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Observation (CEACR) - adopted 2011, published 101st ILC session (2012)

Minimum Age (Industry) Convention (Revised), 1937 (No. 59) - Bangladesh (Ratification: 1972)

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Parte V del formulario de memoria. Aplicación del Convenio en la práctica. La Comisión había tomado nota de que el Memorándum de Entendimiento firmado por la Asociación de Fabricantes y Exportadores de Ropa de Bangladesh (BGMEA), la OIT y el UNICEF condujo a librar a más de 27.000 niños del trabajo. Asimismo, tomó nota de que, según la Encuesta básica sobre los niños trabajadores en establecimientos de soldadura, realizada por la Oficina de Estadísticas de Bangladesh en diciembre de 2003, el 52 por ciento de los 39.000 niños que trabajaban en establecimientos de soldadura nunca habían asistido a la escuela y el 95,6 por ciento no estudiaban en el momento en que se realizó la encuesta. Un registro similar es el de los niños que trabajan en el sector de recarga de baterías o reciclaje de baterías («Encuesta básica sobre los niños trabajadores en el sector de recarga o reciclaje de baterías», Oficina de Estadísticas de Bangladesh, febrero de 2004, página 57) y para los niños que trabajan en establecimientos de automóviles («Encuesta básica sobre los niños trabajadores en establecimientos de automóviles», Oficina de Estadísticas de Bangladesh, noviembre de 2003, página 81). Observando que la práctica no está de conformidad con la legislación y el Convenio, y recordando que el Convenio establece la edad mínima de 15 años para trabajar en cualquier empresa pública o privada, con la excepción de las empresas familiares y el trabajo realizado en las escuelas técnicas, la Comisión instó firmemente al Gobierno a que redoblase sus esfuerzos para mejorar la situación. Asimismo, solicitó al Gobierno que transmitiera información estadística sobre la aplicación práctica del Convenio, en forma de extractos de los informes de los servicios de inspección e información sobre el número y la naturaleza de las infracciones detectadas, y las tasas de matriculación o asistencia a la escuela.
La Comisión toma nota de que el Gobierno señala que el Comité Parlamentario Permanente del Ministerio de Trabajo y Empleo está trabajando actualmente en la reestructuración y reforzamiento del Departamento de Inspección de Fábricas y Establecimientos (DIFE). Toma nota de la información proporcionada por el Gobierno según la cual recientemente ha adoptado medidas para reforzar los servicios de inspección aumentando el número de inspectores del trabajo, y estableciendo oficinas del trabajo a nivel de distrito en todo el país. Asimismo, el Gobierno señala que las multas impuestas en virtud del artículo 284 de la Ley del Trabajo de Bangladesh por emplear a niños y jóvenes en contravención de las disposiciones de la Ley del Trabajo ascendían a 90.000 taka (aproximadamente 1.197 dólares de los Estados Unidos), en 2006.
Además, la Comisión toma nota con interés de las siguientes medidas y políticas adoptadas por el Gobierno para reducir el trabajo infantil, que se señalan en la memoria del Gobierno:
  • -en 2010 el Gobierno formuló una política nacional sobre la eliminación del trabajo infantil, y se está desarrollando un plan de acción nacional para la eliminación del trabajo infantil. En este marco, el Gobierno ha adoptado iniciativas para establecer comités de control a nivel nacional, de distrito o de subdistrito, así como un Consejo Nacional para el Bienestar de los Niños Trabajadores a fin de evaluar la situación del trabajo infantil y coordinar todas las actividades de promoción llevadas a cabo por el Gobierno, ONG y organizaciones internacionales;
  • -en 2010 se adoptó una política nacional de educación con el objetivo de garantizar la educación obligatoria y gratuita para todos los niños hasta el octavo grado (14 años);
  • -el Ministerio de Trabajo y Empleo empezó a implementar la tercera fase del proyecto titulado «Erradicación del trabajo infantil peligroso en Bangladesh» a fin de retirar a 50.000 niños del trabajo en sectores peligrosos a través de la educación informal y la formación para desarrollar las calificaciones;
  • -el proyecto Educación básica para los niños trabajadores de zonas urbanas a los que es difícil llegar está en su segunda fase y tiene por objetivo ofrecer a los niños una buena preparación para la vida, una educación que les permita subsistir, y defiende la mejora del entorno del trabajo en seis capitales de distrito del país. Este proyecto está dirigido a 200.000 niños trabajadores de edades comprendidas entre los 10 y los 14 años a fin de que reciban educación básica gracias al establecimiento de 8.000 centros de enseñanza, y también está dirigido a 20.000 niños de más de 13 años para que reciban una educación que les permita ganarse la vida;
  • -la Unidad de Trabajo Infantil que funciona en el marco del programa de duración determinada de la OIT/IPEC hacia la eliminación de las peores formas de trabajo infantil (TBP-UIE), que compila y difunde información sobre cuestiones relacionadas con el trabajo infantil, ha desarrollado un sistema de gestión de la información sobre el trabajo infantil y el 29 de junio de 2011 puso en funcionamiento un sitio web.
La Comisión también toma nota de que el Gobierno indica que las tasas netas de matriculación en la escuela primaria aumentaron significativamente, pasando de ser de un 61 por ciento en 1990 a un 94 por ciento en 2009, y la tasa de finalización de la escuela primaria pasó de un 43 por ciento a un 55 por ciento entre 1990 y 2008. Según la Encuesta de indicadores múltiples por conglomerado – Bangladesh, de 2006, el 76,9 por ciento de los niños asistían a la escuela. Asimismo, toma nota de la información que proporciona el resumen informativo de datos en materia de trabajo infantil, según el cual los resultados de la Encuesta sobre el Trabajo Infantil en Bangladesh de 2002-2003, pusieron de relieve que el 13,4 por ciento de todos los niños de edades comprendidas entre los 5 y los 14 años estaban trabajando, de los cuales el 62 por ciento lo hacían en el sector agrícola, el 23,3 por ciento en los servicios, y el 14,7 por ciento en el sector industrial. La Comisión insta al Gobierno a continuar sus esfuerzos para mejorar la situación del trabajo infantil en el país. Solicita al Gobierno que transmita información sobre el impacto de la política nacional sobre la eliminación del trabajo infantil y la política nacional de educación en lo que respecta a eliminar el trabajo infantil, especialmente en el sector industrial. Además, la Comisión pide al Gobierno que transmita información estadística actualizada sobre la extensión del trabajo infantil en el país, así como sobre la aplicación práctica del Convenio, incluyendo informes de los servicios de inspección, y datos en relación con el número y la naturaleza de las infracciones detectadas y las sanciones impuestas.
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