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Observación (CEACR) - Adopción: 2014, Publicación: 104ª reunión CIT (2015)

Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111) - Serbia (Ratificación : 2000)

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La Comisión toma nota de que no se ha recibido la memoria del Gobierno. Por consiguiente, la Comisión se ve obligada a reiterar sus comentarios anteriores.
Aplicación de la legislación sobre la lucha contra la discriminación. En sus comentarios anteriores la Comisión había tomado nota con interés de la adopción de la Ley de Prohibición de la Discriminación, en abril de 2009, así como de las observaciones formuladas por la Federación de Sindicatos Autónomos de Serbia (CATUS) y la Confederación de Sindicatos «Nezavisnost», según los cuales, a pesar de la adopción de la legislación, siguen produciéndose casos de discriminación en la práctica. La Comisión había solicitado al Gobierno que comunique información sobre las medidas adoptadas para promover la sensibilización y la comprensión de la legislación contra la discriminación en el empleo y la ocupación entre el público y aplicar las disposiciones del Código del Trabajo y de la Ley de Prohibición de la Discriminación. La Comisión toma nota de que la memoria del Gobierno no contiene ninguna información a este respecto. La Comisión pide al Gobierno que suministre información sobre las medidas adoptadas para aplicar la legislación contra la discriminación. Además, reiterando la importancia de adoptar medidas concretas y prácticas para promover la sensibilización y la comprensión de la legislación contra la discriminación entre los trabajadores y empleadores, sus organizaciones, la inspección del trabajo y los jueces, así como entre el público en general, la Comisión solicita una vez más al Gobierno que transmita información sobre las actividades de promoción y formación emprendidas en relación con la legislación contra la discriminación y sobre el número, la naturaleza y el resultado de los casos de discriminación en el empleo de los que se haya ocupado la inspección del trabajo y el Comisionado para la Igualdad, incluyendo información sobre las reparaciones otorgadas y las sanciones impuestas.
La Comisión plantea otras cuestiones en una solicitud dirigida directamente al Gobierno.
La Comisión espera que el Gobierno haga todo lo posible para adoptar, en un futuro cercano, las medidas necesarias.
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