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Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1996, Publicación: 85ª reunión CIT (1997)

Convenio sobre la política del empleo, 1964 (núm. 122) - Panamá (Ratificación : 1970)

Otros comentarios sobre C122

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La Comisión toma nota de que no ha sido recibida la correspondiente memoria. La Comisión espera que una memoria será enviada para examinarla en su próxima reunión y que dicha memoria contendrá informaciones completas acerca de las cuestiones planteadas en su solicitud directa anterior que estaba así redactada:

1. La Comisión toma nota de la detallada memoria del Gobierno, en respuesta a los comentarios que formulara en 1994, correspondiente al período comprendido entre julio de 1992 y marzo de 1995.

2. El Gobierno confirma - a la luz de los datos estadísticos recopilados y comunicados - que el desempleo panameño corresponde a factores estructurales más que a coyunturas críticas. Reconoce también que el sector empresarial le ha dado prioridad a recomponer los márgenes de ganancia, mejorar la productividad y utilizar la capacidad instalada para incrementar los niveles de ocupación. En 1994, el nivel de desempleo alcanzaba al 13,8 por ciento y era algo inferior a la tasa media de desempleo de la década de los noventa (que se sitúa en 14,2 por ciento). En este sentido, la Comisión toma debida nota de que al formular la nueva política económica y social se ha reconocido el creciente problema de la pobreza y del rol que juega el empleo en su superación. El Gobierno considera que la mayor generación de empleo deberá provenir del sector privado especialmente en actividades de alta productividad y desarrollo tecnológico tal como se desprende del documento "Políticas públicas para el desarrollo integral: desarrollo social con eficiencia económica" (septiembre de 1994), transmitido por el Gobierno con su memoria. La Comisión ruega al Gobierno que continúe brindar los documentos que hayan formulado una política del empleo - de conformidad con la concepción amplia de política del empleo que requieren los artículos 1 y 2 del Convenio, precisando si se han presentado dificultades particulares para desarrollar las orientaciones propuestas. Agradecería al Gobierno tener a bien indicar si las medidas principales de política del empleo han sido objeto de algún tipo de revisión regular y coordinada con las otras medidas de política económica y social.

3. El Gobierno enumera las medidas para el desarrollo global y sectorial (entre las que menciona a la promoción de inversiones que se acojan al régimen de las zonas procesadoras para la exportación) y las acciones orientadas hacia grupos en situación de mayor vulnerabilidad. La Comisión toma nota con interés del apoyo brindado por la OIT para la puesta en marcha de un programa para lograr la reinserción laboral de los discapacitados, del Programa Padrino Empresario (en favor de los jóvenes y menores en circunstancias difíciles), en pro de la capacitación de las mujeres para lograr una mejor inserción ocupacional, y de los proyectos dirigidos a la formación de microempresas en las comunidades. La Comisión ruega al Gobierno continuar enviando informaciones sobre los resultados alcanzados por los proyectos en curso o previstos e indicar, en particular, las acciones emprendidas como consecuencia de ello.

4. La Comisión tomó nota con interés de que se ha ratificado el Convenio sobre la readaptación profesional y el empleo (personas inválidas), 1983 (núm. 159), y espera que el Gobierno tendrá a bien comunicar en su primera memoria sobre la aplicación del mencionado Convenio indicaciones sobre las medidas destinadas a satisfacer las necesidades de los trabajadores inválidos.

5. En relación con sus comentarios anteriores, la Comisión toma nota de las informaciones detalladas sobre las actividades del Instituto Nacional de Formación Profesional (INAFORP), el cual estará encargado de estructurar un plan orientado a políticas y estrategias de mediano plazo dirigidas a la integración con la comunidad. Asimismo, toma nota de las indicaciones transmitidas sobre los resultados alcanzados por el programa de becas de capacitación. La Comisión agradecería al Gobierno que incluya en su próxima memoria indicaciones sobre la manera en que se ha llevado a cabo el plan previsto, y los resultados alcanzados para coordinar las políticas de enseñanza y formación profesional - tal como lo evoca también el documento mencionado de septiembre de 1994 - con la prospección de las oportunidades de empleo. La Comisión se permite nuevamente sugerir la consideración de los instrumentos de 1975 sobre el desarrollo de los recursos humanos, los cuales contienen disposiciones y orientaciones adecuadas para la formulación y aplicación de medidas de política del empleo para que cada trabajador pueda adquirir la formación necesaria para ocupar el empleo que le convenga y utilizar en el empleo la formación y las facultades que posea (véase también el Estudio general presentado por la Comisión en 1991).

6. En respuesta a comentarios anteriores, el Gobierno informa que la "concertación laboral" que se lleva a cabo ya no es exclusivamente laboral, sino que ante los graves problemas sociales y económicos internos que enfrenta el país con grandes retos externos, derivados de las transformaciones y el reordenamiento de la economía mundial, el nuevo Gobierno ha ampliado a nivel nacional, la concertación, así como también el número de interlocutores que participan en la misma. La Comisión toma nota de lo anterior, y se felicita de que en el Pacto de compromisos para el desarrollo, de 6 de diciembre de 1994, cuya copia se agregó a la memoria del Gobierno, se hayan acordado medidas específicas destinadas, entre otros objetivos importantes, a promover el empleo y estructurar un nuevo sistema educativo que prepare para los retos de la globalización y el desarrollo sostenible, establecer un fondo para la modernización y la transformación agropecuaria e industrial, y respaldar efectivamente el programa de capacitación-empleo. La Comisión observa con interés la decisión de ampliar, tal como lo declara el Gobierno en su memoria, los alcances de la concertación, incluyendo temas relacionados con la política económica y social del país, lo cual resulta particularmente acorde con lo requerido por el artículo 3 del Convenio. La concertación sociolaboral, como en este caso, puede también abarcar campos que permitan la incorporación de representantes de empleadores y de trabajadores a la comisión asesora del Ministerio de Comercio e Industrias para la adhesión de Panamá al GATT y la participación de representantes de la fundación del trabajo en el proceso de negociación de la deuda externa panameña. Por su parte, el sector empresarial y el sector sindical se dicen, en el Pacto de compromisos para el desarrollo, de acuerdo de participar con el Gobierno en programas destinados a captar nuevas inversiones con la finalidad de crear fuentes de empleo productivo. La Comisión ruega al Gobierno tener a bien hacer llegar con su próxima memoria informaciones detalladas sobre los avances alcanzados en el marco del Pacto de compromisos para el desarrollo, y de instituciones tales como la fundación del trabajo, que le permitan seguir apreciando la manera en que se llevan a cabo las consultas que requiere el artículo 3 del Convenio.

7. En relación con un punto que la Comisión plantea desde hace varios años sobre el impacto, respecto del empleo productivo y libremente elegido, de las medidas adoptadas para favorecer la creación de zonas multisectoriales para la exportación, el Gobierno declara que tales efectos no han podido verse aún en la magnitud que se espera pues las zonas están en fase de organización. El Gobierno agrega que el efecto será más palpable con la flexibilización del Código de Trabajo. La Comisión ruega al Gobierno que se refiera sobre este último particular a sus comentarios anteriores sobre la aplicación de la legislación laboral y de los convenios ratificados en las zonas francas de exportación. Confía en que podrá recurrir, si lo considera oportuno, a la experiencia recogida por la Oficina sobre este asunto, y que su próxima memoria incluirá indicaciones sobre las condiciones de creación de empleo, en las zonas multisectoriales para la exportación.

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