ILO-en-strap
NORMLEX
Information System on International Labour Standards

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1991, Publicación: 78ª reunión CIT (1991)

Convenio sobre la consulta tripartita (normas internacionales del trabajo), 1976 (núm. 144) - Uruguay (Ratificación : 1987)

Otros comentarios sobre C144

Observación
  1. 2010
  2. 2008
  3. 2007
Solicitud directa
  1. 2023
  2. 2017
  3. 2014
  4. 1991

Visualizar en: Inglés - FrancésVisualizar todo

La Comisión ha tomado nota con interés de la primera memoria comunicada por el Gobierno sobre la aplicación del Convenio y le agradecería informaciones complementarias sobre los siguientes puntos.

Artículo 4, párrafo 2 del Convenio. Sírvase describir todos los arreglos hechos o previstos con las organizaciones representativas para financiar cualquier tipo de formación que necesiten los participantes en las consultas exigidas por el Convenio.

Artículo 5, párrafo 1, apartado b. Sírvase comunicar informaciones sobre las consultas mantenidas con respecto a las propuestas que hayan de presentarse a las autoridades competentes en relación con la sumisión de convenios y recomendaciones de conformidad con el artículo 19 de la Constitución de la OIT.

Artículo 6. Sírvase indicar si se ha consultado a las organizaciones representativas sobre la oportunidad de elaborar un informe anual sobre el funcionamiento del procedimiento de consulta en vigor.

© Copyright and permissions 1996-2024 International Labour Organization (ILO) | Privacy policy | Disclaimer