National Legislation on Labour and Social Rights
Global database on occupational safety and health legislation
Employment protection legislation database
Display in: English - FrenchView all
La Comisión toma nota de la información contenida en la memoria del Gobierno para el período comprendido del 1.º de junio de 1998 al 31 de mayo de 2000, así como de la información comunicada en respuesta a los comentarios anteriores.
1. Artículo 1 del Convenio. El Gobierno afirma que el PIB había crecido, en 1997, en el 5,9 por ciento; en 1998, en el 4,7 por ciento; y en 1999, en el 3,5 por ciento. El empleo se había incrementado en el 2,25 por ciento anual en el período 1995 1999. La tasa de empleo había alcanzado, en 1999, el 66 por ciento. El crecimiento del empleo se había producido principalmente en la industria, en los servicios comerciales y en la construcción. El empleo a tiempo parcial como porcentaje del empleo total, se había elevado del 11,4 por ciento de 1998, al 12,1 por ciento de 1999. El desempleo había descendido del 11,4 por ciento de 1998 al 10,2 por ciento de 1999, donde el 10,7 por ciento correspondía a las mujeres y el 9,8 por ciento a los hombres. El desempleo de larga duración había bajado al 27 por ciento del desempleo total en 1999.
2. El desempleo de los trabajadores de edad avanzada había descendido sólo ligeramente. El Gobierno se centra en sus servicios de empleo (formación y rehabilitación) para los solicitantes de empleo que se encuentran entre los 55 y los 59 años de edad. Se había modificado la ley para hacer responsables a los empleadores del pago de las prestaciones de desempleo a los trabajadores de edad avanzada, como un incentivo para retenerlos. El Gobierno también había elevado el límite más bajo para la jubilación, de 58 a 60, y había suprimido las sanciones para los trabajadores de edad avanzada que aceptaran un trabajo temporal con una baja remuneración. Había establecido un programa nacional para los trabajadores de edad avanzada, para impulsar el empleo de dichas personas y realizar una investigación sobre las cuestiones de discriminación de los trabajadores de edad avanzada y que hayan optado por una jubilación anticipada. La Comisión toma nota de estas indicaciones con interés y solicita informaciones detalladas sobre los resultados de dichos esfuerzos para incrementar el empleo de los trabajadores de edad avanzada.
3. Otros problemas estructurales que requieren acciones más específicas, incluyen el desempleo reiterado, el desempleo de larga duración y el creciente déficit de trabajo y de calificaciones en algunas profesiones. El Gobierno menciona los siguientes programas: la estrategia de calidad especial 1999-2001; el Programa de desarrollo en el lugar de trabajo para el perfeccionamiento, para la mejora de la organización y de la productividad de las empresas y para la mejora de la calidad de vida de los trabajadores; y el Programa de conversión de la formación fundado en estudios anteriores y en la experiencia laboral para las profesiones con dificultades. Sírvase comunicar más información sobre el impacto de estos programas en la promoción del empleo. El Gobierno también menciona brevemente el Programa EQUAL para grupos específicos. Sírvase facilitar más información acerca de cuáles son los grupos a los que se apunta, los programas específicos implicados y su impacto en la promoción del empleo de esos grupos.
4. Artículo 2. El Gobierno afirma que se había acometido, en 1999, una revisión confiada a funcionarios de igual nivel de la Unión Europea, que había determinado que había sido un éxito la reforma del mercado laboral y que sus resultados habían sido, en su mayor parte, positivos. Sin embargo, había sido escasa la atención prestada a la influencia del funcionamiento del mercado laboral y de la demanda laboral. Por consiguiente, el Plan de Acción 2000, se dirige a garantizar el funcionamiento eficaz del mercado laboral, a mejorar la disponibilidad de los solicitantes de empleo y a impulsar a los trabajadores de edad avanzada a seguir trabajando dos o tres años más. Fija la meta de elevar la tasa de empleo al 70 por ciento. La Confederación de Empleados Asalariados de Finlandia (STTK) considera que el Gobierno no puede hacer un uso adecuado de la experimentación derivada de los proyectos aplicados con apoyo del Fondo Social Europeo, en la elaboración y en la aplicación de la política educativa y social, o en la anticipación de las necesidades de calificaciones del comercio y de la industria. Sin embargo, el Gobierno declara que el Ministerio de Trabajo había dado inicio, en 1999, a un proyecto de evaluación sistemática de la eficacia de la política del empleo. La proposición preliminar establece cuatro perspectivas clave para la evaluación: eficacia, proceso, cliente y personal. La evaluación, desde el punto de vista de la eficacia, se dio por finalizada en 2000, y trata sobre los efectos del empleo, el funcionamiento del mercado laboral, la igualdad de oportunidades y a los efectos en el lugar de trabajo. Sírvase continuar comunicando información acerca de estas evaluaciones y de toda acción de seguimiento emprendida.
5. Artículo 3. La Comisión toma nota de que los interlocutores sociales y otros representantes habían contribuido a la preparación de los planes de acción para 1999 y 2000, y habían participado en el control de la aplicación de los planes anteriores. Además, la Organización Central de Sindicatos Finlandeses (SAK), la STTK, la Confederación de Sindicatos de los Profesionales Académicos de Finlandia (AKAVA) y la Comisión de los Empleadores de la Autoridad Local (KT) están todos satisfechos de las mejoras logradas en la cooperación tripartita, a la hora de la preparación y del control del Plan de Acción para el Empleo.
Por último, la Comisión toma nota de los siguientes comentarios transmitidos por los interlocutores sociales:
- La SAK y la STTK, consideran que la política activa de empleo carece de suficiente financiación para el número de solicitantes de empleo que se encuentran desempleados y los deberes reglamentarios impuestos al servicio del empleo. El importante número de casos que han de ser resueltos por los funcionarios del empleo hace imposible dirigir medidas activas suficientes al desempleo de larga duración y a aquellos en peligro de exclusión que necesitan servicios personales.
- La SAK también considera que el Gobierno ha retrocedido a medidas más pasivas para abordar el desempleo.
- La STTK añade que, en su opinión, la formación por propia motivación, constituye un fracaso para las personas desempleadas. La STTK critica la restricción de las condiciones del Gobierno para complementar el tiempo parcial, al mismo tiempo que la política del empleo subraya la importancia de mantener a los trabajadores de más edad en un empleo de mayor duración. Muestra su satisfacción ante el análisis sectorial de las necesidades laborales que el Gobierno había iniciado y quisiera ver el lanzamiento inmediato del empleo sectorial y de los programas relativos a las necesidades laborales.
- La STTK observa que el desempleo de la mujer es aproximadamente el mismo que antes y que son aún corrientes los contratos de duración determinada en el sector público. La KT declara que existe siempre una necesidad de sustitución de personal en los sectores de predominio de la mujer, como son los gobiernos locales. Son constantes los contratos de duración determinada que se ofrecen a las mujeres empleadas, pero, en el aspecto positivo, siempre hay trabajo disponible.
- La AKAVA considera que la política del empleo está cada vez más escindida entre medidas dirigidas a aquellos que se encuentran integrados en el mercado laboral, medidas para impedir obstrucciones, y medidas en relación con aquellos en peligro de exclusión. La necesidad de un perfeccionamiento continuado de los empleados, requiere otras fuentes de financiación, además de las del Gobierno.
La Comisión apreciará recibir más información sobre las medidas adoptadas por el Gobierno a la luz de estos comentarios.