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Observación (CEACR) - Adopción: 2004, Publicación: 93ª reunión CIT (2005)

Convenio sobre el seguro de enfermedad (industria), 1927 (núm. 24) - Haití (Ratificación : 1955)

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  1. 2008

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La Comisión lamenta tomar nota que no se ha recibido la memoria del Gobierno. Por consiguiente, la Comisión se ve obligada a reiterar su observación anterior, redactada como sigue:

La Comisión ha tomado nota de las observaciones relativas a la aplicación del Convenio, comunicadas por la Coordinadora sindical de Haití, que se habían transmitido al Gobierno en octubre de 2002. Tales observaciones dan cuenta de las dificultades de funcionamiento de la Oficina de seguros de accidentes del trabajo, enfermedad, y maternidad (OFATMA). Expresa la esperanza de que se transmita una memoria para su examen en la próxima reunión y que contenga las informaciones relativas a las medidas adoptadas o previstas para el establecimiento progresivo de un régimen general de seguro de enfermedad que dé cumplimiento a las prescripciones del Convenio. A este efecto, la Comisión recuerda al Gobierno la posibilidad de recurrir a la asistencia técnica de la Oficina Internacional del Trabajo.

La Comisión espera que el Gobierno haga todo lo posible para adoptar, en un futuro cercano, las medidas necesarias.

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