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Observación (CEACR) - Adopción: 1991, Publicación: 78ª reunión CIT (1991)

Convenio sobre las cláusulas de trabajo (contratos celebrados por las autoridades públicas), 1949 (núm. 94) - Mauricio (Ratificación : 1969)

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La Comisión toma nota de que el Gobierno ha constituido una comisión encargada de revisar la ley del trabajo de 1975 y que los comentarios de la Comisión de Expertos en relación con este Convenio se harán llegar a esa comisión.

La Comisión recuerda que el Gobierno ha indicado desde hace algunos años que tiene la intención de revisar la legislación del trabajo de 1975; en consecuencia, la Comisión espera que el Gobierno tomará todas las medidas necesarias para que en un futuro no lejano se adopten las reformas a la ley del trabajo y se dé así aplicación a las disposiciones de este Convenio. Al respecto, la Comisión vuelve a recordar al Gobierno que cuando se adoptó la ley del trabajo de 1975 se derogó la Ordenanza de 1964 sobre cláusulas de trabajo en los contratos celebrados por las autoridades públicas. La Comisión vuelve a sugerir al Gobierno que considere la posibilidad de tener en cuenta esa ordenanza al momento de revisar la ley del trabajo. La Comisión ruega al Gobierno que informe en su próxima memoria los progresos alcanzados al respecto.

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