National Legislation on Labour and Social Rights
Global database on occupational safety and health legislation
Employment protection legislation database
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Además de su observación anterior, la Comisión toma nota de la memoria del Gobierno y de los documentos adjuntos a la misma, incluida la ley núm. 56 de 1995 sobre contratos públicos.
Según la memoria del Gobierno, aunque esta ley no contenga una disposición que requiere la inclusión de cláusulas de trabajo en los contratos públicos, el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (MITRADEL) ha preparado un proyecto de ley para añadir una disposición a ese efecto en el artículo 28 de ley núm. 56 con miras a que se ajuste al Convenio. Por otra parte, el Consejo Económico Nacional (CENA), cuyo mandato comprende el de formular una opinión favorable respecto de los contratos de 250.000 hasta 2.000.000 de bolívares estima prudente, en espera de la promulgación del proyecto de ley mencionado, que este requisito se incluya ya en los contratos públicos. El CENA ha sugerido al Ministerio de Hacienda, es decir el organismo encargado de la fijación de normas y del sistema de inspección, para que distribuya en todo los organismos públicos una instrucción relativa a este requisito de los contratos públicos.
La Comisión toma debidamente nota de esta información. Pide al Gobierno que continúe facilitando información sobre todo progreso realizado en la adopción del proyecto de ley mencionado y envíe una copia del mismo cuando se adopte, así como sobre toda instrucción del Ministerio de Hacienda respecto de la inclusión de cláusulas de trabajo en los contratos públicos.
En lo que se refiere a las preguntas formuladas en la solicitud directa anterior relativa a las especificaciones de licitaciones públicas (modelos de pliegos de cargo y condiciones especiales), la Comisión toma nota de la indicación de la memoria del Gobierno según la cual estas especificaciones han dejado de estar en vigor desde la adopción de la ley núm. 56. Pide al Gobierno que facilite información sobre cualesquiera documentos equivalentes previstos en la nueva ley.