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Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1992, Publicación: 79ª reunión CIT (1992)

Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930 (núm. 29) - Panamá (Ratificación : 1966)
Protocolo de 2014 relativo al Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930 - Panamá (Ratificación : 2016)

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Libertad de los trabajadores al servicio del Estado de dejar su empleo

La Comisión había solicitado al Gobierno que comunicara el texto de las normas aplicables a los militares de carrera respecto de la libertad que tengan de dejar el empleo, en tiempo de paz, por propia iniciativa.

La Comisión toma nota de que en reemplazo del ejército nacional se ha establecido la "fuerza pública del Estado panameño" (decreto de gabinete núm. 38 de 10 de febrero de 1990), que se encuentra en proceso de organización.

La Comisión toma nota de que actualmente se aplican a los funcionarios de la fuerza pública las disposiciones del Código Administrativo, libro segundo, título sexto, capítulo quinto, artículos 807 a 823, aplicables a los funcionarios públicos. La Comisión solicita al Gobierno que tenga a bien comunicar un ejemplar completo del libro segundo del Código Administrativo que permita apreciar las nociones de "destino obligatorio" (artículos 811 y 816) y/o de forzosa aceptación (artículo 817).

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