National Legislation on Labour and Social Rights
Global database on occupational safety and health legislation
Employment protection legislation database
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1. En relación con su solicitud directa de 1985, la Comisión ha tomado nota con interés de las informaciones detalladas transmitidas por el Gobierno en su memoria sobre la aplicación de los artículos 1, 2 y 3 del Convenio. En este sentido, la Comisión ruega al Gobierno que en sus próximas memorias se sirva remitir, si se disponen, extractos de los resultados de las encuestas, mencionadas en la última memoria del Gobierno, emprendidas por la Dirección General del Empleo del Ministerio del Trabajo y Seguridad Social, así como informaciones sobre las medidas adoptadas o previstas con relación a los resultados de dichas encuestas que permitan apreciar la aplicación práctica del Convenio.
2. En relación con su solicitud directa de 1987, la Comisión ha tomado nota de las informaciones suministradas por el Gobierno acerca de los comentarios presentados por la Comisión coordinadora de los funcionarios psicólogos, médicos fisiólogos y trabajadores sociales.