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Direct Request (CEACR) - adopted 2011, published 101st ILC session (2012)

Worst Forms of Child Labour Convention, 1999 (No. 182) - Mexico (Ratification: 2000)

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Artículo 3 del Convenio. Peores formas de trabajo infantil. Apartado c). Utilización, reclutamiento u oferta de niños para la realización de actividades ilícitas. En sus comentarios anteriores, la Comisión tomó nota de las alegaciones de la Confederación Sindical Internacional (CSI), según las cuales se utilizan niños para dedicarse a la mendicidad. Solicitó al Gobierno que comunicara informaciones sobre la aplicación del artículo 201 del Código Penal Federal en la práctica, que penaliza y sanciona a toda persona que obligue e incite a la práctica de la mendicidad.
La Comisión lamenta tomar nota de que una vez más la memoria del Gobierno no comunica ninguna información al respecto. Señala que, según las informaciones comunicadas en un informe sobre la trata de personas en México, de 2011, disponible en el sitio Internet del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, las víctimas de trata son explotadas, en algunos casos, para la mendicidad. En consecuencia, la Comisión solicita encarecidamente al Gobierno que tenga a bien comunicar, en su próxima memoria, informaciones detalladas sobre el número de infracciones comprobadas y de sanciones impuestas en aplicación del artículo 201 del Código Penal Federal.
Artículo 7, párrafo 2. Medidas efectivas en un plazo determinado. Apartado a). Impedir la ocupación de niños en las peores formas de trabajo infantil. Acceso a la educación básica gratuita. En sus comentarios anteriores, la Comisión tomó nota de la indicación de la CSI, según la cual 1,7 millones de niños en edad de ser escolarizados no pueden recibir una educación porque la pobreza los obliga a trabajar. La CSI añadió que, en el caso de los niños indígenas, es difícil el acceso a la educación, dado que la enseñanza sólo se imparte habitualmente en español, mientras que muchas familias indígenas sólo hablan su idioma materno. La Comisión tomó nota de la concesión, en 2007, de una asistencia económica a 5 millones de familias que se encuentran en una situación de extrema pobreza y, en el marco del programa «Oportunidades», de un total de 5,3 millones de becas para el año escolar 2007-2008 a los niños de hogares muy pobres. Por último, la Comisión tomó nota con interés del lanzamiento, a finales de 2009, por una duración de cinco años, del proyecto de la OIT/IPEC titulado «Alto al trabajo infantil en la agricultura: Contribución a la prevención y erradicación del trabajo infantil en México, en particular sus peores formas en el sector agrícola, con un enfoque especial en la niñez indígena y el trabajo infantil como resultado de la migración interna», programa que, entre otras cosas, tiene como objetivo la mejora de la eficacia del programa «Oportunidades» en las comunidades indígenas.
La Comisión toma buena nota de las informaciones comunicadas en la memoria del Gobierno relativas a los resultados obtenidos en el marco del programa «Oportunidades». Señala así que, a finales de 2010, 5,8 millones de familias se beneficiaron de ese programa. La tasa de terminación de la escolaridad de los niños beneficiarios del programa «Oportunidades», fue del 67,55 por ciento para el año escolar 2009-2010. Además, más del 98 por ciento de los niños beneficiados con una beca asistieron efectivamente a la escuela y más del 81 por ciento de los niños inscritos en el último ciclo de la enseñanza primaria, se inscribieron en la enseñanza secundaria en 2009-2010. La mayoría de los niños becarios son niñas. Señala, no obstante, que, si bien la tasa de transición de la enseñanza primaria a la secundaria alcanzó el 94 por ciento en 2008, la tasa neta de escolarización en la enseñanza secundaria llegó solamente al 73 por ciento. La Comisión alienta al Gobierno a que prosiga sus esfuerzos para mejorar el funcionamiento del sistema educativo, especialmente en el nivel secundario, prestándose una atención especial a las desigualdades de acceso de las que son víctimas los niños de las zonas rurales, los niños de las comunidades indígenas y los niños de los trabajadores migrantes, y le solicita que tenga a bien seguir comunicando informaciones sobre los resultados obtenidos en el marco del programa «Oportunidades». Le solicita asimismo que tenga a bien comunicar informaciones sobre las medidas adoptadas y los resultados obtenidos en el marco del proyecto de la OIT/IPEC para facilitar el acceso a la educación de los niños de las comunidades indígenas.
Apartado d). Niños particularmente expuestos a riesgos. Trabajo doméstico infantil. En relación con sus comentarios anteriores, la Comisión toma nota de la indicación del Gobierno, según la cual la legislación nacional brinda una protección general a los niños menores de 18 años que trabajan e impone especialmente a las personas que emplean niños menores de 16 años la distribución de su tiempo de trabajo de modo que no obstaculice su participación en la escuela (Ley Federal sobre el Trabajo, artículo 180, III)). La Comisión toma nota, no obstante, de que, según los resultados del módulo «Trabajo infantil», publicados en el marco de la Encuesta nacional de ocupación y empleo de 2009, más de 19 millones de niños y adolescentes de edades comprendidas entre los 5 y los 17 años, realizan tareas domésticas. De este número, más de 2 millones no asisten a la escuela y cerca de 330.000 niños y adolescentes, de los cuales cerca de 320.000 son niñas, dedican 35 o más horas a esas tareas y no están escolarizados. La Comisión solicita al Gobierno que tenga a bien redoblar sus esfuerzos para proteger a los niños, especialmente las niñas, que trabajan como domésticos, de las peores formas de trabajo infantil y asegurar su rehabilitación e inserción social. Le solicita que tenga a bien comunicar, en su próxima memoria, informaciones sobre las medidas adoptadas y los resultados obtenidos al respecto.
Niños ocupados en trabajos agrícolas y en actividades urbanas marginales. En sus comentarios anteriores, la Comisión tomó nota de las indicaciones de la CSI, según las cuales la mayoría de los niños que trabajan están ocupados en la agricultura o en actividades informales en el medio urbano. Tomó nota de que, en el marco del programa de prevención y de eliminación del trabajo infantil en las actividades marginales en el medio urbano (PROCEDER), el número total de niños y adolescentes ocupados en tales actividades disminuyó en el 17,2 por ciento, entre 2007 y el primer trimestre de 2009. Por último, la Comisión tomó nota de que el proyecto de la OIT/IPEC «Alto al trabajo infantil en la agricultura», prevé, entre sus objetivos inmediatos, intervenciones directas dirigidas a prevenir el trabajo infantil en la agricultura y retirar a aquellos que se encuentran en esta situación.
La Comisión toma nota de las estadísticas comunicadas en la memoria del Gobierno sobre los resultados obtenidos en el marco del programa PROCEDER. Señala que, según estas cifras, el número de niños ocupados en este tipo de actividad parece haber retrocedido desde 2008. La memoria del Gobierno indica asimismo que, en el marco del programa de atención a los jornaleros agrícolas y sus familias, se otorgaron 31.352 bolsas o ayudas alimentarias en beneficio de 18.552 niños, es decir, un total de 11.903 familias. Además, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social creó el distintivo «Empresa agrícola libre de trabajo infantil», por el cual reconoce a las empresas que adoptaron una política que trabaja para la protección de los hijos de los trabajadores agrícolas y de los trabajadores menores de 18 años. La Comisión toma nota asimismo de la indicación del Gobierno, según la cual el proyecto «Alto al trabajo infantil en la agricultura», realizado en colaboración con la OIT/IPEC, tiene por objetivo retirar a 2.250 niños de las peores formas de trabajo infantil en el sector agrícola e impedir que 3.250 niños estén ocupados en este tipo de actividad. Se prevé, además, que 6.000 niños se beneficien de los servicios educativos. La Comisión alienta vivamente al Gobierno a que prosiga sus esfuerzos para proteger a los niños ocupados en actividades informales en el medio urbano y en la agricultura de trabajos peligrosos, y le solicita que tenga a bien seguir comunicando informaciones sobre los resultados obtenidos en el marco del programa PROCEDER: La Comisión solicita asimismo al Gobierno que tenga a bien comunicar informaciones sobre el impacto del proyecto de la OIT/IPEC para prevenir y erradicar las peores formas de trabajo infantil en el sector agrícola.
Niños de la calle. La Comisión tomó nota anteriormente de que, en sus observaciones finales de junio de 2006 (CRC/C/MEX/CO/3, párrafo 68), el Comité de los Derechos del Niño comprobó que, si bien el número de niños que viven en la calle disminuyó estos últimos años, sigue siendo, no obstante, elevado. Tomó nota de que el programa PROCEDER permite procurar una ayuda a 3.974 niños y reintegrar a sus familias a 668 niños, entre 2007 y el primer trimestre de 2009. En 2008, 23.516 niños se beneficiaron del programa para los niños de la calle. Al tiempo que toma buena nota de estas medidas, la Comisión, al igual que la Comisión de Aplicación de Normas de la Conferencia, tomaron nota, sin embargo, de que el número de niños de la calle que llevan a cabo trabajos peligrosos, incluida la mendicidad, sigue siendo elevado.
La Comisión toma nota de las estadísticas comunicadas en la memoria del Gobierno sobre los resultados obtenidos en el marco del programa PROCEDER. Señala así que, entre 2008 y 2010, 1.161 niñas y 2.527 niños de la calle fueron asistidos en el marco de este programa. De este número, 595 niñas y 1.579 niños fueron reintegrados a sus familias. Al recordar que los niños de la calle están particularmente expuestos a las peores formas de trabajo infantil, la Comisión alienta vivamente al Gobierno a que prosiga sus esfuerzos para retirar a los niños de la calle y asegurar su rehabilitación e inserción social. Solicita al Gobierno que tenga a bien seguir comunicando informaciones sobre el número de niños retirados de la calle, rehabilitados e insertados socialmente, especialmente en el marco del programa de prevención y de erradicación del trabajo infantil urbano marginal.
Parte V del formulario de memoria. Aplicación del Convenio en la práctica. En sus comentarios anteriores, la Comisión tomó nota de los resultados del módulo «Trabajo infantil», publicados en el marco de la Encuesta nacional de ocupación y empleo de 2007. Según estos resultados, 3,6 millones de niños, de los cuales el 66,9 por ciento son niños y el 33,1 por ciento, niñas, cuya mayoría (el 69,5 por ciento) se encuentra entre los 14 y los 17 años de edad, ejercen una actividad económica. La mayoría (el 49 por ciento) de los niños que trabajan, ejercen una actividad en el comercio y los servicios, luego en la agricultura y la pesca (el 29 por ciento) y, por último, en el sector industrial (20,1 por ciento); 19,3 millones de niños están ocupados en quehaceres domésticos.
La Comisión toma buena nota de las informaciones comunicadas por el Gobierno relativas al número de visitas de inspección realizadas por la inspección federal en las diferentes empresas del país, así como al fortalecimiento de las capacidades de este servicio, con la contratación de 158 nuevos inspectores y la adopción de una nueva estrategia que tiene en cuenta la vigilancia del trabajo infantil. Toma asimismo buena nota de las estadísticas sobre el número de estudios realizados, de infracciones comprobadas y de sanciones impuestas, entre junio de 2009 y mayo de 2011, en los casos de trata de menores, trata con fines de explotación sexual, prostitución, pornografía y trabajo infantil. Además, la Comisión toma nota de las informaciones comunicadas por el Gobierno de que, según los resultados del módulo «Trabajo infantil», publicados en el marco de la Encuesta nacional de ocupación y empleo de 2009, el número de niños de edades entre 5 y 17 años que ejercen una actividad económica, disminuyó en el 14,4 por ciento entre 2007 y 2009. La Comisión toma nota, sin embargo, de que, según los resultados de esta misma encuesta, la población censada de niños y adolescentes de edades comprendidas entre los 5 y los 17 años, disminuyó entre 2007 y 2009, lo que viene a indicar en realidad que el número de niños y de adolescentes económicamente activos habría aumentado ligeramente. Al tiempo que toma buena nota de las medidas adoptadas por el Gobierno para eliminar las peores formas de trabajo infantil, la Comisión expresa su preocupación ante el número elevado de niños menores de 18 años ocupados en las peores formas de trabajo infantil y, en consecuencia, solicita encarecidamente al Gobierno que tenga a bien redoblar sus esfuerzos para proteger a estos niños de estas peores formas de trabajo. Le solicita que tenga a bien seguir comunicando estadísticas y otras informaciones sobre la naturaleza, la extensión y la evolución de las peores formas de trabajo infantil, el número de niños comprendidos en las medidas que dan efecto al Convenio, el número y la naturaleza de las infracciones comprobadas, de encuestas, de acciones judiciales, de condenas y de sanciones penales impuestas. En la medida de lo posible, todas estas informaciones deberían estar desglosadas por sexo y por edad.
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