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Observation (CEACR) - adopted 2012, published 102nd ILC session (2013)

Labour Inspection Convention, 1947 (No. 81) - Angola (Ratification: 1976)

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Asistencia técnica de la OIT y reforma del sistema de la inspección del trabajo. En sus comentarios anteriores, la Comisión pidió al Gobierno que mantuviera a la OIT informada de las medidas adoptadas en el marco de la reforma de la inspección del trabajo en curso y, en particular, en relación con las recomendaciones formuladas por la Oficina. El Gobierno indica que la puesta en práctica del Plan de desarrollo institucional está fundada en: a) la reestructuración orgánica; b) la adecuación de los recursos humanos; c) la adecuación de las infraestructuras y los medios de acción, y d) la cooperación institucional. Señala además, que un proyecto de estatuto orgánico de la Inspección General del Trabajo se ha elaborado y ha sido sometido a los órganos competentes para su estudio y aprobación.
Por otra parte, la Comisión toma nota con interés de las informaciones comunicadas en la memoria del Gobierno, así como de las que figuran en los informes de inspección correspondientes a los años 2010 y 2011, especialmente en relación con: a) la contratación de 78 nuevos inspectores mediante un concurso realizado en 2011 y la contratación y formación inicial de otros 58 inspectores, previstas para 2012; b) la formación inicial para los inspectores del trabajo sobre la inspección del trabajo y la actividad de control, introducción al derecho, y seguridad y salud en el trabajo con una duración de 120 horas; c) la organización de un curso de formación permanente, en particular en el ámbito de las relaciones profesionales y la seguridad y la salud en el trabajo; d) la adquisición en 2011 de 30 automóviles para la utilización de las oficinas provinciales, así como la adquisición, prevista para 2012, de otros 30 automóviles; e) la dotación de ordenadores a las oficinas centrales y provinciales, así como el equipamiento con 50 ordenadores portátiles de 50 brigadas del país, equipamientos previstos para 2012; f) la renovación de la mayor parte del mobiliario de las oficinas centrales y de los servicios provinciales de Luanda; g) el desarrollo de una base de datos, cuya finalización está prevista, según el Gobierno, para finales de 2012; h) la realización de una conferencia sobre los nuevos desafíos en materia de seguridad y salud en el trabajo, organizada con el concurso de la OIT y en la que participaron 50 inspectores del trabajo y representantes de los empleadores y de los trabajadores; i) la participación en una visita de las instalaciones de una fábrica de producción de azote con inspectores de los Ministerios de Industria, Salud e Interior; j) la puesta en marcha en 2010 y 2011 de campañas de prevención de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales en el sector de la construcción civil; k) la realización y participación en conferencias y seminarios organizados por empresas sobre la seguridad y la salud en el trabajo, la prevención de los accidentes y enfermedades profesionales y la responsabilidad de los empleadores y los trabajadores en la aplicación de las normas relativas a la seguridad y la salud en el trabajo. La Comisión pide al Gobierno que continúe proporcionando informaciones sobre las medidas adoptadas en el marco de la reforma del sistema de la inspección del trabajo y, en particular, sobre las destinadas a dar curso a las recomendaciones formuladas en el contexto de la asistencia técnica de la OIT con respecto a la aplicación de las reformas legislativas y su impacto en la aplicación del Convenio en relación con las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, las condiciones de servicio (remuneración y perspectivas de carrera de los inspectores del trabajo) y las funciones de los inspectores del trabajo (para descargarlos de las funciones adicionales de mediación y conciliación), la clasificación de las infracciones a la legislación del trabajo según la gravedad, la obligación de informar a la inspección del trabajo de los casos de accidentes del trabajo y de los casos de enfermedad profesional, y la necesidad de garantizar la aplicación de las disposiciones legales. La Comisión agradecería al Gobierno que también comunique una copia de todo texto o documento pertinente.
La Comisión plantea otros puntos en una solicitud dirigida directamente al Gobierno.
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