ILO-en-strap
NORMLEX
Information System on International Labour Standards

Observación (CEACR) - Adopción: 2011, Publicación: 101ª reunión CIT (2012)

Convenio sobre el personal de enfermería, 1977 (núm. 149) - Kirguistán (Ratificación : 1992)

Otros comentarios sobre C149

Observación
  1. 2011
  2. 2010
  3. 2009

Visualizar en: Inglés - FrancésVisualizar todo

La Comisión lamenta tomar nota de que no se ha recibido la memoria del Gobierno. Por consiguiente, la Comisión se ve obligada a reiterar su observación anterior, redactada como sigue:
Artículo 2 del Convenio. Política de servicios y de personal de enfermería. Notando que el Gobierno no ha proporcionado ninguna memoria sobre la aplicación del Convenio desde hace más de diez años. La Comisión le ruega, una vez más, que transmita información completa sobre la aplicación de todas las disposiciones del Convenio, sobre todo habida cuenta de la adopción del Código del Trabajo mediante la ley núm. 106, de 4 de agosto de 2004, y de la Ley núm. 6, de 9 de enero de 2005, sobre la Protección de la Salud de los Ciudadanos.
La Comisión espera que el Gobierno haga todo lo posible para adoptar, en un futuro cercano, las medidas necesarias.
© Copyright and permissions 1996-2024 International Labour Organization (ILO) | Privacy policy | Disclaimer