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Observación (CEACR) - Adopción: 1998, Publicación: 87ª reunión CIT (1999)

Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87) - Sudáfrica (Ratificación : 1996)

Otros comentarios sobre C087

Solicitud directa
  1. 2000
  2. 1998

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La Comisión toma nota de la primera memoria del Gobierno, incluidas la Constitución de la República de Sudáfrica, la ley núm. 108, de 1996, y la ley de relaciones de trabajo, ley núm. 66, de 1995, que se adjuntan.

La Comisión toma nota con satisfacción de que, en relación con las recomendaciones formuladas por la Comisión de Investigación y de Conciliación en materia de libertad sindical (véase "Preludio al cambio: reforma de las relaciones laborales en Sudáfrica", Boletín Oficial, suplemento especial, 1992), la ley de relaciones laborales, de 1995, constituye una mejora considerable respecto de la legislación anterior. En particular, la Comisión muestra su satisfacción de que la ley de relaciones de trabajo de 1995 tenga un mayor alcance, que incluya a los empleados públicos y a los trabajadores rurales dentro de su campo de aplicación, y que permita el pluralismo sindical y el derecho de huelga, suprimiendo también la injerencia administrativa en los asuntos internos de los sindicatos y previendo la simplificación del proceso de inscripción en el registro.

La Comisión dirige también al Gobierno una solicitud directa.

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