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Observación (CEACR) - Adopción: 2014, Publicación: 104ª reunión CIT (2015)

Convenio sobre la política del empleo, 1964 (núm. 122) - China (Ratificación : 1997)

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Artículos 1 y 2 del Convenio. Formulación y aplicación de una política activa del empleo. La Comisión toma nota de la detallada información proporcionada por el Gobierno en respuesta a su observación anterior. El Gobierno indica que en la tercera sesión plenaria de la 18.ª reunión del Comité Central del Partido Comunista de China, celebrada en 2013, se decidió que debían mejorarse los sistemas y mecanismos que impulsan la creación de empleo y empresas. Además, el Plan de promoción del empleo 2011-2015, formulado en enero de 2012, recoge las principales políticas y medidas para la promoción del empleo, incluido el establecimiento de un plan general para el empleo urbano y rural de los grupos vulnerables, y el desarrollo de los recursos humanos. El Gobierno señala que, durante el período 2011-2013, se crearon empleos para 38 millones de personas en las zonas urbanas y que la tasa de desempleo registrado permaneció por debajo del 4,1 por ciento. Asimismo, el Gobierno indica que se esfuerza constantemente por mejorar las políticas del empleo y su aplicación en virtud de la legislación pertinente y que ello ha dado como resultado un aumento del empleo y una mejora de su estructura. La Comisión invita al Gobierno a continuar proporcionando información detallada sobre la formulación y aplicación de políticas activas del empleo y sobre su impacto en la creación de empleo productivo.
Grupos vulnerables. La Comisión toma nota de que el número de titulados de instituciones de educación superior aumentó, pasando de 6,6 millones en 2011 a 7,27 millones en 2013. Asimismo, la Comisión toma nota de las medidas adoptadas para promover el empleo juvenil y el emprendedurismo en los jóvenes, que incluyen la puesta en marcha en 2013 de un programa nacional de promoción del empleo, que en mayo de 2014 introdujo una nueva ronda del Plan de licenciados universitarios pioneros del espíritu empresarial, y de que esas medidas promueven servicios específicos en materia de empleo. Además, en 2012 el Gobierno adoptó el reglamento especial sobre la protección del trabajo de las funcionarias y las trabajadoras, que prevé explícitamente la protección contra el despido durante el embarazo, la licencia de maternidad y los períodos de lactancia. En relación con los trabajadores rurales migrantes, la Comisión toma nota de las medidas de empleo que se han adoptado, destinadas, entre otras cosas, a mejorar el sistema de igualdad en el empleo en zonas rurales y urbanas y a reforzar los servicios y las políticas de apoyo al empleo. Además, la Comisión toma nota de las medidas para la protección de las minorías étnicas, que incluyen proporcionar servicios de empleo centrados en estas minorías y realizar sesiones especiales de contratación por parte de las empresas estatales. El Gobierno indica que la reinserción profesional de los trabajadores que han sido despedidos de las empresas estatales se ha abordado en el trabajo conjunto de varios sectores. La Comisión invita al Gobierno a transmitir información sobre el impacto de las medidas adoptadas para promover el empleo de los grupos vulnerables, incluida información estadística actualizada sobre la situación y las tendencias del empleo.
Información sobre el mercado de trabajo. Fortalecimiento de los servicios del empleo. La Comisión toma nota de que el Gobierno ha establecido un sistema para analizar de manera trimestral la oferta de empleo y la información sobre la demanda en más de 100 ciudades representativas y que a fin de proporcionar orientación a las personas que buscan empleo y a los empleadores también difunde periódicamente los resultados de ese análisis a través de los medios de comunicación. Asimismo, el Gobierno informa sobre las medidas adoptadas para mejorar los servicios públicos de empleo. La Comisión toma nota de que en el país funcionan 19 000 agencias de empleo privadas, que en 2013 ayudaron a encontrar empleo a casi 50 millones de personas. El Gobierno indica que ha iniciado campañas para mejorar la credibilidad de las agencias de empleo privadas y para promover la normalización de los servicios de empleo. Además, el Gobierno informa de las inspecciones y el control de las agencias de empleo privadas. La Comisión invita al Gobierno a continuar proporcionando información sobre el funcionamiento de los servicios públicos de empleo y las agencias de empleo privadas, y sobre las medidas adoptadas para mejorar los servicios de empleo y garantizar la cooperación entre ellos.
Construcción de un mercado de trabajo unificado. La Comisión toma nota de que desde 2011 los gobiernos locales han ampliado los servicios públicos de empleo a través de las zonas urbanas y rurales. A finales de 2013 el número de agencias de servicio a escala nacional era de más de 10 000 y el número de ventanillas de servicio en el ámbito municipal era de más de 40 000, lo que cubre el 97 por ciento de los municipios. La Comisión invita al Gobierno a proporcionar información sobre el impacto de las medidas aplicadas para unificar el mercado de trabajo en lo que respecta a la situación del empleo.
Promoción de las pequeñas y medianas empresas. La Comisión toma nota de que el Gobierno introdujo una serie de medidas para apoyar el desarrollo de las pequeñas y medianas empresas (PYMES), que incluyen las políticas de apoyo financiero adoptadas en 2013. El Gobierno también introdujo políticas tributarias preferenciales para las PYMES en 2014. La Comisión invita al Gobierno a proporcionar información sobre el impacto de las medidas en materia de generación de empleo a través de la promoción de las PYMES.
Formación y educación profesional. La Comisión toma nota de que el servicio público de empleo ha proporcionado formación profesional a personas que buscan empleo. Además, la Comisión toma nota de que en 2013 las agencias de empleo privadas llevaron a cabo 60 000 sesiones de formación. La Comisión se refiere a sus comentarios anteriores y una vez más invita al Gobierno a transmitir información sobre la coordinación entre las políticas de desarrollo de los recursos humanos y las medidas activas del mercado de trabajo.
Artículo 3. Consultas con los interlocutores sociales. La Comisión toma nota de que la 19.ª Conferencia Nacional Tripartita sobre la Coordinación de las Relaciones Laborales se convocó para febrero de 2014 y de que el Gobierno pretende aprovechar plenamente el mecanismo tripartito. La Comisión invita al Gobierno a continuar transmitiendo información sobre las consultas con los interlocutores sociales en materia de formulación e implementación de políticas activas de empleo, incluidas las consultas con los representantes de los trabajadores rurales.
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