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Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1993, Publicación: 80ª reunión CIT (1993)

Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111) - Panamá (Ratificación : 1966)

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En relación a sus comentarios anteriores, la Comisión toma nota de la memoria del Gobierno, así como de los documentos y estadísticas anexados.

1. La Comisión toma nota con interés de que la Sra. Carmen Paz de Pinzón ha sido reinstalada en su cargo como técnica de registros médicos y estadísticas de salud, mediante resolución 2240-90, de fecha 24 de mayo de 1990, de la Caja del Seguro Social.

2. En relación a las condiciones de trabajo en la Zona del Canal, la Comisión toma nota de la declaración del Gobierno según la cual la ley pública núm. 96-70 de 1979 de los Estados Unidos de América estaría siendo revisada mediante proyecto de ley HR 1558 en el Congreso Americano, y de los puntos de vista expresados por el Ministerio de Relaciones Exteriores a la Embajada de los Estados Unidos de América en Panamá sobre estas modificaciones. La Comisión abriga la esperanza de que los problemas de discriminación en materia de empleo y ocupación en la Zona del Canal sean superados. La Comisión solicita al Gobierno se sirva informar sobre cualquier progreso realizado al respecto.

3. La Comisión toma nota de lo manifestado por el Gobierno en relación al acoso sexual en los lugares de trabajo. Pide al Gobierno se sirva proporcionar mayores informaciones sobre las cuestiones siguientes: a) las medidas que ha adoptado para respaldar las acciones de las organizaciones no gubernamentales para lograr que se establezcan medidas legales específicas tendentes a proteger a los trabajadores contra los actos de acoso sexual en el trabajo; y b) las medidas adoptadas para evitar que ante el acoso sexual, el único camino que quede al trabajador sea dar por terminada la relación de trabajo (basándose en artículos 128, inciso 6) y 223, inciso 4) y 13) del Código de Trabajo), bajo la modalidad de despido injustificado.

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