y POJH, correspondiendo lo anterior a un traspaso de los adscriptos de estos programas hacia empleos estables y productivos.

3. En lo que se refiere a las políticas de enseñanza y de formación profesional, la memoria del Gobierno describe el "programa de empresas" - que permite descontar parte del costo de las acciones de capacitación del personal - y los programas de capacitación ocupacional administrados por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE). El Gobierno indica que al interior de cada universidad e instituto profesional se confrontan las carreras profesionales ofrecidas con aquellas demandadas por los alumnos. Declara, además, que no se han generado, como consecuencia de los despidos de docentes, casos de alumnos sin matrícula, puesto que, como criterio de racionalización, se determinó mantener la relación alumno/profesor proporcional a las necesidades detectadas en cada comuna. El Gobierno brinda informaciones sobre la cantidad de docentes despedidos (6 118 docentes), precisando que los despidos efectivos han representado tan sólo el 2,5 por ciento del total de docentes del sector educación. Al respecto, la Comisión recuerda que la Comisión de la Conferencia, en su reunión de 1987, compartió, en particular, sus preocupaciones relacionadas con el despido de docentes y con los aspectos de las políticas de educación y de formación en tanto que elementos de una política del empleo. Por otra parte, el Comité de Libertad Sindical instó al Gobierno a que estudie la posibilidad, dentro de las normas de flexibilidad instauradas para la reintegración de docentes, de considerar particularmente el caso de los dirigentes sindicales docentes que habían sido despedidos.

4. La Comisión agradecería al Gobierno que continúe ofreciendo informaciones sobre los asuntos planteados en esta observación, así como las indicaciones que requiere el formulario de memoria para los artículos 1, 2 y 3 del Convenio sobre las nuevas medidas de política del empleo adoptadas para promover los objetivos del Convenio. Confía en que se incluirán, en particular, informaciones sobre la política de ingresos y salarial, las medidas destinadas a armonizar la oferta y la demanda de mano de obra a cambios estructurales, las políticas en materias de enseñanza y formación profesional y las disposiciones que garantizan que cada trabajador tenga todas las posibilidades de adquirir la formación necesaria. La Comisión agradecería asimismo al Gobierno que describa las medidas destinadas a satisfacer las necesidades de categorías particulares de trabajadores (mujeres, jóvenes, trabajadores minusválidos, poblaciones indígenas, etc.). Finalmente, agradecería al Gobierno que comunique informaciones complementarias sobre los procedimientos adoptados para garantizar que los efectos en el empleo de las medidas tomadas para fomentar el desarrollo económico y lograr otros objetivos económicos y sociales son tomados en consideración (artículo 2), así como también sobre las consultas con los representantes de las organizaciones profesionales en relación con la política del empleo, haciendo particular referencia a las consultas con representantes de otros sectores de la población activa tales como los que trabajan en el sector rural y en el sector no estructurado (artículo 3).

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