National Legislation on Labour and Social Rights
Global database on occupational safety and health legislation
Employment protection legislation database
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La Comisión toma nota con satisfacción de la información transmitida por el Gobierno en la que da cuenta de numerosas enmiendas legislativas que se han producido recientemente, así como la directiva del Primer Ministro para adoptar el Programa nacional sobre protección de los trabajadores, y seguridad y salud en el trabajo para 2006-2010 (núm. 233/2006/QD-TTg de 18 de octubre de 2006) y sus documentos de seguimiento sobre seguridad y salud; y la directiva del Primer Ministro sobre el reforzamiento de la protección de los trabajadores y la seguridad en el trabajo (núm. 10/2008/CT-TTg de 14 de marzo de 2008), que da mayor efecto al artículo 4 del Convenio. Asimismo, la Comisión toma nota de que esta última directiva define la responsabilidad del Ministerio de Trabajo, Personas con Discapacidad y Asuntos Sociales en lo que respecta a encabezar las acciones y cooperar con los ministerios y organismos gubernamentales pertinentes a fin de revisar, enmendar y adoptar documentos jurídicos sobre la protección de los trabajadores y la seguridad en el trabajo; y proponer el desarrollo de la Ley sobre Seguridad y Salud en el Trabajo. Además, toma nota del establecimiento del Consejo Nacional sobre seguridad y salud en el trabajo a través de la decisión núm. 40/2005/QD-TTg de 25 de febrero de 2005, que está formado por miembros pertenecientes a 12 ministerios y organismos gubernamentales pertinentes, y representantes de las organizaciones de trabajadores y de empleadores; de la adopción de otras leyes que dan mayor efecto a las disposiciones del Convenio, incluida la circular sobre los procedimientos para diagnosticar y detectar enfermedades profesionales (núm. 12/2006/TT-BYT de 10 de noviembre de 2006); de la circular núm. 04/2008/TT-BLDTBXH de 27 de febrero de 2008; de la Ley sobre Productos Químicos de 2007; del decreto núm. 68/2005/ND-CP sobre seguridad química, de 20 de mayo de 2005, y de la circular núm. 12/2006/TT-BCN que orienta la aplicación del decreto núm. 68 sobre seguridad química.
La Comisión plantea otros puntos en una solicitud dirigida directamente al Gobierno.