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Observación (CEACR) - Adopción: 2011, Publicación: 101ª reunión CIT (2012)

Convenio sobre la política del empleo, 1964 (núm. 122) - Irán (República Islámica del) (Ratificación : 1972)

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Observación
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La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno, recibida en septiembre de 2011, que incluye información en relación con la observación de 2010, así como respuestas a los comentarios de la Confederación Sindical Internacional (CSI). La CSI señaló que la tasa de desempleo era muy alta y que las reducciones de puestos de trabajo en las grandes empresas industriales de Asalouyeh y las fábricas de cuero del noreste del Irán afectaban a la situación del empleo en dichas regiones. Asimismo, la CSI indicó que hay una lucha en el mercado de trabajo por absorber el flujo de jóvenes formados y señaló las dificultades que tienen las mujeres para integrarse plenamente en el mercado de trabajo. Por último, la CSI expresó preocupación por la falta de consultas efectivas con los interlocutores sociales sobre cuestiones de política del empleo.
Artículos 1 y 2 del Convenio. Aplicación e implementación de una política activa del empleo. En su memoria, el Gobierno transmitió el documento sobre las políticas generales del empleo adoptado por el Líder Supremo, que contiene orientaciones políticas expuestas en 13 puntos sobre las autoridades estatales Para 2010, el objetivo era crear 1.100.000 empleos y se realiza un estudio para evaluar el logro de dicho objetivo. El Gobierno también informa de que se está terminando la base de datos para evaluar la creación de empleo y que se ha previsto continuar el «Plan de desarrollo para el crecimiento rápido y la iniciativa empresarial», iniciado en 2006 para promover las PYMES. Además, se han desarrollado varios «planes empresariales». En 2010 se adoptó un plan para los empleos rurales. El Gobierno indica que en octubre de 2010 se empleó a 44.271 personas en Asalouyeh. Asimismo, el Gobierno se refiere a las políticas de apoyo adoptadas para crear oportunidades alternativas para hacer frente al déficit de puestos de trabajo en la provincia de Khorasan. La Comisión invita al Gobierno a que en su próxima memoria proporcione más información sobre los procedimientos y mecanismos establecidos para revisar y evaluar los resultados de sus medidas de política del empleo. Asimismo, la Comisión pide al Gobierno que incluya información sobre las políticas para promover oportunidades de pleno empleo, productivo y duradero para los desempleados y otras categorías de trabajadores afectadas por la difícil situación en materia de empleo que sufren diferentes regiones.
Información sobre el mercado de trabajo y tendencias del empleo. El Gobierno señala que las estadísticas difundidas por el Centro de Estadísticas de Irán se basan en las definiciones de la OIT. Asimismo, el Gobierno indica que es necesario establecer un amplio sistema de información sobre el mercado de trabajo y que se debe formar al personal que se encarga de compilar los datos estadísticos. El Gobierno reitera que las diferencias entre hombres y mujeres en lo que respecta a la participación en la economía son debidas a motivos sociales y culturales. La proporción real de empleo de las mujeres puede subestimarse. Sin embargo, el Gobierno intenta adoptar medidas para abordar el problema mediante un plan tendiente a incrementar las oportunidades de trabajo de las mujeres y promover un marco jurídico y administrativo para el trabajo a domicilio. La Comisión toma nota de que el objetivo del Gobierno es que el trabajo de las mujeres pase del sector informal al sector formal de la economía. Además, la Comisión toma nota de que en 2010 la tasa de participación de la mano de obra era del 39 por ciento (61,7 por ciento para los hombres y 16 por ciento para las mujeres). La tasa de desempleo era del 14,6 por ciento (11,9 por ciento para los hombres y 25 por ciento para las mujeres). La Comisión pide al Gobierno que en su próxima memoria transmita información sobre la evaluación de la eficacia de las medidas aplicadas para promover oportunidades de empleo productivo para las mujeres. Asimismo, la Comisión invita al Gobierno a transmitir información sobre la evolución que se intervenga para establecer un sistema de información sobre el mercado de trabajo.
Medidas de mercado del trabajo. La Comisión toma nota de los datos proporcionados por el Gobierno sobre el funcionamiento del Fondo de prevención del desempleo de los trabajadores. El Gobierno indica que se han hecho esfuerzos para reducir el plazo de pago de las prestaciones por desempleo y ampliar su ámbito de cobertura. La Comisión toma nota de la información transmitida por el Gobierno sobre las oportunidades de empleo anunciadas en los centros públicos de empleo y en las agencias privadas de empleo. El Gobierno indica que sólo un pequeño porcentaje de personas que buscan trabajo se registran en las oficinas de empleo, tanto públicas como privadas. La Comisión invita al Gobierno a transmitir información sobre el impacto de las medidas adoptadas en virtud del Fondo de prevención del desempleo de los trabajadores. Asimismo, la Comisión pide al Gobierno que proporcione información sobre las medidas adoptadas o previstas para reforzar las instituciones del mercado de trabajo.
Integración de trabajadores de Afganistán en el mercado de trabajo. El Gobierno informa de que se han realizado esfuerzos para proporcionar la formación adecuada a los trabajadores de Afganistán y garantizar que sus familias también residan legalmente en el país. Se espera que la aplicación del plan para desarrollar oportunidades de empleo con arreglo a las necesidades del mercado nacional de trabajo incremente las oportunidades de trabajo de los afganos y otros extranjeros. La Comisión agradecería recibir más información sobre la integración de los trabajadores de Afganistán y otros trabajadores extranjeros en el mercado local de trabajo, incluida información sobre la naturaleza de los trabajos a los que pueden acceder dichos trabajadores (parte X de la Recomendación sobre la política del empleo (disposiciones complementarias), 1984 (núm. 169)).
Empleo juvenil. El Gobierno indica que las políticas establecidas en los últimos años se han dirigido a incrementar las oportunidades de empleo para los jóvenes mediante la formación técnica y profesional y el apoyo a la iniciativa empresarial, así como a abordar la cuestión del empleo de los graduados. La Comisión toma nota de que el proyecto de pasantías prevé incentivos para los empleadores que firman contratos de pasantía con los graduados, y otros incentivos para los que emplean a estos graduados. El Gobierno indica que en 2009, 70.000 jóvenes se beneficiaron del proyecto y se prevé que para finales de 2011 se cubra a otros 100.000 jóvenes. Más del 50 por ciento de los educandos eran mujeres y en algunas provincias esa tasa alcanzó entre un 60 y un 70 por ciento. Tanto el Parlamento como el sector privado apoyaron la continuación del proyecto. El Gobierno indica también que para mejorar la eficacia de la Organización Estatal Técnica y Profesional estableció el sistema nacional de calificaciones y tecnología, que orienta la formación técnica y profesional hacia un sistema de calificaciones y tecnología y tiene por objetivo, entre otros, vincular la adquisición de competencias con las necesidades del mercado del trabajo. La Comisión toma nota de que según los datos de 2010 que ha proporcionado el Gobierno, la tasa de desempleo de los jóvenes alcanzaba el 29,6 por ciento en 2010, y era de hasta un 46,5 por ciento entre las mujeres jóvenes. Refiriéndose a sus comentarios sobre el Convenio núm. 142, la Comisión invita al Gobierno a transmitir datos desglosados sobre los jóvenes que obtienen empleos duraderos luego de haber participado en programas de orientación y formación profesional. Asimismo, el Gobierno debería también celebrar consultas apropiadas con los interlocutores sociales y otras partes interesadas sobre las dificultades que se plantean para que los jóvenes obtengan empleo duradero.
Artículo 3. Participación de los interlocutores sociales. El Gobierno indica que el Consejo Superior del Trabajo, compuesto por funcionarios del Gobierno, y delegados de las organizaciones de empleadores y de los trabajadores, decide sobre la supervisión y seguimiento del cumplimiento de los objetivos cualitativos y cuantitativos en materia de empleo en los programas aprobados por el Consejo. El Consejo participó en la elaboración del Quinto Plan de Desarrollo en relación con el componente de mercado del trabajo. La CSI señaló que en las consultas con los interlocutores sociales hasta ahora no se han abordado las cuestiones relacionadas con el empleo. Los sindicatos independientes deben poder crear un entorno que facilite el diálogo social real, en el que se puedan abordar los problemas relacionados con las políticas del empleo. La Comisión invita al Gobierno a que en su próxima memoria transmita información sobre la manera en la que las consultas con los interlocutores sociales se han utilizado en la formulación y aplicación de la política del empleo. A este respecto, la Comisión pide al Gobierno que se centre en los puntos planteados en su observación y los procedimientos que permiten tomar plenamente en cuenta las opiniones y experiencias de las personas sobre las que repercuten las medidas en materia de políticas del empleo para garantizar su plena cooperación en la formulación de estas medidas y obtener apoyo.
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