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Observación (CEACR) - Adopción: 2003, Publicación: 92ª reunión CIT (2004)

Convenio sobre el servicio del empleo, 1948 (núm. 88) - Sierra Leona (Ratificación : 1961)

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La Comisión lamenta que no se haya recibido memoria del Gobierno desde 1995. La Comisión espera en que se adoptará a la brevedad las disposiciones sobre el servicio público del empleo a que se viene haciendo referencia desde 1974 y que la próxima memoria contendrá las informaciones solicitadas sobre: a) el establecimiento de comisiones consultivas nacionales y, en su caso, regionales o locales, que garanticen la participación de los representantes de los empleadores y los trabajadores, en pie de igualdad, en la organización y el funcionamiento del servicio del empleo y en el desarrollo de la política general de empleo, de conformidad con los artículos 4 y 5 del Convenio, y b) la determinación de las funciones del servicio del empleo, de conformidad con el artículo 6.

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