National Legislation on Labour and Social Rights
Global database on occupational safety and health legislation
Employment protection legislation database
Display in: English - FrenchView all
Igualdad de trato entre hombres y mujeres
1. Artículos 1 y 3 del Convenio. La Comisión recuerda su anterior observación, en la que, entre otras cuestiones, señaló el reducido porcentaje de mujeres que ocupan posiciones de responsabilidad en la administración pública (11,2 por ciento en la posición P2/S2 y 10,38 por ciento en la P3/S3), el alto índice de analfabetismo entre las mujeres, especialmente las mujeres del sector rural, y la discriminación a la que tienen que hacer frente para conseguir recursos productivos a fin de mejorar sus condiciones de vida y trabajo. Estas cuestiones también habían sido tratadas en los comentarios de la Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres (CIOSL) de 2002. La Comisión había notado la respuesta del Gobierno comprometiéndose a alcanzar el objetivo del 30 por ciento de mujeres en las estructuras políticas y de toma de decisiones para 2005. Asimismo, tomó nota de los esfuerzos del Gobierno para corregir las desigualdades entre niños y niñas en lo que respecta a las oportunidades educativas concretados en acciones tales como, por ejemplo, el programa para que las niñas alcancen una alfabetización y una educación básicas (GABLE). Además, tomó nota de que se habían proporcionado créditos a las mujeres del sector rural. La Comisión pidió más información sobre la aplicación de las iniciativas antes mencionadas, incluidos los resultados alcanzados.
2. Acceso de las mujeres a la función pública. En relación con su observación sobre el Convenio núm. 100, la Comisión toma nota de que según los nuevos grados de la función pública y la estructura salarial las posiciones de dirección P4/S4 y más altas ahora corresponden a los grados «E» y «A». Asimismo, la Comisión toma nota de las explicaciones del Gobierno respecto a que las estadísticas de julio de 2004 muestran que las mujeres en los puestos de dirección de P4/S4 y más altos representan un porcentaje de un 14 por ciento. Sin embargo, debe observar que esta información sólo confirma las cifras anteriores sin proporcionar más datos sobre las medidas específicas tomadas para promover el empleo de las mujeres en los puestos de la función pública en los que están infrarepresentadas y alcanzar el objetivo del 30 por ciento. La Comisión recuerda la importancia de la responsabilidad del Estado en la toma de medidas políticas sobre igualdad de oportunidades y trato respecto a los empleos que están bajo su control. Por lo tanto, pide al Gobierno que indique, en su próxima memoria, las medidas tomadas o previstas, especialmente respecto a su política de contratación y de formación, para alcanzar un aumento general de la participación de las mujeres en los puestos de responsabilidad de la función pública. Asimismo, la Comisión pide al Gobierno que proporcione información estadística, desglosada por sexo, sobre los resultados obtenidos.
3. Igualdad de oportunidades y de trato con respecto a los recursos productivos. Con respecto al acceso de las agricultoras a los recursos productivos, la Comisión toma nota de que la Asociación Nacional para las Mujeres de Negocios (NABW) ha formado a 15.000 mujeres en las zonas rurales y urbanas sobre cómo dirigir pequeños negocios y la Fundación para la Asistencia de la Comunidad Internacional (FINCA) ha ayudado a las mujeres de las zonas rurales proporcionándoles préstamos de interés bajo como forma de reducir el desempleo y la pobreza. Aunque acoge con agrado las iniciativas antes mencionadas, la Comisión también toma nota de la información sometida por el Congreso de Sindicatos de Malawi (MCTU), de fecha 26 de diciembre de 2004, sobre el Convenio núm. 100, respecto a que las mujeres de las zonas rurales tienen dificultades para conseguir préstamos, especialmente de la FINCA. Sin embargo, la respuesta del Gobierno, recibida el 14 de octubre de 2005, rechaza esas alegaciones. La Comisión solicita al Gobierno que proporcione informaciones sobre las medidas adoptadas o previstas para que las mujeres de las zonas rurales tengan acceso a préstamos de interés bajo y que continúe proporcionando informaciones sobre el número de mujeres de las zonas rurales que han podido disfrutar de las facilidades de crédito antes mencionadas. Sírvase asimismo proporcionar informaciones sobre cualquier otra medida adoptada o prevista para mejorar la igualdad de oportunidades y de trato de las mujeres rurales en los empleos productivos y sobre los resultados alcanzados.
4. Acceso a la educación. La Comisión toma nota de la declaración del Gobierno respecto a que sigue con el programa GABLE y que diversas niñas han sido admitidas en la universidad debido a sus políticas para facilitar la admisión de las mujeres en la universidad. Tomando nota de que el Gobierno se propone comunicar los datos estadísticos solicitados sobre los resultados educativos de mujeres y niñas y sobre los resultados alcanzados en sus programas a fin de corregir las diferencias en la educación entre niños y niñas, la Comisión confía en que estas estadísticas se incluirán en la próxima memoria del Gobierno.
La Comisión plantea cuestiones conexas y otros puntos en una solicitud directa dirigida al Gobierno.