National Legislation on Labour and Social Rights
Global database on occupational safety and health legislation
Employment protection legislation database
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La Comisión toma nota de que la memoria del Gobierno no contiene ninguna respuesta a sus comentarios anteriores y espera que en la próxima memoria se faciliten informaciones completas acerca de las cuestiones planteadas en su solicitud directa anterior que estaba así redactada:
1. La Comisión toma nota de la detallada información que figura en la memoria del Gobierno sobre la participación femenina en el empleo durante 1991-1994. Toma nota de que el número de mujeres empleadas en el sector rural sigue siendo relativamente bajo si se compara con el número de mujeres empleadas en el servicio doméstico que es considerablemente elevado. La Comisión recuerda la explicación del Gobierno en su memoria anterior de que la participación femenina en el trabajo agrícola se considera como parte del trabajo doméstico y por lo tanto puede verse incluido dentro de esta categoría. La Comisión solicita aclaraciones sobre este punto, y también solicita al Gobierno la mantenga informada acerca de la tasa de participación femenina en el mercado de trabajo.
2. La Comisión toma nota de la información relativa a los proyectos aplicados en virtud del Plan Nacional de Desarrollo Rural (PRONADER), con inclusión del número de mujeres que participan en proyectos agrícolas. Toma nota de que el PRONADER se ha propuesto incrementar el número de mujeres en las áreas de desarrollo agrícola y en las actividades de forestación y caminos y solicita al Gobierno le comunique información adicional a este respecto en su próxima memoria.
3. La Comisión toma nota de la declaración del Gobierno que está realizando esfuerzos, en particular a través de la Dirección Nacional de la Mujer (DINAMU), para eliminar la discriminación en materia de empleo y ocupación fundada en motivos de sexo. Sin embargo, la Comisión señala nuevamente a la atención del Gobierno el artículo 2 del Convenio, que estipula que se deberá formular y llevar a cabo una política nacional que promueva la igualdad de oportunidades y de trato con objeto de eliminar la discriminación en el empleo en todas las situaciones que allí se enuncian. La Comisión solicita al Gobierno que comunique información en su próxima memoria sobre todas las medidas adoptadas para garantizar la promoción efectiva de la igualdad de oportunidades y de trato independientemente de la raza, religión, opinión política u origen social, y los resultados obtenidos, con particular referencia a: a) admisión en el empleo y en las diversas ocupaciones y b) las condiciones de trabajo.