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Effect given to the recommendations of the committee and the Governing Body - Report No 338, November 2005

Case No 2289 (Peru) - Complaint date: 17-JUL-03 - Closed

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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración

Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
  1. 300. En su reunión de junio de 2005, el Comité pidió al Gobierno que lo mantenga informado del resultado del proceso judicial relativo al despido del secretario general del SUTREL, Sr. Luis Martín del Río Reátegui, y que si se confirma la sentencia de primera instancia que ordenó el reintegro del dirigente sindical en cuestión, tome las medidas necesarias para que se realice de inmediato [véase 337.º informe, párrafo 124].
  2. 301. Por comunicaciones de fecha 14 de enero y 22 de abril de 2005, el Sindicato de Trabajadores Artistas Folcloristas del Perú (SITAFP) y la Confederación General de Trabajadores del Perú (CGTP) señalan que el Ministerio de Trabajo ha denegado nuevamente la inscripción de la junta directiva legítimamente elegida por los afiliados al SITAFP y ello a pesar de haberse subsanado las omisiones que fueron cuestionadas en el primer intento de inscripción de la mencionada junta.
  3. 302. Por comunicaciones de 18 de febrero y 21 de julio de 2005, el Gobierno declara que la empresa Luz del Sur apeló la sentencia de fecha 25 de octubre de 2004 que ordenaba la reincorporación a sus labores del dirigente sindical Sr. Luis Martín del Río Reátegui y que todavía no se ha dictado la correspondiente sentencia. Por otra parte el Gobierno señala que la inscripción de la junta directiva del SITAFP fue aceptada el 26 de mayo de 2005 a través del correspondiente auto directorial, una vez que se subsanaron ciertos aspectos que infringían el principio de legalidad y los estatutos sindicales.
  4. 303. El Comité toma nota con interés de la inscripción de la junta directiva del SITAFP. El Comité queda a la espera de la sentencia que dicte la autoridad judicial tras el recurso de apelación interpuesto por la empresa Luz del Sur contra la sentencia de fecha 25 de octubre de 2004 que ordenaba la reincorporación a sus labores del dirigente sindical Sr. Luis Martín del Río Reátegui.
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